Los cambios que introduce la nueva ley de libertad sexual, conocida como del 'sólo sí es sí' o Ley Montero por haberla impulsado la ministra de Igualdad de Podemos, Irene Montero, podrían beneficiar a los cinco condenados a 15 años de prisión por violación continuada a una joven en las fiestas de San Fermín de Pamplona, los miembros de la denominada 'Manada de los Sanfermines'.
La ley convierte cada acto sexual sin consentimiento de la víctima en una agresión o violación. Se impulsó precisamente para impedir situaciones similares a las de 'La Manada', en la que según consideraron probado los magistrados del alto tribunal, existieron las agravantes para ver clara una violación y no un delito de abuso sexual -como se resolvió en primera instancia- puesto que los agresores llevaron a cabo su acción a través de varias penetraciones vía vaginal y bucal con la víctima, jactándose de sus prácticas sexuales en vídeos grabados. Un "auténtico escenario vejatorio" en el que la víctima en ningún momento fue consciente de los actos sexuales llevados a cabo por los agresores.
Paradójicamente, la defensa de los condenados estudia la norma que se aprobó el pasado 25 de agosto en el Congreso y se publicará en breve en el Boletín Oficial del Estado (BOE) viendo la posibilidad de pedir que salgan antes de prisión.
Se ampara en que, en el derecho de nuestro país, cualquier cambio legal que implique un beneficio para el reo debe aplicársele retroactivamente. Puesto que la nueva Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual elimina el delito de abuso sexual, convierte todo acto no consentido en agresión y las agresiones con penetración en violación, las penas que el Código Penal preveía para cada uno de los tipos se han armonizado, reduciéndose las penas mínimas previstas para las violaciones.
Artículos 179 y 180 del Código Penal
De esta manera, mientras hasta ahora el artículo 179 del Código Penal recogía que "cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años", la actual redacción contemplada en la nueva ley rebaja esa pena de cuatro a doce años.
En el artículo 180 del Código Penal se recogía hasta el momento que las distintas circunstancias agravantes -como la violencia o intimidación, la actuación conjunta de varias personas, que la víctima se halle en situación de vulnerabilidad, haya una superioridad o parentesco del agresor respecto a ésta o se haga uso de armas- las penas del artículo 179 se elevarán de doce a quince años.
Para los mismos agravantes y uno más que añade la ley (que para la comisión de estos hechos el autor haya anulado la voluntad de la víctima suministrándole fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto, lo que se conoce como sumisión química), la nueva ley contempla elevar las penas del artículo 179 de siete a quince años. Es decir, la mínima queda también reducida respecto a la redacción anterior.
Los magistrados del Tribunal Supremo condenaron a quince años de prisión a los miembros de La Manada contemplando que, puesto que concurrían dos o más agravantes de los mencionados, la mitad a aplicarles debía ser en su mitad superior. Así se asegurarían que pasarían el mayor tiempo posible en prisión. Ahora, la defensa que ejerce el letrado Agustín Martínez está estudiando esa reducción de penas mínimas para intentar que se les aplique una reducción y puedan acelerar su salida de la cárcel, según ha adelantado a El Confidencial.
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