La Fiscalía mantiene su acusación por delito de desobediencia grave a la autoridad contra la diputada del Parlament, Eulalia Reguant, por negarse a contestar a las preguntas de Vox como acusación popular en el juicio del procés cuando acudió a declarar como testigo en 2019 afirmando que no contestaría a la "extrema derecha machista y xenófoba".
El Ministerio Público pide cuatro meses de prisión y cuatro meses de inhabilitación para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena considerando que el derecho a la libertad ideológica y de expresión que la defensa de la política ve vulnerados no pueden dar lugar a "la infracción de unas normas procedimentales" y que dichos derechos tienen unos límites que sobrepasó la representante de la CUP.
Antonio Baños, no aforado, se sentará este jueves en el banquillo acusado por los mismos hechos y enfrentándose a seis meses de prisión
La defensa de Reguant ha alegado durante el juicio presidido por el magistrado Miguel Colmenero de la Sala Segunda que ella habría estado dispuesta a contestar a las preguntas de Vox en caso de que las hubiera formulado el presidente del Tribunal, Manuel Marchena, como hizo durante el interrogatorio del también político de la CUP Antonio Baños, quien se negó igualmente a contestar a las preguntas de la acusación popular ejercida por el partido de Santiago Abascal. Precisamente Baños, que no es aforado, también se sentará este jueves en el banquillo de la Audiencia de Madrid por el mismo delito de desobediencia grave a la autoridad, enfrentándose a seis meses de prisión y seis de inhabilitación.
El Ministerio Fiscal insiste en su acusación contra Reguant argumentando que "no se pueden imponer fórmulas al margen de la regulación legal del interrogatorio porque menoscaba la autoridad del tribunal y puede afectar al derecho constitucional de todas las partes". El fiscal ha expresado que la formulación de las preguntas a través de la presidencia, que propuso como opción la defensa de Jordi Cuixart durante el juicio, "duró breves instantes, atribuidos a la tensión del juicio" y fue una fórmula desechada por un acuerdo del tribunal del procés de mayo de 2019 que consideró, "de forma terminante, que por un escrúpulo carente de respaldo legal no se podían imponer unas fórmulas que involucrasen al Tribunal como extravagante intermediario". El fiscal ve claro que Reguant incurrió en delito de desobediencia a la autoridad, que es el propio Tribunal Supremo, y que ésta se produjo "en un juicio relevante, que tuvo una trascendencia importante en el ordenamiento jurídico español".
Defiende que ya pagó una multa de 2500 euros
La acusada, que ha pedido declarar sentada y en catalán asistida de una intérprete, ha rechazado contestar a las preguntas de la Fiscalía.
Aceptar la presencia de aquellos que niegan derechos fundamentales era una declaración de intenciones por parte del Poder Judicial
Durante el turno de última palabra ha afirmado que con su decisión, "más allá de un ejercicio que se pudo entender como individual con la negativa a contestar a las preguntas de la acusación popular de Vox, también expresamos la voluntad colectiva de evidenciar y señalar que aceptar la presencia de aquellos que niegan derechos fundamentales en el marco del juicio en el Tribunal Supremo ya era una declaración de intenciones por parte del Poder Judicial. Era imposible obtener justicia en aquel tribunal y en aquel procedimiento".
Durante la vista, Reguant únicamente ha contestado a las preguntas de su defensa, que ha pedido su absolución porque considera que la acusada no fue advertida de las consecuencias de negarse a declarar y que la petición de pena resulta totalmente desproporcionada dada la entidad de los hechos.
Ve vulneración del principio non bis in idem en el procedimiento, alegando que la política ya fue sancionada por aquellos hechos mediante un acuerdo de corrección disciplinaria en 2019 por el que pagó una multa de 2.500 euros. Considera que aquél procedimiento que fue "enmendado pero no anulado" y que "únicamente se puede imponer cuando los hechos no son constitutivos de delito". Además, la defensa también ve como circunstancia atenuante por dilaciones indebidas los periodos de paralización que ha sufrido el proceso.
En este sentido, la Fiscalía responde que el tribunal le advirtió de que si persistía en su actitud se procedería por la vía penal, con deducción de testimonio por desobediencia grave a la autoridad. Respecto a la pena de inhabilitación y la proporcionalidad de ésta, el fiscal expuso que la causa de inelegibilidad derivada de la pena es extrajudicial, no la impone el tribunal sino que corresponde a la presidencia del Congreso de los Diputados, así como que la acusada fue elegida en unas elecciones un año después de haber declarado como testigo en el juicio del procés, negándose a contestar a Vox.
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