El expresidente catalán Carles Puigdemont usará la propuesta de reforma de PSOE y Podemos para eliminar del Código Penal el delito de sedición y sustituirlo por uno de desórdenes público agravado en la vista del próximo 25 de noviembre ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) para intentar recuperar su inmunidad plena.
La Justicia europea devolvió el pasado junio a Puigdemont dicha protección de manera cautelar y la defensa del expresidente, que ejercerán los abogados Gonzalo Boye y Paul Bekaert -tomando éste último la palabra durante la vista en inglés-, tratarán de que la recupere de manera definitiva. Además de los motivos que ya tenían previsto argumentar para ello, expondrán ante el tribunal la modificación legal que han planteado los partidos del Gobierno para eliminar el delito de sedición, según informan fuentes próximas al expresidente catalán procesado por sedición y malversación que aún no ha podido ser juzgado en España.
Los próximos 24 y 25 de noviembre, Puigdemont afronta dos citas clave para su futuro en Luxemburgo. En la vista del segundo día se abordará la demanda que presentó el expresidente catalán y también los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí (residentes en Bélgica y Reino Unido) contra la decisión del Parlamento Europeo de conceder el suplicatorio que solicitó el juez instructor del procés, Pablo Llarena, para que perdieran su inmunidad como europarlamentarios y así proceder contra ellos, reactivando órdenes europeas de detención e intentando que las autoridades belgas les entregaran para juzgarles. El día anterior, el tribunal verá la demanda que presentaron también los tres políticos contra el Parlamento Europeo por no defender su inmunidad, pues ésta les fue retirada en marzo aunque después les fuera devuelta de manera provisional. Precisamente en la vista del día 25, la decisiva, se entrará a estudiar si Puigdemont debe recuperar la protección de manera plena.
Ve motivos de imparcialidad
Los abogados del expresidente catalán y los exconsejeros fugados sostienen que el suplicatorio se tramitó de manera irregular por la "imparcialidad", según consideran, de europarlamentarios que participaron en el proceso. En concreto, el presidente del Comité de Justicia, Adrián Vázquez (Ciudadanos) y Angel Dzhambazki, del Movimiento Nacional búlgaro, en el mismo grupo que Vox, acusación del procés. Alegarán ante el TGUE dicho motivo de imparcialidad basándose en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en el auto de mayo con el que devolvió la inmunidad de manera cautelar, vio que la intervención de éstos en el proceso podía tener, "a primera vista, un prejuicio personal desfavorable a los recurrentes".
La defensa de Puigdemont confía en que este punto sea decisivo para la devolución de la inmunidad plena, aunque también alegará otros motivos relativos a lo que sería equiparable a una vulneración de la tutela judicial efectiva por incongruencia omisiva. Para defender este perjuicio por la falta de respuesta del Parlamento Europeo, durante la vista se referirá a distintos puntos sobre los que no ha habido pronunciamiento: la inadmisibilidad del suplicatorio; una supuesta evidencia de persecución política; que es un caso sin precedentes en materia de suplicatorio; los tiempos de dicho suplicatorio, puesto que lo pidieron un año después de que los eurodiputados hubieran adquirido dicha condición y cinco meses después de que se hubieran cursado las órdenes de detención; sobre la obligación de mantener el número de miembros del Parlamento Europeo; la desproporción que consideran significa levantar la inmunidad o el hecho de que otros estados miembros no considerasen delictivos los hechos.
En este sentido, evidenciarán ante el Tribunal -en realidad la defensa espera informar de ello el día 24- que los partidos del Gobierno han planteado una reforma legal en España que elimina el delito por el que el Tribunal Supremo reclama a Puigdemont, con el que se castigó a otros miembros de su gobierno por impulsar el proceso de independencia de 2017 en Cataluña y por el que el Gobierno les indultó las penas de prisión, aunque no las de inhabilitación.
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