El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto a la anterior Mesa del Parlament, presidida por el republicano Roger Torrent, del delito de desobediencia al Tribunal Constitucional por permitir debates sobre la autodeterminación y la monarquía. La decisión, anunciada por la actual presidenta de la cámara, Alba Vergés, durante la sesión de control al Govern, ha provocado la euforia de la bancada independentista.
El TSJC absuelve a Torrent, Josep Costa y Eugeni Campdepadrós de JxCat y la republicana Adriana Delgado, que impusieron su mayoría en la Mesa para permitir nuevos debates sobre la autodeterminación y de reprobación de la monarquía.
Según la sentencia, los miembros de la Mesa no cometieron un delito de desobediencia por falta de un mandato claro y específico en las providencias del Tribunal Constitucional de octubre de 2019. La mayoría de la Sala Civil y Penal del TSJC considera que esas providencias permitían más de una interpretación, y añade que no hubo dolo y que no se ha acreditado que los acusados quisieran desobedecer al TC.
Por contra, considera que los cuatro acusados, de ERC y JxCat, siguieron las indicaciones del secretario general del Parlament y su letrado mayor a la hora de permitir los debates que motivaron la demanda. La sentencia tiene un voto particular contra el criterio de la mayoría, que avala la acusación de desobediencia.
Recurso contra la absolución
Pese a la absolución, el ex vicepresidente de la Mesa, Josep Costa, ha anunciado este miércoles la intención de recurrir el fallo del TSJC, tribunal al que asegura no reconocer, tampoco, para absolverlo. "Recurriré la sentencia y seguiré luchando hasta que se reconozca la inviolabilidad del Parlament" ha anunciado el también miembro del equipo jurídico de Carles Puigdemont, que se negó a declarar ante el TSJC durante la vista oral del juicio.
Torrent, por su parte, se ha felicitado por lo que la sentencia supone "para futuras mesas del Parlament" y ha exhibido el fallo como un éxito de la política de desjudicialización de ERC. El actual conseller de Territorio ha apuntado que el juicio "no se tendría que haber celebrado nunca" ni se tendría que haber condenado a su predecesora, Carme Forcadell.
Su abogado, Andreu Van den Eyne, ha explicado además que estudian también la impugnación de la sentencia, "aunque sea absolutoria" para defender el reconocimiento de la inviolabilidad del Parlament. El letrado ha recordado que ya reivindicaron este principio en el primer juicio contra Forcadell y que será clave en el recurso presentado ya ante el Tribunal de Estrasburgo.
"Tendremos que analizar si conviene recurrir la sentencia absolutoria para seguir pidiendo la inviolabilidad" ha concluido Van den Eyne.
Jurisprudencia del TEDH
El TSJC entiende en la sentencia que "lo que realmente estaba prohibiendo" el Constitucional era seguir con el procés independentista iniciado en 2015 con una resolución del Parlament sobre la celebración del referéndum. Así como seguir rechazando al Rey Felipe VI -"persona inviolable constitucionalmente"- por el discurso del 3 de octubre de 2017.
Por contra, entiende el TSJC que en las resoluciones aceptadas por la Mesa en 2019 "solo se quería hablar de la autodeterminación como una mera proclama política de futur".
El Tribunal Superior de Justicia catalán se remite además a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) esgrimida por los acusados. El TEDH establece en Stern Tulats i Roura Capellera contra España que "la independencia de Cataluña, la forma monárquica del Estado y la crítica al Rey" son cuestiones de interés público, el debate de los cuales está amparado en el derecho a la libertad de expresión.
Voto particular
El voto particular, por contra, avala las acusaciones de la Fiscalía y Vox y considera la actuación de los miembros de la mesa de "manifiestamente contumaz, obstinada, recalcitrante y persistente" y "por supuesto contraria al mandato" del Constitucional. Un mandato que "de ninguna manera se puede aceptar que sean calificadas de vagas o imprecisas" como señala la sentencia.
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