La Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha hecho públicas este martes tres resoluciones sobre el uso del castellano en la educación en las que cuestiona la constitucionalidad de las leyes que blindan la inmersión lingüística en catalán. El TSJC apunta además en sus resoluciones que el actual sistema de inmersión, en el que solo se usa el castellano en la asignatura de lengua y literatura castellanas, solo sería aceptable con un modelo dual, de doble vía, en el que los padres puedan escoger la inmersión en catalán o un sistema mixto, como sucede en el País Vasco.
En sus resoluciones el TSJC exige a colegios catalanes la incorporación del castellano como lengua vehicular de la enseñanza. Estima así el recurso de las familias contra la decisión de la Generalitat, que se negó a impartir ninguna asignatura en castellano, más allá de la de esta lengua, amparándose en la Ley del catalán en la escuela y el Decreto Ley sobre proyectos lingüísticos.
Ambos textos fueron aprobados en primavera de 2022 como respuesta a las sentencias que exigían un mínimo del 25% de castellano en las aulas catalanas. Con ellas, el Govern de Pere Aragonès buscaba blindar la inmersión lingüística.
Derecho a recibir clases en castellano
El TSJC estimar en parte el recurso de tres familias, que reclamaban la aplicación del 25% y la anulación de los proyectos lingüísticos de sus centros. El tribunal reconoce el derecho de esos padres a que su hijo reciba, en el colegio y curso en el que sigue sus estudios, "una enseñanza efectiva y equilibrada en lengua castellana, que comprenda, aparte de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de dicha lengua, al menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular que, por su importancia en el conjunto del currículo y su carga lectiva, pueda ser considerada como principal".
El Tribunal Superior de Justicia catalán esquiva así la prohibición a fijar porcentajes lingüísticos que impuso la Generalitat con el Decreto Ley de proyectos lingüísticos. Y desestima la petición de anular los proyectos de los colegios demandados.
Ley inconstitucional
Pero el tribunal va más allá, y señala la inconstitucionalidad de los dos textos aprobados por el Parlament. Textos que el propio TSJC ha elevado ya al Tribunal Constitucional. "El modelo lingüístico establecido en ambas normas de referencia resulta inconstitucional" advierte la resolución, remitiéndose a pronunciamientos anteriores.
Sin embargo, añade, como en este caso no se valora el conjunto del sistema educativo sino un caso concreto, el TSJC no considera necesario esperar al pronunciamiento del Constitucional para abordar "el caso de un alumno concreto".
"Las dudas expresadas por esta Sala sobre la constitucionalidad de la nueva legislación catalana constituían un obstáculo que no podía salvarse cuando se trata, por ejemplo, de ejecutar una sentencia que afecta al global del modelo educativo, pero ello no impide que se resuelva este caso, individual". Y defiende su legitimidad para "garantizar la presencia mínima de la lengua castellana, de acuerdo a lo establecido en el marco constitucional y legal, estatal y autonómico".
Sistema dual
El tribunal añade que el sistema de inmersión, sin más presencia del español que en la asignatura de lengua y literatura castellanas, no es aceptable en un modelo de conjunción como el que establece el Estatut y ha avalado el Constitucional. Es decir, no es aceptable si es la única alternativa para los padres, aunque sí lo sería si se impusiera un sistema dual, con dos modelos lingüísticos.
"Un sistema de inmersión, como el utilizado en el centro aquí examinado, podría tener viabilidad en una enseñanza gratuita binaria o de opción lingüística" apunta el TSJC. "Pero presenta unos límites en un modelo único integral de enseñanza gratuita para todos los alumnos, como es el sistema educativo de Cataluña, donde debe respetarse la cooficialidad de las lenguas y el derecho de los alumnos y alumnas a recibir un mínimo de enseñanza en castellano".
En consecuencia, "la presencia de la lengua castellana en este centro escolar no puede considerarse como una presencia adecuada, debiendo adoptarse las medidas idóneas para garantizar el derecho del alumno a recibir enseñanza en castellano".
Nuevo decreto
El pronunciamiento del TSJC llega un día después de que la consejera de Educación, Anna Simó, anunciara este lunes que utilizará la tramitación del nuevo Decreto de régimen lingüístico del sistema educativo para blindar a las direcciones de centros ante posibles demandas de los padres. El decreto fija que la Generalitat es la última responsable de la aprobación de los proyectos lingüísticos.
El texto -sometido ahora a exposición pública, para aprobarse en los próximos meses- establece que el catalán es la única lengua vehicular de la educación. El castellano "no es lengua de la institución" según ha denunciado la entidad Escuela de Todos. El texto propuesto por Simó "supone la consagración de la exclusión del español", advierten desde la plataforma de defensa del español que lidera Ana Losada.
En este contexto, Simó consideraba este martes que el TSJC "se está excediendo en sus funciones, está suplantando funciones del legislativo" con las sentencias del 25% de castellano y acusaba al tribunal de "entrar en campaña" con estas resoluciones.
Simó insistió en que son unas sentencias que "van en contra del marco legal en Cataluña", y anunció que presentarán recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS). Y aseguró que el decreto del régimen lingüístico del sistema educativo presentado este lunes para "dar seguridad" a las escuelas con sus proyectos lingüísticos continuará su trámite y tendrá sus efectos en el momento que sea aprobado.
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