Pedro Sánchez está dispuesto. Sabe que es el precio que le exige el independentismo catalán y tiene asumido aceptarlo. Entre la espada y la pared, la operación para lograr la investidura pasa por la concesión de una amnistía a todos aquellos condenados o en espera de juicio por actos relacionados con los procesos de consulta (14-D y 1-O) que tuvieron como fin la independencia de Cataluña.
Con prudencia, desde Moncloa y desde ERC sobre todo -con Junts las cosas van más lentas por puro interés táctico de Puigdemont-, se transmite cierto optimismo. "Las conversaciones van por buen camino", dicen. Todos saben que hay unos plazos que tienen que cumplirse para que la negociación llegue a buen puerto. El primero de ellos, la celebración de la Diada el 11 de septiembre, en la que grupos como la ANC presionarán para que el independentismo no se venda a Sánchez por un plato de lentejas: el objetivo sigue siendo el de la constitución de una república catalana separada de España. La amnistía es sólo el aperitivo.
Mientras tanto, la pedagogía. Catedráticos y políticos progresistas, así como periodistas alineados con el Gobierno, ya han comenzado la labor de convertir la amnistía en algo no sólo posible, sino deseable. Y, por supuesto, acorde con la legalidad y la Constitución. Sin embargo, el mundo de la Justicia, sobre todo el Tribunal Supremo, ve con estupor lo que está a punto de convertirse en realidad.
¿Por qué este debate es tan importante? ¿Por qué la amnistía no es una concesión más al independentismo?
Lo primero que hay que decir es que la amnistía es una medida excepcional. No es algo que se pueda hacer a conveniencia y en función de unos intereses políticos concretos, ya que supone borrar el pasado penal de las personas que se acogen a ella, lo que la diferencia esencialmente del indulto, facultad para la que está legitimado el Gobierno como medida de gracia que se otorga a determinadas personas, pero que no implica que los actos por los que fueron condenados dejen de ser delictivos.
Hagamos un viaje en el tiempo. Para entender la excepcionalidad de la medida, nada mejor que ver qué pasó y cómo se vivió la amnistía -la única concedida hasta el momento en la España post franquista- que se aprobó en el Congreso de los Diputados el 14 de octubre de 1977.
Aquella fue una sesión histórica. Para darnos cuenta de la transcendencia de lo que sucedió ese día, nada mejor que recordar algunas de las intervenciones que tuvieron lugar durante el Pleno. Tal vez, la más significativa sea la del líder obrero Marcelino Camacho, represaliado durante la dictadura de Franco, que habló en nombre del Grupo Parlamentario Comunista: "Nosotros considerábamos que la pieza capital de esta política de reconciliación nacional tenía que ser la amnistía. ¿Cómo podríamos reconciliarnos los que nos habíamos estado matando los unos a los otros, si no borrábamos ese pasado de una vez para siempre?... Hemos enterrado nuestros muertos y nuestros rencores". Por su parte, el diputado del Grupo Socialista, Txiqui Benegas, proclamó: "Por fin, se va a enterrar la guerra civil". Asimismo, el líder del PNV, Xabier Arzalluz, puntualizó: "Es cierto: la amnistía es un acto excepcional. Una sociedad no se puede permitir el lujo de amnistías repetidas y repetidas". Finalmente, apunto lo dicho por Rafael Arias Salgado, representante de la UCD, grupo mayoritario del Congreso: "La amnistía es el presupuesto ético político de la democracia: la definitiva institucionalización de un Estado democrático de Derecho, que ampare la libertad de todos y en la que todos, en el respeto a los demás, lleguen a encontrar su sitio".
La ley de Amnistía que negocia el Gobierno con los independentistas catalanes es de dudosa legalidad. A diferencia de la del 77 no contará con un gran consenso parlamentario. Además, en el Tribunal Supremo creen que supondrá un socavamiento sin precedentes de nuestro Estado de Derecho
La amnistía fue la base sobre la que se construyó la reconciliación, que permitió a España hacer una transición pacífica de la dictadura a la democracia y que hizo posible redactar y aprobar la Constitución de 1978, que, por primera vez en nuestra historia, representaba el sentir de la inmensa mayoría de los españoles.
En ese contexto histórico es entendible una amnistía, que fue tan amplia y generosa que incluso permitió la libertad de etarras condenados por delitos de sangre. Aun así, los dos únicos votos en contra que tuvo la ley fueron los de los dos diputados que representaban a Euskadiko Eskerra (que poco después se convertiría en Herri Batasuna).
La amnistía que ahora se plantea ¿se produce en una situación si quiera parecida a la de 1977? Más aún: ¿Se plantearía Pedro Sánchez dar ese paso si no necesitase los votos de los independentistas catalanes? Las respuestas parecen obvias.
Una vez sentado que las circunstancias para una medida de tal calado no se dan y que la iniciativa tan sólo responde a la necesidad de un partido político de alcanzar la mayoría absoluta en el Congreso, conviene repasar si la amnistía que ahora se cocina entre un equipo de Moncloa, capitaneado por el omnipresente Félix Bolaños, y, al otro lado, por un grupo de juristas pastoreados por Jaume Asens, con la colaboración del catedrático Joan Queralt, contraviene alguna norma o, directamente, si infringe la ley.
Ya habrán oído hablar de que la Constitución española prohíbe expresamente los indultos generales (el artículo 62 establece que el Rey "no podrá autorizar indultos generales") y que, por tanto, implícitamente deja fuera de la legalidad una medida mucho más generosa desde el punto de vista penal como es la amnistía.
Esa objeción es acertada, pero es que, además, la Constitución proclama en su artículo 117 el principio de exclusividad jurisdiccional ("La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley"). La amnistía, desde esa perspectiva, sería una injerencia que vulnera ese principio de exclusividad, ya que los jueces quedarían relegados al mero papel de ejecutores de una decisión política.
Por si eso fuera poco, el Código Penal (el llamado Código Penal de la democracia, impulsado por Juan Alberto Belloch) establece en su artículo 130 con claridad las causas por las que se extingue la responsabilidad criminal. En ninguna de ellas se contempla la amnistía.
Pero, además, hay un principio general, el de igualdad ante la ley, que se rompería con la ley que ahora proyecta el Gobierno. En la amnistía del 77 se establecía una consideración para beneficiarse de ella, como era que afectaba a "todos los actos de intencionalidad política". Ahora, la medida sólo se aplicaría a delitos ligados a un fin concreto: la independencia de Cataluña.
Como el Gobierno conoce las dificultades para sacar adelante esta propuesta, la tramitará como proposición de ley, para así evitar el informe de los letrados del Congreso, que ya rechazaron en 2021 una propuesta en este sentido impulsada por ERC y a la que se sumaron otros grupos independentistas. Una triquiñuela que dice mucho sobre lo arriesgado de la iniciativa.
Otra diferencia sustancial con la ley de 1977 es que aquella recibió el apoyo de la inmensa mayoría del Congreso (como ya he dicho, sólo tuvo dos votos en contra y las abstenciones de los diputados de Alianza Popular). Fue, por tanto, fruto del consenso. Ahora recibirá con toda seguridad el voto en contra de casi la mitad de la Cámara.
Probablemente, el Grupo Popular y Vox recurrirán su legalidad ante el Tribunal Constitucional. Aunque hay una mayoría del bloque llamado "progresista", capitaneado por su presidente, es posible que la resolución del recurso se aparque sin fecha, como ocurrió con el de la ley del Aborto. Por mucho que Cándido Conde Pumpido quiera agradar al Gobierno, no hay que olvidar que también es un gran jurista y que tal vez sus escrúpulos le impidan dar vía libre a un dislate como sería dar carta blanca a una amnistía que se produce en un país donde están garantizadas las libertades democráticas.
El mayor éxito para Puigdemont y Junqueras no sería la extinción de sus responsabilidades penales -con ser este logro importante-, sino que, al concederles la amnistía, se estaría reconociendo de facto que en España no ha funcionado el Estado de Derecho, lo que legitimaría toda su lucha, como ocurrió con los demócratas que combatieron la dictadura de Franco.
Para los magistrados del Tribunal Supremo la aprobación de la ley de Amnistía, que luego tendrían que aplicar a los condenados o a los procesados que están en espera de juicio, este paso por parte del Gobierno es mucho más peligroso que la supresión del delito de sedición o la rebaja del delito de malversación para contentar a los independentistas. Se trata, según las fuentes consultadas, de un socavamiento del Estado de Derecho sin precedentes en la historia de nuestra democracia. "El principio del fin", sentencia un juez del Alto Tribunal.
Porque después, ya lo ha pedido Otegi, vendrá la amnistía para los terroristas de ETA.
En fin, que por sacar adelante una investidura podemos poner en riesgo lo conseguido hace ahora 46 años.
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