La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha decidido este martes -por cuatro votos a favor y dos en contra- estudiar el recurso del PSOE para que se produzca un recuento de los 30.000 votos declarados nulos en Madrid tras las elecciones del 23 de julio. Los magistrados han admitido a trámite dicho recuso interpuesto hace justo una semana porque el partido consideraba vulnerados sus derechos de participación política. Esta situación abre la puerta a un recuento que, eventualmente, pueda sumar un escaño más que empuje a Pedro Sánchez a una investidura sin necesitar el sí de Junts. Los togados consideran que debe estudiarse el fondo de la cuestión porque tiene "especial trascendencia", según fuentes jurídicas.
El PSOE ha venido arrastrando este asunto desde que el PP ganara las los comicios el pasado 23-J y arrebatara un escaño a los socialistas por el voto del exterior. El equipo de Sánchez lo había recurrido a la Junta Electoral Provincial primero y a la Junta Electoral Central después sin ningún éxito. Pasaron entonces a la ofensiva en el Tribunal Supremo alegando que quien iba de número 11 en su lista por la capital, Javier Rodrízuez Palacios, se había quedado sin su escaño por un puñado de votos. En concreto porque el PP obteuvo 1.300 más en el escrutinio del voto cera en la circunscripción de Madrid.
La pretensión socialista pasaba por revisar los 30.000 votos que se declararon nulos por si hubiera errores de última hora que pudieran cambiar el resultado electoral. El Tribunal Supremo fue claro alegando que no había ninguna sospecha de irregularidad y que la diferencia con el PP de algo más de mil votos no era argumento de peso para revisar lo obtenido del recuento oficial.
Pero los socialistas no cesaron y han terminado su camino judicial en el Tribunal Constitucional, que tiene ahora amplia mayoría progresista. La vicepresidenta del órgano Inmaculada Montalbán y los magistrados progresistas María Luisa Balaguer, Ramón Sáez Valcárcel y Laura Díez progresistas han elegido una senda distinta a la del Supremo y han decidido admitir a trámite el recurso con los votos en contra de los conservadores Enrique Arnaldo y César Tolosa. Esto no quiere decir que el recuento tenga que producirse ya, sino que ahora pasan a estudiar el fondo de la cuestión en un pleno que está previsto para la próxima semana. Fuentes jurídicas señalan que el tema se añadirá al orden del día.
El punto de disputa estaba en saber si el Supremo tenía razón cuando fiajaba que para revisar el escrutinio hacía falta "acreditar una irregularidad o vicio en el proceso electoral" o esto, en realidad, suponía una "interpretación restrictiva" de un derecho fundamental.
Práctiacmente no hay precedentes de una situación así en democracia. En 2015, se produjo un caso en el que la nulidad de los sufragios tenía que ver con un color distinto en la tinta. Entonces, la Junta Provincial de Badajoz primero y luego la de Extremadura validó los sobres, pero una colación de izquierdas solicitó la revisión. El alto tribunal aceptó entonces que se revisaran los votos nulos en Badajoz, donde los necesarios para alterar la composición del Parlamento era de "unos 900" respeto a 7.118 votos nulos.
Precisamente el PSOE en su recurso se apoyaba en esta doctrina en la que el Constitucional terminó diciendo que había que "conocer de la manera más exacta la verdadera voluntad de los electores manifestada en el proceso electoral". En la sentencia, los togados recalcaron que "es el criterio que debe presidir siempre la interpretación de la normativa electoral".
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