Apenas unos minutos después de que finalizara la comparecencia de José Luis Ábalos en el Congreso, en la que anunció que no dimite como diputado en el Congreso, el PSOE actuó. Ferraz abrió de inmediato expediente disciplinario y suspendió cautelarmente de militancia al exsecretario de Organización del partido por desoír el mandato de la ejecutiva federal de abandonar su acta. Es decir, que inicia el trámite para expulsar del PSOE a quien fuera su número tres entre 2017 y 2021.
La resolución, que fue remitida a los medios tras la declaración sin preguntas de Ábalos en la Cámara baja, la firma el secretario de Organización, Santos Cerdán. Recuerda el texto [aquí en PDF] que la ejecutiva acordó el lunes reclamar el escaño al exministro por responsabilidad política en el caso Koldo, y le dio 24 horas para materializar su baja. Algo que él no hizo porque quiere defender su "honorabilidad" desde su escaño y porque no quiere ser una víctima de la derecha. El dirigente sí solicitó pasarse al Grupo Mixto.
Ábalos tiene cinco días para hacer llegar al instructor los medios medios de prueba "de los que pretende valerse en su defensa"
El texto recuerda que el artículo 8 de los estatutos federales impone que los militantes deben respetar todas las reglas internas —los propios estatutos, también el reglamento que los desarrolla y cualquier otra norma reglamentaria—, y si caen en una "mala conducta cívica o ética", faltan al programa o a los acuerdos o resoluciones de los órganos del partido, se expresan en términos "irresponsables o con deslealtad al partido", comentan actos de indisciplina o violen las obligaciones que han de cumplir todos los afiliados pueden ser sancionados.
Por la negativa de Ábalos de entregar su acta, como le exigió el lunes la ejecutiva federal, la dirección le imputa una falta grave (obstrucción a la labor y decisiones de los órganos del partido) y tres muy graves: actuación "en contra de los acuerdos adoptados por los órganos", imposibilitar la "representación" del PSOE en las instituciones y el menoscabo de la imagen pública de "los cargos públicos o las instituciones socialistas". "La situación producida, los hechos que la han generado, así como la repercusión pública, exigen por parte de los órganos competentes del partido la adopción inmediata de las medidas oportunas contempladas en los estatutos y las normas internas para salvaguardar la imagen del PSOE y que la instrucción del expediente pueda seguirse con las máximas garantías para el expedientado", razona el texto.
Por todo ello, Cerdán abre expediente disciplinario a Ábalos y lo suspende de militancia. Supone que le deja sin derechos y deberes (salvo la obligación de pagar las cuotas y de respetar las decisiones de los órganos). E implica que de probarse las faltas imputadas, llevaría aparejada las sanciones que aparecen recogidas en el artículo 87.2 de los estatutos: la suspensión de afiliación y/o inhabilitación para cargos públicos y orgánicos por un periodo de entre 2 y 18 meses en el caso de falta grave, y de más de 18 meses y hasta 36 meses o la expulsión del PSOE, para las muy graves.
Ábalos tendrá cinco días para hacer llegar al instructor del expediente, el abogado del partido Alberto Cachinero, los medios de prueba "de los que pretende valerse en su defensa". También podrá recurrir la resolución ante la comisión federal de ética y garantías en el plazo de 10 días hábiles.
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