La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a 35 años de cárcel al hombre acusado de violar a una joven en la noche de Halloween de 2021 en Igualada.
El tribunal le condena a 20 años por un delito de asesinato en grado de tentativa y a 15 por uno de agresión sexual con "introducción de miembros
corporales y/u objetos, concurriendo la agravante de discriminación por razón de género". La pena se completa con la prohibición durante 10 años, a contar desde el cumplimiento de las penas de prisión, de acercarse a menos de 1.000 metros de la víctima y a comunicarse con ella por cualquier vía.
Así mismo, se establece una libertad vigilada de 10 años, posteriores al cumplimiento de la pena de prisión, y la prohibición durante 20 años, posteriores también al cumplimiento de la pena de prisión, de realizar cualquier actividad o profesión, retribuida o no, que suponga contacto con menores. La sentencia fija una indemnización a la víctima de 332.727,65 euros.
La brutal agresión
El tribunal encuentra probado que Brian Raimundo Céspedes siguió a la víctima, entonces menor de edad, cuando ésta abandonaba sola las inmediaciones de una discoteca de Igualada. Al llegar a la altura de un callejón solitario y oscuro, le atacó de manera sorpresiva con un objeto contundente y romo con el que le golpeó fuertemente y repetidas veces en la cabeza, sabedor de que con ello había una alta probabilidad de que acabara con su vida, cayendo la víctima como consecuencia de ello al suelo e introduciéndola a continuación en el referido callejón.
El condenado, "con absoluto desprecio a su condición de mujer" y aprovechando el estado de semiinconsciencia de la víctima, "la golpeó en diversas partes del cuerpo", para, seguidamente, "introducirle de manera brutal y repetidas veces miembros corporales, tales como el puño, u objetos contundentes y puntiagudos no determinados, o una combinación de ambos, lo que llevó a cabo durante espacio de 20 minutos aproximadamente".
Cuando hubo terminado con esa brutal agresión, "conocedor de que las bajas
temperaturas del lugar y la falta de asistencia médica", la dejó tendida en el suelo desnuda, semiinconsciente, desangrándose y sin la ropa que la misma vestía y que el procesado se llevó consigo.
Secuelas
Las lesiones causadas por la agresión, recoge el fallo, precisaron de "365 días para su curación, de los cuales 332 fueron impeditivos para sus ocupaciones habituales, 30 días de hospitalización y 3 días de estancia en la UCI, restándole como secuelas, entre otras, trastorno de estrés postraumático grave, hipoacusia en oído izquierdo leve, acúfenos en oído izquierdo o perjuicio estético por cicatrices quirúrgicas en abdomen en grado moderado”.
Recoge la resolución que la víctima, como consecuencia de estos hechos, sufre un "trastorno de estrés postraumático grave, así como una desestabilización personal por cuanto las lesiones sufridas han comprometido muy seriamente su vida y en la mayoría de ocasiones son mortales de necesidad".
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