La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, no recibió ayer buenas noticias. La Audiencia Provincial de Madrid ha acotado la investigación, por la que ella está imputada por delitos de tráfico de influencias y corrupción, pero ha dado luz verde al juez Juan Carlos Peinado para seguir investigando en sus actividades y el escrito de los magistrados parece avocarla a juicio. Además, la Universidad Complutense canceló el único máster en el que ella seguía dando clase. Por otro lado, el Tribunal Superior de Justicia de la capital delibera este martes la querella que Pedro Sánchez interpuso contra el magistrado por un supuesto delito de prevaricación.

El escrito de la sección 23 de la Audiencia Provincial no deja ya mucho margen a la interpretación y disecciona con bisturí la causa en tres grandes bloques a los que habría que añadirle un cuarto. Primero, la supuesta concesión directa de una subvención a Begoña Gómez (que resultó ser un bulo); segundo, el rescate del Gobierno a Air Europa a raíz de la supuesta relación entre el que fuera uno de sus jefes, Javier Hidalgo, y Gómez; y tercero, los contratos públicos a Juan Carlos Barrabés avalados con cartas de recomendación de la esposa del presidente.

El primer y el segundo punto han quedado fuera del todo. El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Peinado, no podrá hacer ni una sola diligencia más encaminada a descubrir si la relación entre Begoña Gómez e Hidalgo influyó algo en la ayuda millonaria que el Ejecutivo dio a la compañía aérea en plena pandemia. Asunto zanjado.

Sin embargo, el tercer bloque, el de Barrabés, y un cuarto que hay que añadir relacionado con el software que Gómez desarrolló para la universidad Complutense siguen su camino procesal. Para la investigada este era el peor escenario porque, además, se le ha acabado la baza del recurso. A partir de ahora tendrá que asumir la mayor parte de las diligencias que acuerde el juez Peinado porque la Audiencia Provincial ya ha hecho su trabajo y deja negro sobre blanco que el magistrado es "soberano" para desarrollar la causa a su antojo.

"La instrucción no deja de ser un procedimiento vivo, que no puede quedar anclado a los hechos inicialmente denunciados como cometidos", han reflejado. Los magistrados dicen que en esta fase, en la de investigación, hay que investigar y esta parte es "flexible" y "cambiante". Vienen a decirle al abogado de Begoña Gómez que cualquier cosa de la que quiera quejarse desde este momento deberá esperar a que llegue la siguiente fase, la que ya implica un cambio en el procedimiento para ir a juicio. Lo que, de facto, acerca esa posibilidad.

"La finalidad de la investigación debe ser comprobar si estamos ante resoluciones libremente adoptadas, conforme a un proceso de decisión adaptado a las normas empresariales y a los usos de la actividad del sector, a fin de pronunciarse motivadamente sobre si concurren elementos indiciarios suficientes como para hacer avanzar el procedimiento hacía una nueva fase. No nos encontramos aún en esa fase, que, de producirse, debería conllevar también una valoración sobre el procedimiento a seguir", apuntan.

Además, la resolución es bastante contundente en tanto en cuanto abre la puerta a que se investigue absolutamente todo lo que tiene que ver con la Universidad Complutense. "Existen conductas relacionadas con otras empresas y entidades respecto de la creación, ideación, promoción, implementación y desarrollo de la cátedra de los másteres asociados que deben ser investigados", dicen. Cabe recordar que el juez Peinado mantiene imputados también no sólo a Barrabés, sino al rector de la universidad Joaquín Goyache.

Los magistrados hacen una lectura amplia de lo que significa el tráfico de influencias y recuerdan que las normas europeas instan a castigarlo con independencia de que "la influencia se ejerza efectivamente", vale solo con intentarlo. Añaden que no se trata de una instrucción prospectiva, como venía defendiendo Gómez: "Prospectiva es la investigación que se inicia de forma indeterminada en búsqueda de posibles conductas delictivas sin una mínima concreción y sospechas fundadas, pero no aquella que partiendo de una conducta racionalmente sospechosa (ejercicio de influencia o promesa de ejercicio para condicionar la toma de decisiones públicas a cambio de ventajas indebidas), inicia una amplia indagación que permita conocer con detalles todas aquellas circunstancias que pueda influir y determinar en su calificación".

Peinado ha pasado así su primer examen. Pero aún le queda otro. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid empieza a estudiar hoy la querella que interpuso Sánchez contra él por hacerle declarar de forma presencial en La Moncloa cuando él quería acogerse a su derecho de hacerlo por escrito. Fuentes jurídicas tienen serias dudas de que esta querella interpuesta por la Abogacía del Estado pueda prosperar, pero la situación es más compleja con la querella que interpuso Gómez por su parte. En ese caso ella se refiere a que el juez se saltó el secreto de sumario de las actuaciones para informar a las partes de algunos detalles de las pesquisas.