El Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad iniciar una investigación contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos en el caso del novio de Isabel Díaz Ayuso. La Sala de lo Penal considera que hay indicios delictivos en el hecho de que la Fiscalía informara sobre los correos internos de la pareja de la presidenta de la Comunidad Madrid, Alberto González Amador, que estaba siendo investigado por un fraude a Hacienda. Esta es la primera vez en democracia que es imputado el máximo cargo de la Fiscalía.
El tribunal ha declarado, además, la competencia para investigar a la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, que supuestamente fue la que envió al fiscal general los datos para la elaboración de la nota de prensa que está en el centro de la polémica. Aunque ella no tiene la condición de aforada ante el Supremo y, en principio, su caso lo iba a analizar el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el alto tribunal explica que ambos comportamientos --el de García Ortiz y el de ella-- guardan una conexión inescindible que impide la incoación de causas separadas.
La Sala ha estado formada por los magistrados Manuel Marchena (presidente), Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Susana Polo (ponente) y Carmen Lamela. Ha designado instructor de esta causa, conforme al turno establecido, al magistrado Ángel Luis Hurtado.
La cuestión primordial, según determinan los jueces, es determinar si la conducta atribuida por los querellantes --que son González Amador y el Ilustre Colegio de la Abogacía Madrileña (ICAM)-- puede subsumirse en el artículo 417 del Código Penal, que castiga a la autoridad o funcionario público que revele informaciones de las que tenga conocimiento por razón de oficio o cargo y que no deban ser divulgados. En el centro de la investigación está la nota de prensa que la Fiscalía provincial remitió a los medios el 14 de marzo de 2024 para acallar un bulo y en el que se detallaba la cronología de las diligencias penales contra el novio de Ayuso.
En ese documento se incluían entrecomillados de los correos internos entre el fiscal del caso y el abogado de González Amador, lo que puede construir el delito. La 'número dos' de la Fiscalía se oponía a la admisión a trámite de esta querella porque esos mails ya habían sido divulgados anteriormente por la prensa y, por tanto, niega que exista una revelación de secretos.
García Ortiz, en el foco
La Sala de lo Penal empieza explicando que los funcionarios tienen deber de sigilo y quebrarlo es motivo de una infracción administrativa o un ilícito penal en función de la relevancia del hecho. "En cuanto al daño causado por la acción no exige una fustración total o parcial de los fines a los que atañe la información revelada, pudiendo incluso considerarse ínsito a la propia revelación si afecta a materias relevantes en las que el mantenimiento de la confidencialidad constituye presupuesto imprescindible del correcto funcionamiento de la Administración", dicen los magistrados.
Sobre lo que significa "revelar", acotan que "es poner en conocimiento de un tercero, ya sea en forma oral, escrita o de cualquier otro modo --también permitiendo el acceso ajeno al soporte que contiene la información-- algo que el tercero no conocía previamente y que no estaba legitimado para conocer". En este sentido, admiten que los correos ya habían sido publicados por algunos medios y, por tanto, no hay información indebidamente revelada, si bien añaden que "horas antes de la nota de prensa, los correos entre el fiscal del caso y el letrado de González Amador fueron revelados, estando los mismos en poder del fiscal general del Estado y de la jefa provincial". Así lo reconoció el fiscal del caso Julián Salto en la declaración que realizó en el TSJM cuando se inició este asunto.
Salto aclaró que el día 13 de marzo por la noche (un día antes de la nota de prensa) recibió una llamada de la fiscal jefa de Madrid diciéndole que el fiscal general la había llamado preocupado por una noticia de prensa sobre un acuerdo de conformidad y le pedía "una dación de cuenta urgente de todos los correos intercambiados con el [abogado]". Fue entonces cuando los mails se publicaron en la prensa y ya, al día siguiente, en la nota de prensa.
"Estimamos que al menos indiciariamente, en este supuesto, sí existe una carga de lesividad que afecta al posible perjuicio al derecho de defensa del Sr. González Amador, como consecuencia de la revelación del correo existente", indican los togados. "Resulta obvio", que él --prosigue la resolución-- se enfrenta a un proceso judicial en el que ha asumido sus delitos fiscales y que la nota de prensa de la Fiscalía "se trataba de una propuesta reservada, no compatible con la misión de información a la opinión pública".
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