El Tribunal Supremo ha anulada el ascenso de otro coronel de la Guardia Civil nombrado general por los ministerios de Interior y Defensa. Se trata de Miguel Ángel González Arias. El Alto Tribunal estima así el recurso de la Asociación Pro-Guardia Civil (APROGC) que había cuestionado la legalidad del procedimiento de ascenso.
La Sala retrotae el procedimiento para que la directora de la Guardia Civil emita su "popio informe" en el que valore la evaluación realizada por el Consejo Superior de la Guardia Civil sobre la idoneidad de quienes vayan a ascender, el orden de prelación y el procedimiento seguido.
Asimismo, señala que la ministra de Defensa, oído el ministro del Interior, deberá hacer una propuesta de ascenso al Consejo de Ministros en la que valore la prelación e idoneidad para el desempeño del destino vacante de General de Brigada en las que se concretó el ascenso impugnado en cuanto a los evaluados.
El tribunal recuerda los antecedentes creados por el coronel Diego Pérez de los Cobos, de cuyas sentencias deduce un criterio general aplicable a todo procedimiento de ascenso al empleo de General de Brigada en la Guardia Civil.
Este procedimiento se resume, explica la Sala, en que el "informe propio” del director general de la Guardia Civil, exigible por la ley, no puede quedar ceñido a remitir la evaluación realizada por el Consejo Superior de la Guardia Civil. Es decir, que se tienen que redactor documentos distintos y no hacer suyos los criterios de otros organismos.
En segundo lugar, indica que el director general de la Guardia Civil debe hacer una valoración propia, tanto del resultado de lo hecho por ese Consejo Superior, como órgano evaluador, como de los elementos necesarios para que el Consejo de ministros decida y aprecie la idoneidad del ascendido.
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