El PSOE mueve ficha y pasa al ataque. Tras un 2024 marcado política y mediáticamente por las causas judiciales que afectan al entorno directo del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, los socialistas presentaron ayer por sorpresa en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley con la que buscan, entre otras cuestiones, impedir que tanto los partidos políticos -y las asociaciones y fundaciones vinculadas a ellos- como las asociaciones profesionales de jueces y fiscales puedan ejercer como acusaciones populares.
También quieren prohibir que se admitan querellas basadas en "recortes de prensa", eliminar del Código Penal el delito de ofensas contra los sentimientos religiosos y acabar con la filtración "constante" de las diligencias por parte de acusaciones "con objetivos políticos", según consta en un documento del Grupo Parlamentario Socialista que ha consultado este periódico y que resume los objetivos de la ley.
Este movimiento del PSOE se produce después de que, el año pasado, a raíz de la interposición por parte del colecitivo Manos Limpias de unas querellas que se fundamentaban en informaciones periodísticas, un juzgado de Madrid y otro de Badajoz abrieran investigaciones contra la mujer del jefe del Ejecutivo, Begoña Gómez, y su hermano, David Sánchez. Los socialistas pretenden que la norma entre en vigor en un plazo de 20 días tras su publicación en el BOE y que afecte "a los procesos en curso", según se recoge en la disposición transitoría única, lo que condicionaría de lleno a las instrucciones que se están llevando a cabo en las que hay personadas acusaciones populares, hasta el punto de que algunas de ellas quedarían practicamente vacías.
El Independiente ha hablado con varios jueces y magistrados de distintas asociaciones judiciales para conocer su valoración de la Proposición de Ley Orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas. Desde la Asociación Profesional de la Magistratura explican que "parece" que con ella se intenta "sembrar la duda sobre la honradez de la justicia", algo que califican como "bastante peligroso". Además, subrayan que las cuestiones que plantea la ley "ya están controladas" en la legislación, que se rige por "sistemas objetivos, no por la voluntad de nadie".
En la misma línea se expresa la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, que sostiene que "resulta preocupante que siempre se dude de los Jueces como colectivo, tendencia enque algunas fuerzas políticas están incurriendo en los últimos tiempos, lo que socava la confianza de la sociedad en el Estado de Derecho". La asociación Jueces y Juezas para la Democracia también califica de "desacertado" excluir a los partidos políticos de la acusación popular: "Si son partes, tienen que tener plenos derechos procesales durante todo el proceso."
Por su parte, Fernando Portillo, magistrado y miembro del Foro Judicial Independiente, defiende que es necesario que se implementen medidas para que la acción popular "no vuelva a ser objeto de abusos" como ha ocurrido durante los últimos años por parte "del ámbito de partidos políticos o entidades afines", pero señala que la ley está redactada de tal forma que hace la acusación popular "inviable", lo que es contrario a la previsión constitucional (la acusación popular es una figura reconocida en el artículo 125 de la Constitución Española, que otorga legitimidad a cualquier ciudadano que se quiera personar en un proceso penal aunque no se haya visto afectado directamente por él).
"Mecanismos de acoso"
La Proposición, según indica el Grupo Socialista de la Cámara Baja, actúa sobre lo que se define como "cuatro mecanismos de acoso claros". En primer lugar, además de la ya mencionada prohibición para que los partidos políticos y las asociaciones o fundaciones vinculadas a ellos puedan ejercer como acusaciones, el PSOE pretende que la participación de éstas en los procedimientos judiciales se limite a la formulación inicial de la querella y a la fase de juicio oral, o lo que es lo mismo: que la acusación popular no pueda formar parte de la instrucción, una fase que debe estar "protagonizada" por la Fiscalía y los perjudicados directos.
En este primer apartado también se aclara que para poder personarse deberá existir un vínculo "concreto, relevante y suficiente" con el interés público, que el juez deberá comprobar si existe y, si no, deberá denegar la personación. La Asociación Profesional de la Magistratura explica que la acusación popular ya está controlada por los jueces, que vigilan que en ellas haya un "interés legítimo" en el momento de la admisión de la querella. Además, recuerdan que éstas han servido en varias ocasiones para ejercitar acciones cuando el Ministerio Fiscal ha considerado que no había causa. "Ha tenido cierta eficacia histórica", mismo argumento que esboza el Foro Judicial Independiente, que recuerda que "importantes casos de corrupción" han llegado a juicio, e incluso se han podido condenar, gracias a las acusaciones populares, como ocurrió con la infanta Cristina y su marido Iñaki Urdangarín.
Respecto de la inadmisión de querellas basadas en publicaciones periodísticas, el PSOE aclara que la Proposición incluye "expresamente" la doctrina del Tribunal Supremo sobre la imposibilidad de abrir un proceso penal "sin el menor indicio de irregularidades". "Se trata de convertir en ley lo que ya ha dicho el Supremo", afirma Jueces y Juezas para la Democracia, asociación que también considera acertado que se suprima del Código Penal el delito de ofensas contra los sentimientos religiosos, puesto que así se garantiza plenamente la libertad de expresión. Los socialistas argumentan que es empleado por organizaciones "ultras y fundamentalistas" para perseguir a artistas, activistas y representantes electos.
Sobre la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial para incluir una nueva causa de abstención o recusación que impida que un juez, cuando previamente haya realizado manifestaciones públicas a favor o en contra de partidos políticos u otras asociaciones, participe en un proceso del que éstas formen parte, la Asociación Profesional de la Magistratura ve "preocupante" que se introduzcan "modificaciones en relación con la recusación de los jueces por motivaciones políticas". Aseguran que los jueces, en muchas ocasiones, "pecan por exceso a la hora de evitar que cualquiera pueda decir que existe cualquier motivación que sea ajena a lo jurídico", y "no le ven mucha utilidad", porque la recusación ya está contemplada en la ley.
"Hay que confiar en la imparcialidad judicial, toda vez que el sistema actual ya contiene las garantías necesarias para protegerla mediante mecanismos como la abstención y la recusación de los jueces, figuras a los que se recurre cuando es necesario en los juzgados sin problemas" sostiene la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. Desde Jueces y Juezas para la Democracia reivindican que la judicatura "es ciudadanía" y es libre de opinar, aunque tiene que actuar con "prudencia para evitar comprometer la imagen de imparcialidad judicial".
Un aspecto relevante de la norma es que afectaría a los procesos en vigor, un factor importante porque, por ejemplo, en la investigación abierta por revelación de secretos contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, que ejerce de acusación, sería eliminada del procedimiento, así como lo serían también las del PP y Vox, que están personados en las causas contra los familiares de Sánchez, y en el 'caso Koldo'. Al vaciarlas, la acusación quedaría en manos de la Fiscalía, que ha pedido el archivo tanto de la causa contra Begoña Gómez como la de David Sánchez.
"¿Cuál es la finalidad, cambiar los criterios para impedir que se continue con causas vigentes?", se preguntan en la Asociación Profesional de la Magistratura. "Crear una ley para que se ejecute lo que ya está vigente es extraordinario en un Estado de derecho".
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