El titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Luis Rubiales por un delito de agresión sexual por el beso a Jenni Hermoso a 18 meses de multa con cuota de 20 euros al día, es decir, un total de 10.800 euros. El magistrado José Manuel Fernández Prieto ha absuelto al resto de acusados --al exseleccionador femenino Jorge Vilda, al exdirector de Fútbol de la selección masculina Albert Luque, al que fuera responsable de marketing de la Federación Rubén Rivera y al propio Rubiales-- del delito de coacciones.
El fallo prohíbe a Rubiales acercarse a la jugadora femenina a un radio menor de 200 metros y comunicarse con ella por el plazo de un año. La Fiscalía de la Audiencia Nacional había pedido una condena de dos años y sesis meses de cárcel para Rubiales (de los que era un año por delito de agresión sexual y otro año y medio por coacciones). Fuentes fiscales han anunciado que estudiarán la sentencia para decidir si presentan un recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y, como último escalón, al Tribunal Supremo.
En la sentencia el magistrado considera probado que Rubiales "sujetó la cabeza de la jugadora con ambas manos, y de manera sorpresiva y sin consentimiento ni aceptación de la jugadora, le propinó un beso en los labios" el 20 de agosto de 2023, en Sídney (Australia) durante la entrega de medallas a las jugadoras de la Selección Española Femenina de Fútbol. "Esta acción de dar un beso en la boca a la mujer tiene una clara connotación sexual, y no es la forma normal de saludar a las personas con quienes no se mantiene una relación de afectividad", compone el juez.
El magistrado explica que Hermoso ha dejado claro en el juicio que en España da dos besos, mientras que al trasladarse a México da solo uno y "nunca da besos en los labios a las personas con las que no tiene una especial relación de afectividad". Para él es patente que la acción es extraordinaria porque al resto de jugadoras en la entrega de medallas sólo las saluda con "los correspondientes besos en las mejillas, nunca en la boca, salvo cuando llega el turno de Jenni Hermoso". Este cambio de trato "no es explicado mínimamente por el acusado" y "difícilmente puede verse justificado", dice el juez, por el mero hecho de que Rubiales quisiera consolarla porque ella había fallado un penalti. "Tal hecho se ve nítidamente diluido y transformado en una mera anécdota por el éxito deportivo finalmente conseguido, que dejaba sin virtualidad cualquier pesadumbre por tal fallo, por lo que nada había que consolar", argumenta.
"A Jenni Hermoso, plena credibilidad"
El juez Fernández Prieto es totalmente claro: "Ha de dejarse patente que a Jenni Hermoso este juzgador le atribuye plena credibilidad, al no constar razón o motivo por el que tuviera que faltar a la verdad en la narración de los hechos con el exclusivo fin de perjudicar al acusado Luis Rubiales". Ambos se llevaban bien y no constan razones de enemistad, resentimiento, venganza ni deseo de beneficio económico, indica.
El juez lamina la fiabilidad del informe pericial presentado por Rubiales en el que un supuesto perito acreditaba de la lectura de labios que él le había preguntado a la jugadora si le podía dar "un piquito". "Resulta insuficiente para desvirtuar la credibilidad de Jennifer Hermoso". Para empezar porque el profesional ha analizado unas imágenes de Tik-Tok y no la señal oficial de TVE y, para continuar, porque que él le preguntara no sirve de mucho si se desconoce qué ha contestado la mujer.
"No se explica de forma mínimamente convincente por el acusado en juicio por qué razón el ósculo se lo da a Jenni en la boca y no en las mejillas como se los dio al resto de las jugadoras campeonas del mundo", indica.
El juez se muestra en consonancia con el alegato que hizo la fiscal del asunto Marta Durántez cuando dijo que no había un manual de la buena víctima sobre cómo comportarse después de una agresión sexual. "No se ve empañada en relación con la ausencia de consentimiento por la alegría que en todo momento muestra Jenni Hermoso con el éxito deportivo conseguido que quiere celebrar a toda costa. No puede obviarse que la agresión sexual de que es objeto la mujer tiene la intensidad que tiene y carece de virtualidad para anular la alegría en la mujer del éxito que acaba de conseguir", relata.
Por eso, como es una agresión sexual de baja intensidad, el juez la encuadra en la horquilla baja del Código Penal al no mediar violencia ni intimidación. Dice el juez que si ese tipo más leve no se pudiera aplicar ahora, en un beso, "difícilmente lo sería nunca y se revelaría como una disposición superflua".
Sobre las coacciones
El juez da credibilidad al testimonio de Hermoso cuando señala que ella estuvo en desacuerdo en publicar un comunicado posterior con una versión conjunta con Rubiales. El relato de los hechos probados continúa explicando que en el autobús que conducía a la Delegación española de fútbol de camino al aeropuerto de vuelta a España, una "persona no determinada" pidió a la jugadora que bajara para encontrarse con los responsables de comunicación que habían redactado un documento para remitir a la prensa. Hermoso leyó el comunicado "por encima, sin querer saber lo que ponía exactamente, en tanto ella no lo había escrito ni se había reunido en ningún momento con nadie para su redacción". El papel se distribuyó a los medios, pero ella "nunca dijo que estaba conforme", remata el juez.
Sin embargo, el hecho de que no quisiera publicarlo no quiere decir que hubiera amenazas para ello. El juez no cree que Rubiales, Vilda, Luque o Rivera desplegaran armas coercitivas para atosigar a la jugadora y doblegar su voluntad de no salir públicamente a redimir a su jefe.
El relato de los hechos probados sitúa en dos escenarios las presuntas coacciones, de las que el juez ha absuelto. Por un lado, en el vuelo de regreso de Australia a España con escala en Doha (Qatar), escenario en el que entró en juego Vilda, quien se acercó al hermano de Jenni Hermoso para hablar con él. Por el otro, en Ibiza los días 22 a 25 de agosto , con ocasión del viaje de celebración. Allí estuvieron Rivera y Luque que trataron de convencer a la jugadora, de nuevo, para que saliera públicamente a ayudar a Rubiales. "No se describe ningún acto de violencia e intimidación", arguye el togado.
Hermoso había solicitado una indemnización de 50.000 euros por la agresión sexual, pero el juez considera que no ha alegado haber sufrido ningún perjudicio material, ni haber sufrido gastos económicos como consecuencia del beso recibido. Por eso, entiende que el dinero que pide es en concepto de daño moral que no sólo lo compone el sufrimiento personal de las víctimas, sino también el sentimiento de la dignidad lastimada o vejada, el daño psicológico, etc. Para el juez la cuantía que pide la jugadora es totalmente desproporcionada y la transforma en 3.000 euros.
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