Este miércoles ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias, tras el acuerdo entre el PSOE y Junts.

El decreto ley, que añade un artículo a la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece que si la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia no logra un acuerdo unánime —lo esperable, teniendo en cuenta que las once comunicades en manos del PP han mostrado su oposición a la nueva norma— sobre cómo distribuir a los menores extranjeros no acompañados, será el Gobierno la entidad encargada de hacerlo, en base a los siguientes criterios:

  • a) 50% en razón a la población de las comunidades autónomas.
  • b) 3% en razón a la renta de los hogares.
  • c) 15% en razón a la tasa de paro.
  • d) 6% según el esfuerzo previo de la comunidad en la atención a estos menores.
  • e) 10% en razón de la capacidad de acogida.
  • f) 2% si es una ciudad fronteriza.
  • g) 2% si es una comunidad insular.
  • h) 2% en razón a la dispersión de la población.

El punto e) está basado en los datos de acogimientos residenciales del Boletín Estadístico sobre Medidas de Protección a la Infancia y Adolescencia, actualizados a 19 de febrero de 2025. Estos datos deberán ser proporcionados por las Comunidades Autónomas, y el cálculo se hará en razón a la diferencia de plazas existentes con respecto al promedio deseable —una plaza por cada 2.500 habitantes—.

Por tanto, para su aplicación, el Ejecutivo dependerá de los datos que proporcionen los gobiernos autonómicos, que deberán certificar con números actualizados el estado de su red de acogida. Los gobiernos autonómicos en manos del Partido Popular ya han mostrado su rechazo a la modificación a la ley, y la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha avisado de que recurrirá la norma a los tribunales y a la Unión Europea.

Asimismo, establece que se declarará la situación de contingencia migratoria extraordinaria en aquellas comunidades o ciudades autónomas cuyo sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas exceda en ocupación tres veces su capacidad ordinaria. En concreto, el Gobierno busca aliviar la situación que se vive en las Islas Canarias, donde los centros de menores han experimentado un aumento de su capacidad extraordinario derivado de la crisis migratoria que ha afectado al archipiélago durante los dos últimos años.

La norma también alude que, en el caso de que la minoría de edad de la persona sea "indubitada", o si se trata de un caso en el que su edad no ha podido ser establecida con seguridad, se procederá a hacer su reseña inmediara y su incripción en el registro de menores extranjeros no acompañados. Posteriormente, cuando haya sido reubicado, se realizarán los procedimientos necesarios para determinar su edad.

Por su parte, el ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, aseguró este martes que el Gobierno "no impone, ni beneficia ni perjudica" a ninguna comunidad con el reparto de menores, y recordó que tendrán hasta el 31 de marzo para certificar cuántos menores no acompañados alberga y, a partir de ahí, "sabremos por tanto el conjunto de menores que hay en toda España".