El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros el real decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, por el que prohíbe servir bebidas azucaradas y bollería en los centros escolares.
"Es una norma que va a impulsar el consumo diario de frutas y verduras frescas, de legumbres, de pescado, de carne de calidad, a la vez que limita los alimentos ultraprocesados, los preparados precocinados o el exceso de frituras, y elimina las bebidas azucaradas, las bebidas energéticas o la bollería industrial de las máquinas dispensadoras y de las cafeterías de los centros educativos", ha explicado el ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, según cuenta Europa Press.
Todo ello, según ha precisado, independientemente "del nivel de renta y del código postal" en el que hayan nacido estos menores, y con el objetivo de garantizar una alimentación saludable y de reducir las desigualdades en salud.
"De lo que se trata es de lograr una alimentación mucho más nutritiva y variada para nuestros menores", ha remarcado la ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, este martes, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
El texto ha sido elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 con cuatro ministerios más como coproponentes (Educación, Formación Profesional y Deportes; Agricultura, Pesca y Alimentación; Sanidad; y Juventud e Infancia).
Según ha destacado Bustinduy, esta nueva normativa va a garantizar que se sirvan cinco comidas saludables a la semana en todos los centros escolares. En concreto, en centros públicos, concertados y privados que imparten educación infantil (2º ciclo), educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato o ciclos de formación profesional de grado básico o medio.
El real decreto indica que todos los centros escolares con comedor deben garantizar a los estudiantes un consumo diario de fruta y verdura fresca, especificando que al menos el 45% de la fruta y hortalizas que se sirvan sean de temporada. El objetivo de esta medida es fomentar modelos de comedores más "saludables" y más "sostenibles", y, al mismo tiempo, para reforzar la "producción local".
Además, ha asegurado que supondrá un beneficio a los agricultores y ganaderos españoles. "Se trata de apostar por un modelo más justo, que cuide no solo los derechos de la infancia, sino también el medio ambiente y los sectores estratégicos de nuestra economía", ha insistido.
Desde el Ministerio han explicado que ya se han probado los beneficios de esta propuesta en diversas experiencias que ya están en marcha con gran éxito en diferentes lugares del país, como el proyecto 'Ecocomedores' en Islas Canarias o el proyecto 'Horta Cuina', en la Comunidad Valenciana. En esta línea, la norma indica que al menos dos platos al mes o el 5% del gasto se destine a la producción ecológica.
La norma también fija unas raciones semanales de pescados, legumbres y cereales integrales en los comedores, en base a las recomendaciones de organismos científicos y sanitarios como la AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición) o la OMS (Organización Mundial de la Salud).
El pescado
Con esta base, la norma establece servir entre una y tres raciones de pescado a la semana, una frecuencia que supondrá un incremento notable del consumo de pescado a nivel nacional ya que, según estimaciones de Consumo, hay 1.200 comedores escolares en España en los que nunca se sirve pescado (partiendo de los datos del informe de resultados del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021-2025).
En cuanto a las legumbres, en la actualidad, según los datos ofrecidos por las comunidades autónomas, hasta el 14% de los centros escolares incumplía la recomendación de servir este alimento al menos una vez a la semana. En el caso de los cereales, el real decreto estipula que semanalmente se ofrezca al menos una ración de arroz o pasta integral, además de varias de pan integral.
Por otro lado, tampoco se va a permitir servir bebidas azucaradas en las comidas de los centros escolares, ni venderlas en las máquinas vending o en las cafeterías que hay en estos centros. Además, se van a eliminar las bebidas energéticas y los alimentos azucarados (la llamada bollería industrial) que se comercializan en estas máquinas vending y cafeterías. En concreto, no se podrán vender productos que superen un contenido máximo de 5 gramos de azúcares por porción envasada y que incumplan los criterios recomendados por organismos como la OMS sobre los límites para la ingesta de grasas, azúcares y sal.
Así, el valor energético por porción envasada no debe superar las 200 kilocalorías. Esto se relaciona con la recomendación de repartir la energía necesaria a lo largo del día: el 25% en el desayuno (o bien, el 15% si es un desayuno ligero y se complementa con un 10% en el almuerzo), el 35% en la comida del mediodía, el 10% en la merienda y el 30% restante en la cena. Por ello, expone que la oferta de almuerzo de media mañana y merienda no debe proporcionar más del 10% del total de la energía diaria; 200 kilocalorías como máximo.
En cuanto a las kilocalorías que procedan de la grasa, estas no pueden superar el 35%. Esto se traduce en que el contenido máximo de grasas será de 7,8 gramos para una porción que no sobrepase las 200 kilocalorías.
En el caso de las grasas saturadas, las kilocalorías con esta procedencia no pueden superar el 10%. Así, deben tener un máximo de 2,2 gramos de grasas saturadas para una porción limitada a 200 kilocalorías. Para los azúcares añadidos o libres, el mismo porcentaje, el 10% como máximo de las kilocalorías con esta procedencia, lo que supone un máximo de 5 gramos de azúcares añadidos para una porción de 200 kilocalorías. Finalmente, la sal, el máximo debe ser 0,5 grados (0,2 gramos de sodio) para la mencionada porción de 200 kilocalorías.
Una pizza al mes
El ministro Bustinduy ha resaltado también que este real decreto va a limitar los platos precocinados a una ración al mes. En este sentido, comidas como pizzas, empanadillas o frituras que sean precocinadas se podrán servir una vez al mes como máximo. Por otro lado, las frituras que se elaboren en el día (que no procedan de productos precocinados) podrán servirse una vez a la semana como máximo, indicándose que para elaborar estas frituras se use preferentemente aceite de oliva o aceite de girasol alto oleico.
La norma aprobada este martes lleva el título de 'Real decreto por el que se establecen normas de desarrollo de la ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria, para el fomento de un alimentación saludable y sostenible en centros educativos' y desarrolla la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición del 2011, concretamente el artículo 40 en el que se hace mención expresamente a las medidas especiales dirigidas al ámbito escolar. Asimismo, este Real Decreto también permite avanzar en el cumplimiento del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil 2022-2030.
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