Árboles destrozados, carreteras anegadas, vías ferroviarias cortadas y vehículos amontonados. Éstos son sólo algunos de los efectos de la borrasca 'Filomena' en Madrid que podrían agravarse en cuestión de horas y por los que el alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida no ha dudado en abrir la puerta a solicitar al Gobierno la declaración de zona catastrófica para la capital, una petición que fue denegada -aunque después suavizada- por Moncloa y con la que el regidor cuenta con el férreo respaldo de Isabel Díaz Ayuso y de la dirección nacional del PP.
La "declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil", denominación oficial de este instrumento, puede solicitarla cualquier administración cuando una zona bajo su jurisdicción ha sufrido daños personales o materiales de gran magnitud y que perturben gravemente las condiciones de vida de los ciudadanos. Para su tramitación, esta figura debe ser aprobada por el Consejo de Ministros a petición de los titulares de Interior y de Hacienda -Fernando Grande-Marlaska y María Jesús Montero- y las administraciones cuentan con un plazo de 15 días desde el inicio del siniestro.
El Ayuntamiento de Madrid ya ha avanzado que decidirá esta semana si presenta finalmente el escrito, aunque se da prácticamente por descontado que se hará, entre otros motivos porque "sin la declaración de zona catastrófica por parte del Gobierno, los daños materiales que se han producido en propiedades privadas no tienen cobertura de seguros", mientras que si se aprueba este instrumento, "pasaría a cubrirlo el Consorcio de Compensación de Seguros", informan desde el consistorio madrileño. Pero, ¿qué otras ayudas y exenciones vendrían aparejadas a la declaración de zona catastrófica?
1. Ayudas a particulares
En España contamos con varios precedentes recientes de zonas declaradas de emergencia. Sin ir más lejos, los episodios de inundaciones por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) o 'gota fría' que azotó al levante balear fue tratada por el Ejecutivo por esta categoría, que aplicó a los municipos más castigados por el temporal y que también utilizó para los graves incendios que sacudieron Gran Canaria en agosto de 2019.
Aunque el Ayuntamiento de Madrid aún no tiene un cálculo aproximado de en qué cantidades se concretaría la ayuda -se están empezando a evaluar los daños, aunque ya adelantan que 'Filomena' ha afectado al 5% del arbolado de Madrid, es decir, 150.000 árboles que han caído sobre coches o infraestructuras- sí se puede hacer un listado de los beneficios de este estatuso. El primero es el de que cualquier persona puede acceder a las ayudas previstas en el paquete, independientemente de que cuente o no con un seguro privado, para paliar los daños en la vivienda habitual, enseres de primera necesidad o compensación por ayudas prestadas para sofocar la situación de emergencia.
Como se comentaba anteriormente, la declaración de este estatus implicaría que los daños materiales de particulares en Madrid serían cubiertos directamente por el Consorcio de Compensación de Seguros.
2. Ayudas a empresas
Del mismo modo, todos los establecimientos mercantiles, de servicios o las industrias y los comercios que se han visto afectados por los estropicios materiales a causa del material también podrían acceder a este marco de ayudas estatales. En este paquete estarían incluidas también las explotaciones agrarias, ganaderas, foreestales y de acuicultura marina, y las ayudas por daños en infraestructuras municipales o la red viaria provincial. Se contemplan, además, compensaciones a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.
3. Exenciones fiscales
Otra de las piedras angulares del instrumento de 'zona catastrófica' son las exenciones fiscales a las que se pueden acoger particulares y empresas en función de los daños causados, en este caso, por la borrasca Filomena. Por ejemplo, podría solicitarse la conmutación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI); la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en las ayudas que se reciban; o la rebaja de la tasa sobre Actividades Económicas en los casos en que haya sido obligado el cierre temporal de la actividad, entre otras excepciones.
Se contempla además la apertura de líneas de préstamo preferenciales que estarían subvencionadas por el Instituo de Crédito Oficial (ICO).
4. Moratoria de las cuotas a la Seguridad Social
Las empresas y los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar una moratoria de hasta un año sin intereses en el abono de las cuotas a la Seguridad Social cuando, a consecuencia de la emergencia y previa justificación de los daños, se haya procedido a extinguir, suspender o reducir contratos de trabajo.
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