El Tribunal Constitucional ha rechazado este martes el recurso del PSOE para volver a contar unos 30.000 votos nulos en la Comunidad de Madrid tras las elecciones del 23-J. La Sala Segunda por unanimidad cierra la puerta así a que el partido de Pedro Sánchez pueda rascar un escaño más en el Congreso de los Diputados. La Fiscalía ya se había posicionado este lunes indicando que no se puede recontar el escrutinio sin indicios de error, por la simple voluntad de un partido político. Esta decisión sobresale porque el Tribunal rara vez ha quitado la razón a un recurso socialista desde que su mayoría virara hacia los progresistas.
La decisión crea jurisprudencia y afianza la doctrina sobre los recursos electorales. El equipo jurídico de los socialistas argumentaba su recurso en una sentencia de 2015 en la que el Tribunal ordenó repetir un recuento en Extremadura porque unas papeletas llevaban una tinta de otro color. Pero fuentes del órgano explicaban que era un caso distinto porque había un error manifiesto, sin embargo, la petición del PSOE se construía sobre las actas de una mesa que se cerraron por consenso.
A pesar de que la Sala se dividió en la admisión a trámite --los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y César Tolosa votaron en contra--, este martes se ha producido el consenso con los progresistas María Luisa Balaguer, Inmaculada Montalbán y Ramón Sáez.
Los socialistas cierran así sus expectativas para recuperar el escaño que perdieron por el voto exterior cuando el recuento finalizó con un diputado más para el PP por una diferencia de 1.343 papeletas. Así las cosas, Sánchez sigue necesitando el sí expreso del partido de Carles Puigdemont para una investidura.
La Fiscalía
El fiscal jefe Pedro Crespo fue en esta misma línea y expuso que los derechos tienen límites: "Es obvio que la negación del carácter absoluto de los derechos y la consiguiente necesidad de la delimitación de su alcance en caso de colisión con otros derechos o intereses tutelados por la Constitución, presuponen que su ejercicio pueda verse efectivamente afectado o limitado", resaltó. Es decir, el hecho de que los socialistas se apoyen en su derecho, que lo tienen y nadie lo niega, no quiere decir que éste sea absoluto. Por tanto, no vale con la voluntad de que quieran revisar el escrutinio sin mostrar ni un indicio de que ha habido alguna irregularidad.
"La pretensión de adelantar de ese modo la barrera de protección de un derecho fundamental (que, conviene insistir, no se formula como un derecho a revisar el voto declarado nulo, sino el derecho a hacerlo sin necesidad de que exista ni se alegue motivo alguno), carece, a juicio de esta Fiscalía, de precedente o parangón en la doctrina constitucional relativa a la configuración y la tutela de los derechos fundamentales", ilustró el fiscal de Sala.
El PP había tratado de apartar a Díez argumentando su trabajo en la Moncloa entre febrero de 2020 y abril de 2022 cuando trabajó como directora general de Asuntos Constitucionales, primero bajo las órdenes de la exministra Carmen Calvo y después bajo el ministro Félix Bolaños.
Vox y Sumar también habían presentado sus propias alegaciones. La formación de Yolanda Díaz pedía aceptar el recurso por ser "lógico" que "exista un mayor número de votos del PSOE anulados incorrectamente"; mientras que el partido de Santiago Abascal defendía la desestimación.
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