La Fiscalía de la Audiencia Nacional acaba de anunciar que recurrirá la decisión del juez Manuel García Castellón de dirigir la investigación de 'Tsunami Democràtic' contra el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y la secretaria de ERC Marta Rovira por delitos de terrorismo. Según informan fuentes fiscales, la causa debería ser trasladada a Barcelona porque los hechos se encuadran en un delito de desórdenes públicos.
El Ministerio Público escenifica su malestar con el magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 6 de la Adueincia Nacional quien pidió opinión al fiscal el pasado viernes para que informara de a quiénes debería imputar y "no ha tenido a bien esperar respuesta", señalan dichas fuentes. El togado explica en un auto este lunes que la cúpula de 'Tsunami' estuvo copada por los altos cargos del independentismo que de forma organizada, jerarquizada y dirigida buscaron "alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva" cuando se publicó la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes del procés.
La Fiscalía señala que la desaparición de la sedición del Código Penal ha afectado al delito medular de la investigación, tal y como informó este periódico. Y, con estos mimbres, "la causa solo puede seguirse por desórdenes públicos en los juzgados de Barcelona".
Antes de que García Castellón dictara el escrito de hoy, los fiscales estaban preparando un informe para que el asunto fuera trasladado a Cataluña, en una visión radicalmente contraria a la que tiene el instructor. Para el Ministerio Público de lo que se desprende en los informes de la Guardia Civil no se puede considerar que ha habido terrorismo.
En cambio el juez se muestra en otros términos: “El análisis de los hechos expuestos no permite excluir, en absoluto, que 'Tsunami Democràtic' pudiera tener la consideración de “grupo terrorista”, debiendo esclarecer si se llegó a materializar su actuación con alguno de los delitos del art. 573 CP (contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, de falsedad documental, contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos, previstos en el presente Código, y el apoderamiento de aeronaves, buques u otros medios de transporte colectivo o de mercancías)”.
Ahora, será la Sala de lo Penal la que previsiblemente resuelva de quién es la competencia y a quien afectan estos hechos de 2018. La decisión puede durar meses mientras el Gobierno y los partidos independentistas avanzan en la publicación de una ley de amnistía.
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