La Audiencia Provincial de Baleares ha emitido una sentencia absolutoria para Pau Rigo, el hombre de 83 años de Porreres (Mallorca) que disparó mortalmente a un ladrón durante un asalto a su casa en 2018, por lo que el octogenario no ingresará en prisión.
La sentencia ha sido notificada este viernes, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) revocara la nulidad del veredicto. Rigo ha sido absuelto del delito de homicidio del que le acusaba la Fiscalía.
Por otra parte, la magistrada ha condenado a cuatro años y ocho meses de prisión a un vecino de Campos como autor intelectual del robo con violencia en casa habitada; a otro vecino de Campos a cuatro años y seis meses por cooperar en la planificación del asalto; y a cuatro años y 11 meses a un ciudadano de origen colombiano por ejecutar el robo y por las lesiones al anciano.
Además, a los ladrones les condena a indemnizar al jubilado con 15.000 euros por el dinero sustraído, y al atracador que ejecutó el robo le obliga a pagar otros 5.107 euros por las lesiones. Igualmente les impone una orden de alejamiento en favor del anciano.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
La defensa sostuvo que el veredicto era absolutorio
El letrado de Rigo, Jaime Campaner, había defendido que no procedía repetir el juicio, como había dispuesto la magistrada a instancias de la Fiscalía, sino que, interpretando el veredicto, entendía que sólo cabía emitir una sentencia absolutoria para el anciano.
Como planteaba el abogado, en su veredicto el Jurado descartó, por unanimidad, que Rigo hubiera disparado con intención de causar la muerte al ladrón. El problema fue que, en otro punto posterior del veredicto, apoyó por cinco votos frente a cuatro --lo cual no es suficiente para un hecho desfavorable-- que Rigo es culpable de matar al ladrón "estando sometido a una amenaza, real, seria e inminente que produjo una afectación grave de su entendimiento y una deficitaria dominación de su voluntad".
En este sentido, la magistrada reconoce que el veredicto señala al mismo tiempo que no había "prueba suficiente que indique el ánimo de causar la muerte"; que "los medios utilizados (respecto a la legítima defensa completa) fueron desproporcionados"; que tampoco había "pruebas suficientes de que se haya anulado el nivel de conciencia" del anciano (para una eximente completa de miedo insuperable); y que "existió una perturbación mental" del jubilado.
"Ante la duda de lo que realmente quisieron revelar debe estarse a un pronunciamiento absolutorio al no haberse alcanzado las mayorías adecuadas. Todas estas dudas, no despejadas, me llevan a la aplicación del principio in dubio pro-reo a favor de Pablo Rigo y la absolución del delito por el que venía siendo acusado", razona la presidenta del Tribunal.
Salto en una casa de Campo
Los hechos que se juzgaron tuvieron lugar en febrero de 2018 en una casa de campo en Porreres. En el banquillo se sentaron Pau Rigo, un hombre de 83 años acusado de homicidio por la muerte del atracador; y otros tres hombres acusados de planear y ejecutar el robo.
Durante la ejecución del robo por parte de uno de los acusados y su hermano gemelo, Rigo, que entonces tenía 78 años, cogió una escopeta de caza y disparó contra el último, que falleció. Para el jubilado la Fiscalía pedía una pena de cuatro años, si bien la madre del ladrón fallecido llegó a pedir hasta 15 años por asesinato.
El anciano ya había sido víctima de otro robo unos meses antes. Los dos vecinos de Campos acusados fueron condenados por haberlo planeado también.
En el juicio, Rigo expresó el miedo que pasó: "Me entró el pánico, me vi que me mataban". Insistió en que "no quería disparar" pero que los ladrones, lejos de amedrentarse al ver la escopeta, se le echaron encima.
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