Una vez el Congreso ha aprobado la ley de amnistía y el president de la Generalitat Pere Aragonès ha convocado elecciones catalanas el próximo 12 de mayo se abren muchos interrogantes sobre los escenarios a los que el líder de Junts, Carles Puigdemont, puede enfrentarse tanto en España como en Europa. Según distintas fuentes consultadas por El Independiente tanto en el entorno del expresident, como en el partido independentista y en el Tribunal Supremo, las respuestas que pueden darse son los siguientes:
Puigdemont se puede presentar a las elecciones catalanas
La primera pregunta es sencilla de contestar: Puigdemont sí se puede presentar a las elecciones de Cataluña. Se viene presentando en todas desde que se fugó de la Justicia en 2017 y esta no va a ser diferente, dicen los que le conocen. Él mismo ha manifestado su deseo y, además, las fuentes jurídicas señalan que sobre él no pesa condena de inhabilitación ni causa de inelegibilidad en base a la Ley Orgánica del Régimen Electoral.
Compatibilidad con el europarlamento
Si Puigdemont decidiera presentarse y saliera elegido, en el momento que recoja su acta de diputado tendría que dejar de ser Eurodiputado en la cámara europea. Esto es importante porque deja de tener la inmunidad parlamentaria que le protege allí y su aforamiento pasaría a depender del Parlament. Sería a esa institución a la que habría de dirigirse el Tribunal Supremo en el caso de que quisiera procesarlo por terrorismo en Tsunami Democràtic, donde todavía la instrucción está pendiente.
Por tanto, en el momento en el que jure el cargo automáticamente perdería su puesto en Europa, según la ley electoral. Mientras tanto, él puede continuar allí y ser candidato en Barcelona sin problema.
DNI caducado
Tampoco el hecho de que tenga el DNI caducado es impedimento para que pueda participar como elegido en los comicios. Así lo aseguran fuentes de su defensa que apelan a una resolución de la Junta Electoral Central (JEC) en la que este hecho no es de relevancia para que un ciudadano pierda su derecho a presentarse a unas elecciones.
Estas mismas fuentes han confirmado que en 2019 Puigdemont tenía su Documento Nacional de Identidad caducado por lo que cabe inferir que, como desde entonces no ha pisado España, no ha podido renovarlo.
Investidura presencial
Aquí está uno de los grandes escollos para las pretensiones del líder independentista. El Parlament modificó la Ley de la presidencia de la Generalitat y el Gobierno para hacerla a la medida de Puigdemont que vive en Waterloo (Bélgica) y lograr que pudiera ser investido en la distancia.
Tras un recurso del presidente del Gobierno entonces, Mariano Rajoy, el Tribunal Constitucional fue claro: una investidura telemática no es acorde a la Constitución. "La actuación del gobierno, que toma decisiones colegiadas, previa deliberación y debate entre sus miembros, tampoco resulta compatible con un régimen jurídico que le puede permitir, de modo general y según su libre decisión, celebrar sus sesiones plenarias a distancia y por vía telemática, sin contacto personal entre todos o con algunos de sus miembros", refleja una sentencia de 2019
Así las cosas, el expresident tendría que venir a España con el riesgo de ser detenido si la amnistía no está en marcha para poder tomar posesión de su cargo. Sin embargo, fuentes de su defensa explican que después de esa resolución llegó una pandemia que movió prácticamente toda la actividad del país a través de una pantalla. Si los juicios se pueden celebrar de forma telemática, por qué una investidura no, cuestionan. Se muestran de esta forma dispuestos a dar la batalla en este extremo también.
Orden de detención por el 'procés'
El reloj de la amnistía es el punto crucial de la actuación de Puigdemont, aunque tampoco le garantiza el éxito puesto que el tiempo está del todo ajustado. Sobre Puigdemont pesa ahora mismo una sola orden de detención nacional en relación al asunto del procés por el que nunca se le llegó a juzgar. Fuentes del alto tribunal explican que si pisara territorio español podría ser detenido por estos hechos para presentarlo ante la Sala de lo Penal que debe juzgarlo por desobediencia y malversación, una vez el delito de sedición ha sido derogado.
Si la amnistía se aprobara antes y se llegara a publicar en el BOE, entonces el escenario cambia ligeramente. Ahí las medidas cautelares deberían decaer e, incluso aunque el Tribunal Supremo activara los mecanismos para paralizar la ley (planteando una cuestión de inconstitucionalidad o una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea), lo referente a órdenes de detención debería quedar sin efecto. En ese supuesto, Puigdemont podría tomar posesión.
El plazo de dos meses de la amnistía
Pero, entrando más en profundidad en este aspecto, los expertos consultados tampoco se ponen de acuerdo. Por un lado, debe encajar la tramitación parlamentaria. Si la ley comienza desde esta semana su periplo en el Senado y allí puede estar otros dos meses, sería devuelta a la cámara baja a mitad de mayo para su aprobación definitiva. Paralelamente, las elecciones catalanas se celebran el 19 de mayo, luego hay 20 días para la constitución de las Cortes y otros 10 para la investidura por lo que el calendario podría dilatarse hasta mitad de junio.
Con suerte para el expresident para entonces la ley podría estar aprobada en el BOE en cuyo caso él ha dejado negro sobre blanco su intención de viajar a Barcelona para la investidura. Lo que ocurre es que la nueva redacción de la amnistía evita este traspaso casi automático que decía que las medidas cautelares decaían al instante porque suponía un riesgo para la separación de poderes. La ley señala ahora que son los tribunales los que deben formalizar el fin de las medidas cautelares.
Esto deja la pelota de los plazos en manos de los jueces y el periodo de aplicación de la norma del perdón es de dos meses. Fuentes de la defensa del líder de Junts explican que lo lógico sería que lo primero que se hiciera fuera quitar toda medida restrictiva de derecho (como lo es una orden de detención) y ya luego se utilizara ese periodo de dos meses para las cuestiones prejudiciales, de inconstitucionalidad o los formalismos de la aplicación de la ley caso a caso. Pero fuentes jurídicas no descartan que se pudieran mantener las medidas cautelares durante ese periodo de dos meses lo que supondría, entonces, que la petición de arresto de Puigdemont podría extenderse hasta agosto. Él no podría entonces venir a la investidura sin correr el riesgo de ser detenido.
Una nueva orden de detención por terrorismo
Hay otro escenario que se abre una vez la causa de 'Tsunami Democràtic' ha sido asumida por el alto tribunal. En ese caso, la Sala de lo Penal debe emitir una nueva orden de arresto por otros hechos distintos a los del procés, por terrorismo en este caso. Si Puigdemont siguiera en el Europarlamento, lo cierto es que habría que iniciar el procedimiento del suplicatorio allí desde cero y este periplo podría dilatarse un año, explican fuentes jurídicas.
Si por el contrario él ya estuviera en el Parlament, en ese caso habría que hacer la petición a este órgano catalán. En cualquiera de los casos, ese proceso sería mucho más largo por lo que todos cuentan que llegará como mínimo después del verano, una vez se haya resuelto la encrucijada electoral.
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hace 9 meses
Buenas noches, hay, creo un fallo en la explicación que plantean.
Aunque esté en vigor la Ley de Amnistía, si el Tribunal Supremo eleva cuestión prejudicial al TJUE, las órdenes de detención NO DECAEN.
Es la Ley de amnistía la que establece que las órdenes de detención decaen, pero la ley queda paralizada en cuanto se presenta la cuestión prejudicial, y por tanto NADA DE LO QUE ESTABLEZCA LA LEY se aplica hasta que resuelva el TJUE, pero nada es nada, los artículos de la Ley que establecen que las órdenes de detención decaen, tampoco se aplican y por tanto las órdenes de detención NO DECAEN.
Lo ha explicado el ex fiscal Ignacio Gordillo, en cuanto el Supremo presenta la prejudicial, la paralización de la amnistía es inmediata y a Puigdemont se le puede detener.