La Fiscalía ha presentado esta mañana tres escritos distintos para que el Tribunal Supremo amnistíe absolutamente todo lo relacionado con el procés. Después del cónclave de este miércoles y cumpliendo el plazo que había dado el alto tribunal, la teniente fiscal Mª Ángeles Sánchez Conde y el fiscal de Sala jefe de lo Penal Joaquín Sánchez-Covisa firman los distintos informes para que se aplique el perdón, una vez han sido apartados los cuatro fiscales del procés.
Los escritos, a los que ha tenido acceso El Independiente, se dirigen a la Sala de lo Penal en tres bloques: de un lado, por el asunto que mantiene procesado por terrorismo a Carles Puigdemont y al diputado catalán Rubén Wagensberg llamado Tsunami Democràtic; del otro, a los fugados independentistas entre los que también se encuentra Puigdemont así como Toni Comín, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Luis Puig; y, por último, en la condena en firme de los líderes secesionistas entre los que están Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.
El terrorismo
Empezando por el primero, el relativo a Tsunami Democrátic que no fue sometido ayer a la Junta de fiscales de Sala porque de ese asunto ya se encargaba Sánchez Conde cuyo criterio es coincidente con el fiscal general, Álvaro García Ortiz. "No hay duda de que los hechos investigados en la presente causa son incardinables en el ámbito objetivo de la Ley", reza el escrito. La norma del perdón deja fuera de su aplicación los delitos de terrorismo que hayan causado "graves violaciones de derechos humanos" como está recogido en la Directiva Europea [2017/541] y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La Fiscalía defiende que el movimiento que bloqueó el aeropuerto de El Prat (Barcelona) no "ha causado de forma intencionada una grave violación de los derechos humanos" como "también es claro que [...] no se imputa a ninguno de los investigados la causación de muerte, aborto, lesiones al feto o pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o la grave deformidad, ni delitos tipificados como torturas o tratos inhumanos".
Malversación
El Ministerio Público distingue entre el ánimo de lucro y el propósito de enriquecimiento para dividir la malversación en una amnistiable y otra no. Tal y como está escrita la Ley de Amnistía señala que se debe dejar fuera del perdón a quien haya llevado su dinero al bolsillo, mientras que sí entraría en él el que utilizara fondos públicos para otra cosa como un referéndum de autodeterminación.
Esta no es una visión compartida por toda la Fiscalía, ya que casi la mitad interpreta que aunque no enriquecieron sus cuentas corrientes, sí leen el enriquecimiento como el destinar fondos públicos para un fin que ellos querían en vez de para lo que estaban previstos.
El informe fiscal ahora sostiene la primera tesis: "El propósito de enriquecimiento, al igual que el ánimo de obtención de un beneficio patrimonial personal, constituyen una suerte de elemento subjetivo del injusto que trasciende al desvió o distracción de los fondos públicos".
"Es lógico concluir que siempre que el responsable del delito se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017 dicha conducta debe ser [...] amnistiada por imperativo legal", reflejan. Por el contrario, a juicio del fiscal general la conducta no será perdonada si el responsable del delito "persiguiera la consecución de otras finalidades de carácter económico o patrimonial".
Los fiscales recuerdan que aunque la voluntas legislatoris, es decir, la voluntad del legislador plasmada en el preámbulo de la ley "no constituye un criterio decisivo" su valor es "incuestionable" y no hay duda de que el Gobierno quería que todo quedara perdonado.
Intereses de la Unión Europea
Los cuatro fiscales originales del procés Fidel Cadena, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal y Javier Zaragoza defendían que pudo haber afectación de intereses europeos en el referéndum, una rendija por la que tampoco podría caber la amnistía.
Pero el escrito de la Fiscalía no deja margen a esta teoría. "Desde el punto de vista de los ingresos, cabe afirmar que el presupuesto de la Unión no sufrió impacto alguno a causa del desvío de fondos para la celebración de la consulta independentista de 1 de octubre de 2017", explican.
Defienden que la malversación no afectó a los recursos que financian el presupuesto de la Unión Europea, porque ni afectaron a los derechos de aduana, ni a los recursos propios del IVA, ni a los recursos que el Estado español transfiere en concepto de renta nacional brutal al presupuesto comunicatario.
Para ellos el concepto de "intereses financieros de la Unión" comprende los ingresos puestos a disposición de la Unión Europea y de sus instituciones, órganos y organismos, así como los contemplados en dicho prespuesto, "pero no el de aquellos que no tienen un impacto en estos o suponen una amenaza directa, por más que perjudiquen el patrimonio público de los Estados miembros".
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