Después de que esta semana los siete magistrados del Tribunal Constitucional con mayoría progresista hayan exonerado prácticamente a todos los políticos encarcelados por los 'ERE' tanto del delito de malversación como del de prevaricación, los cuatro conservadores han suscrito duros votos particulares en los que señalan que esto supone un punto de inflexión para la inmunidad política y que tal doctrina es "inasumible pues deja al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria".
En el voto particular de los magistrados Concepción Espejel y César Tolosa, al que ha tenido acceso El Independiente, se expone que "la doctrina plasmada en las sentencias produce el resultado de exonerar de responsabilidad a los miembros del Gobierno de la Junta de Andalucía en todo lo concerniente a la elaboración, aprobación, ejecución de los presupuestos y a las enmiendas presupuestarias o su ejecución. Los declara de facto irresponsables y extiende sobre ellos un privilegio de inviolabilidad e inmunidad".
Para los togados, las sentencias que han exculpado en su mayor a parte del gobierno andaluz –esta semana al exconsejero de Empleo andaluz, Antonio Fernández, a la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, a la del exconsejero de Justicia y Administración Pública Jesús María Rodríguez Román y a la del exconsejero de Innovación Francisco Vallejo y al fuera director de la caja pagadora de los 'ERE' Miguel Ángel Serrano Aguilar– quiebra "la confianza de la sociedad en el manejo honesto de los fondos públicos y los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos".
El sector progresista encabezado por el presidente Cándido Conde-Pumpido defiende que la Ley de Presupuestos de 2002 que logró eludir los controles fiscales estuvo avalada por el Parlamento y, por tanto, los políticos que la aplicaron no pudieron delinquir. Se destinaron unos 670 millones de euros de forma fraudulenta, según la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo, pero el Constitucional no entra a valorar si la ley era o no delictiva y simplemente se limita a quitar responsabilidad a la cúpula de la Junta que fue condenada.
Para los conservadores esto no se sostiene. "Las leyes no delinquieron, eran neutras en la previsión de transferencias de financiación para gastos de explotación. Quienes delinquieron fueron quienes previeron las trasferencias de financiación de modo innecesario con la idea de que otros tuvieran recursos para destinarlos a fines ajenos a los presupuestados", expresa el voto particular.
Las sentencias de cada uno de los políticos y las que están por venir (faltan por estudiar el caso de los expresidentes José Antonio Griñán y Manuel Chávez) "ocasionan un daño institucional difícilmente reparable pues para anular las condenas recaídas en el asunto de corrupción más importante de la historia reciente de España rectifican por primera vez desde que el Tribunal Constitucional entró en funcionamiento el criterio del Tribunal Supremo".
Tolosa y Espejel afirman que la decisión de sus compañeros irrumpe en el "ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria" y produce un "riesgo sistemático de impunidad de aquellas estrategias presupuestarias, sean proyectos o anteproyecto de ley o modifcaciones presupuestarias, que plasmadas en resoluciones administrativas, son diseñadas con ánimo de preparar un escenario de defraudación de fondos públicos".
Los togados defienden el "implecable" fallo que el Tribunal Supremo había realizado y dicen que el Constitucional "se ha erigido en tercera instancia" y la sentencia "no ha dudado en silenciar" la jurisprudencia del órgano.
Una comparación con Europa
Por su parte, el voto particular de otro de los conservadores, Enrique Arnaldo, va en la misma línea y dice que los delitos de malversación y el de prevaricación "no pueden calificarse de irrazonables ni imprevisibles", como dice la mayoría progresista, porque la Ley de Presupuestos "no concedía una cobertura legal para conceder ayudas con elusión de los controles previstos en la normativa subvencional" y el fallo que borra toda responsabilidad penal logra borrar también "los principios constitucionales rectores de la actuación de las Administración Públicas".
El magistrado y catedrático de Derecho Constitucional añade un argumento en su voto particular que pasa por incluir a la UE: "Llama poderosamente la atención el elocuente contraste entre la protección reforzada que la Unión Europea atribuye al delito de malversación de caudales públicos y la respuesta dada por este Tribunal en sus sentencias, que conducen a la postre a dejar impunes conductas de especial gravedad cometidas por unos concretos responsables políticos".
En este sentido, Arnaldo hace una comparación con el Derecho comunitario y dice que "no puede desconocerse que los principios del Derecho de la Unión Europea sobre el control del gasto público son muy relevantes para analizar la regularidad de la actuación de los gestories de caudales públicos". El cuarto voto particular ha sido de Ricardo Enríquez y va en esta misma línea.
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