Los magistrados del Tribunal Supremo encargados del procés se vuelven a reunir el próximo martes para debatir los flecos pendientes que quedaron sobre la amnistía. La intención de la Sala de lo Penal es pronunciarse sobre los antecedentes penales de algunos exconselleros como Joaquim Forn o Josep Rull, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y otros condenados como Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, entre otros, que estuvieron incluidos en la sentencia inicial de 2019, pero que, bien porque la pena era baja, por los indultos o bien por las reformas del Gobierno al Código Penal, ya tienen las penas extinguidas. Según avanzan fuentes jurídicas a El Independiente, las opciones pasan por plantear una cuestión ante el Tribunal Constitucional.

Una vez este lunes quedó resuelto el asunto 'madre' de la amnistía, los magistrados han señalado una deliberación el próximo martes para abordar, al menos, ocho casos vinculados a la desobediencia que no están estrechamente ligados con la "causa matriz". Algo así como las condenas de los actores secundarios en la organización del referéndum del 1-0 que no tuvieron papel alguno en la malversación de caudales públicos.

El detalle de sus casos está salpicado por los indultos y por la eliminación de la sedición del Código Penal que ha supuesto la modificación en las penas de algunos de ellos. En primer lugar, el Gobierno concedió la medida de gracia a nueve líderes del procés que estaban todavía en prisión en junio de 2021. De ellos había cuatro que sólo estaban condenados a penas altas por el delito de sedición.

Se beneficiaron de esta circunstancia los exlíderes de la Asamblea Nacional Catalana y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart –comúnmente conocidos como los 'Jordis'–, con penas de nueve años cada uno; así como la expresidenta del Parlament Forcadell, con 11 años y seis meses de prisión; el exconseller del Territorio Josep Rull con 10 años y seis meses; y el exconseller de Interior Joaquim Forn con otros 10 años y seis meses.

Una vez el Boletín Oficial del Estado publicó los indultos salieron del centro penitenciario donde también se encontraban el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, pero cuya implicación en la malversación había engordado sus sentencias y, por tanto, su suerte siguió un camino distinto.

La pena de cárcel quedó extinta, no así la inhabilitación que pesaba sobre todos ellos y que, sin embargo, se modificó un año y medio después cuando el Ejecutivo de Pedro Sánchez volvió a decidir legislar para favorecer a su socio independentista. Entonces, retocaron el Código Penal con dos medidas: la eliminación del delito de sedición y la rebaja de la malversación. Lo segundo no tuvo efectos prácticos, por lo que Junqueras y compañía mantuvieron la inhabilitación que sigue pesando sobre ellos hasta 2031 y 2031. Pero lo primero sí.

A Forcadell, a Rull y a Forn la sedición se les cayó de la sentencia y se quedaron con un delito mucho más leve de desobediencia que amortizó sus penas. Pudieron volver a la política activa, y de hecho Josep Rull fue el pasado 10 de junio elegido president del Parlament Junts, ERC y CUP. Las fuentes jurídicas consultadas anticipan que lo previsible es que el Supremo vuelva a recorrer el camino que ha recorrido esta semana en los casos de Junqueras, Romeva Turull y Bassa en lo relativo a la desobediencia, es decir, pregunte al Tribunal Constitucional qué hacer.

La Sala de lo Penal ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad por este delito, precisamente, porque el argumento punitivo se sustentó en que los políticos desatendieron los requerimientos del Constitucional que habían declarado ilegal el referéndum. Desobedecieron al órgano que vela por la Carta Magna así que deben ser los togados de ese edificio los decidan ahora se este hecho puede perdonarse.

Los que no llegaron a entrar en la cárcel

Los casos del exconseller de Empresa Santi Vila (condenado, a un año y ocho meses de prisión), de la exconsellera de Gobernación, Vivienda y Administraciones Públicas Meritxell Borràs (un año y ocho meses), y del exconseller de Justicia Carles Mundó (un año y ocho meses) son distintos porque sus penas desde el principio fueron pequeñas.

La Sala presidida por Manuel Marchena les atribuyó un papel casi terciario, más relacionado con la evasión de sus funciones públicas. Por eso, nunca llegaron a entrar en prisión y ni el indulto ni la reforma del texto penal les llegó a afectar. Ahora la amnistía sí toca el delito de desobediencia por el que fueron condenados y el Supremo estudiará como en los casos anteriores qué hacer.

Los 'Jordis'

Cuando la sedición se evaporó de los conceptos que los tribunales podían utilizar, la Sala de lo Penal decidió que en el caso de Jordi Cuixart y Jordi Sánchez su actuación en el escenario independentista de 2017 no entraba tanto en una desobediencia, sino de unos desórdenes públicos. Será interesante ver qué hace el Tribunal Supremo también con este delito ya que el martes lo analizarán por primera vez en clave de amnistía.

En cualquier caso, lo que decida el Supremo no supondrá un cambio relevante en la práctica en la vida de ninguno de estos ocho, más allá del borrado de los antecedentes penales. Si el indulto supone perdonar la pena, la amnistía conlleva directamente el olvido de la misma así que la intención de los acusados y condenados es que no quede rastro alguno en el historial delictivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) que sí ha estado aplicando la amnistía a muchos de los condenados en su jurisdicción ha cancelado ya los antecedentes penales de, al menos, 12 personas que habían sido absueltas anteriormente. Fuentes del alto tribunal explican, no obstante, de que si se plantea una cuestión de inconstitucionalidad el borrado de los antecedentes penales quedaría suspendido hasta que el órgano que dirige Cándido Conde-Pumpido se pronunciara.