El juez Juan Carlos Peinado, que lidera la instrucción del 'caso Begoña Gómez', ordenó que se hiciera copia del volcado de todos los dispositivos incautados al empresario Carlos Barrabés y se guardara bajo llave en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid los duplicados del contenido original. Habilitó incluso la noche para hacer la entrada y registro la pasada semana y advirtió a los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que si encontraban indicios de otro delito en la casa o en la oficina del investigado tendrían que darle traslado inmediatamente. Barrabés ha recurrido la decisión.

El escrito con fecha de la pasada semana, al que ha tenido acceso El Independiente, fue declarado secreto en un inicio para que el afectado no supiera que los agentes iban a personarse en su casa. El juez incluso los autorizó para que se trasladaran al Hospital 12 de Octubre donde él está ingresado a causa de una enfermedad. Este es uno de los motivos por los que el empresario ha impugnado el dictamen del juez, alegando una "flagrante vulneración" de sus derechos. Afirma que el magistrado "podría haber solicitado que aportase su teléfono móvil como medida previa a comisionar al hospital a la policía para intervenirlo".

Barrabés ha declarado en dos ocasiones en esta causa que se inició en abril, la última, ya como investigado, el pasado 1 de agosto por videoconferencia. El juez justifica su decisión en los informes de la UCO y en los documentos de la Administración pública que contrató las empresas de Barrabés de los que se infieren "que pueden haber sido llevados a cabo comportamientos, contemplados por el legislador penal, como merecedores de reproche".

El magistrado señala que "existe en la causa documentación de diversos organismos públicos de adjudicación de contratos, de cuantía considerable, después de que conociera a la investigada esposa del presidente del Gobierno" y esto cumple la proporcionalidad de entrar en su casa. En concreto, se analizan contrataciones del Consejo Superior de Deportes (CSD), de la empresa Red.es (si bien tres de ellos están siendo objeto de investigación por la Fiscalía Europea, pero uno permanece en la causa), de la Sociedad de Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana, de Renfe y del Ayuntamiento de Madrid.

Él reconoce que el tráfico de influencias que se analiza no es un delito de los considerados graves en el Código Penal, pero dice que en este caso afecta "directa o indirectamente a toda la sociedad". Lo mismo ocurre con el de corrupción en los negocios que, ya avanza, puede llegar a alcanzar los cuatro años de prisión, "lo que justifica sobradamente que permita injerencias sobre aspectos relacionados con la intimidad de las personas investigadas".

Peinado ordenó que se incautaran "tantos medios, documentos, objetos o instrumentos" como creyeran que tuvieran relación directa con los delitos y aclaró: "Procurando no importunar ni perjudicar al interesado más de lo necesario, adoptándose todo género de precauciones para no comprometer su reputación, respetando sus secretos si no interesan a la presente instrucción". El registro lo acordó a partir de las 8:30 de la mañana tanto en su vivienda del barrio de Salamanca en Madrid, como en la sede social de su empresa situada en el Paseo de Recoletos.

La orden da vía libre a los agentes de la UCO para que recluten equipos informáticos, móviles, fijos y documentos, siempre previo examen para saber si tienen relación con la investigación. "En el supuesto de que en el curso de la diligencia se descubrieran hechos nuevos que pudieran ser constitutivos de infracción criminal distinta a la que es objeto de la autorización, deberá comunicarse inmediatamente a la autoridad judicial, al objeto de que pueda acordar lo procedente", reza.

Los agentes tenían orden de hacer volcado de todo, pero en el caso de que tuvieran que llevarse los dispositivos originales "por razones técnicas" exigió realizar dos copias de seguridad: la primera para que se analizara pericialmente en la UCO y la segunda para que quedara "protegida por huella digital" que impida "cualquier ulterior modificación o manipulación del contenido" que quedara bajo custodia del letrado de la Administración de Justicia de su juzgado.

Los funcionarios tuvieron que informar a Barrabés de que tenía obligación de "conservar los soportes originales que queden a su disposición" por si hubiera que practicar pruebas más adelantes.

La defensa de Barrabés ha recurrido directamente a la Audiencia Provincial con amargas quejas contra Peinado. A su juicio, "lo único que queda acreditado mediante tan genérico mandato" por parte del juez "es el carácter prospectivo de la presente investigación, en la que se pretende incautar todo lo relacionado con un supuesto delito del que no existe el más mínimo indicio de su comisión".

El abogado de Barrabés insiste en que "ningún indicio existe sobre la comisión de un delito de tráfico de influencias o de corrupción en los negocios" en tanto que "el primer contrato de un relevante importe económico que fue adjudicado a Innova Next (su empresa) y que está siendo objeto de investigación en estas actuaciones es del año 2017, fue adjudicado por el Ayuntamiento de Madrid y dos años antes de que Barrabés conociera a Gómez y antes de que su marido fuera presidente del Gobierno".