Que la amnistía era una ley controvertida a estas alturas no es ningún secreto, pero la ofensiva judicial ha sido tal que la norma se ha apuntado varios tantos en el libro de los récords. Para muestra, un botón: El Tribunal Constitucional no sólo se enfrenta a la ley más recurrida de su historia, sino también al mayor número de recusaciones a resolver desde que el órgano comenzó a funcionar en 1978. Así lo aseveran fuentes internas que señalan que hay sobre la mesa 54 peticiones para apartar a magistrados y los bloques progresistas y conservadores discrepan en la forma de resolverlas.
"Paso a paso", esgrimen las fuentes del Tribunal, preguntadas por si hay un calendario de actuación para ir resolviendo la cantidad ingente de papeles que ha entrado en las últimas semanas. Lo primero, y eso es claro, sucede a partir de este martes, cuando se resolverá la abstención voluntaria que ha planteado el exministro de Justicia Juan Carlos Campo.
Se trata de un mero trámite, puesto que ya el pasado 11 de septiembre el pleno aprobó por unanimidad que se apartara de la primera cuestión sobre la amnistía. Los 12 magistrados volverán a valorar el escrito que Campo le presentó al presidente Cándido Conde-Pumpido, quien ha centralizado toda la abstención para acelerar el procedimiento. La razón es evitar que las abstenciones tengan que aprobarse una por una en varios plenos sucesivos y, una vez esté claro que él queda totalmente al margen de las decisiones sobre la amnistía todas las recusaciones presentadas contra él decaerán.
A partir de aquí se intentará seguir el orden cronológico, según las mencionadas fuentes. La intención del presidente es que en el próximo pleno (cuya previsible fecha es el próximo 8 de octubre, siguiendo con la agenda tradicional del Tribunal de cada dos semanas) se puedan resolver las recusaciones planteadas por el PP, que fue el primero en recurrir. Entre el partido que dirige Alberto Núñez-Feijóo y las autonomías gobernadas por el partido, son 27 las recusaciones formuladas.
Diferencias sobre resolver las recusaciones
Al próximo pleno podrían ir, por tanto, las que afectan al presidente Cándido Conde-Pumpido y a la progresista Laura Díez. Las fuentes consultadas difieren sobre cómo deben resolverse estas recusaciones y las diferencias vaticinan que habrá roce entre ambos sectores del Tribunal. Algunas voces indican que las recusaciones deben resolverse excluyendo del debate a todos los recusados, lo cual también incluiría al conservador José María Macías. Contra él se han presentado en las últimas horas otras 27 recusaciones distintas (de la Abogacía del Estado, de la Fiscalía General del Estado y de los condenados del procés en recursos de amparos).
De plantearse así, el pleno quedaría igualado porque, con el paso a un lado de Campo, el sector progresista se quedaría con cuatro magistrados --Inmaculada Montalbán, Ramón Sáez, María Luisa Balaguer y María Luisa Segoviano-- y los conservadores mantendrían otros cuatro --Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez, Concepción Espejel y César Todosa.
Los conservadores miran este escenario como el apropiado y se apoyan en un voto particular firmado por el propio Conde-Pumpido por la vicepresidenta Montalbán y por Ramón Sáez en 2022 que reprochaba al pleno que dirigía entonces Pedro González-Trevijano que ni él ni Antonio Narváez se hubieran mantenido al margen del pleno al ser recusados. "Los magistrados recusados no debieron formar parte del colegio que habría de pronunciarse sobre las pretensiones de los demandantes (admisiones de la demanda y medida cautelar sin oír a las potenciales partes) y de los demandados (personación y recusación). Al integrarse en el Pleno, todas las decisiones tomadas por mayoría se ven afectadas por su indebida composición", rubricaron.
Este voto particular sostenía que sólo en los casos en los que no haya quórum debe haber una excepción para que los recusados puedan participar del procedimiento. Y esto es así por la peculiar composición del órgano con sólo 12 togados. Los progresistas calificaron de "indebida participación" la presencia de Trevijano y de Narváez en el pleno que resolvió un amparo solicitado por el Senado. Los conservadores sostienen que la situación actual es la misma y que las recusaciones aparejadas en el recurso del PP deberían estudiarse sin que Pumpido, Díez y Macías formen parte del debate.
Pero el bloque progresista no lo ve así en este caso y cree que cada magistrado debe apartarse únicamente de su propia recusación y no de las demás. Es decir, el presidente no debería objetar sobre la suya, pero sí puede entrar al debate de la de Díez o de la Macías. Y así con todos (Macías puede opinar sobre la de Pumpido y Díez y ella sobre la de los otros dos compañeros). De esta forma, siempre se mantendría la mayoría progresista. "Se ha hecho en numerosas ocasiones. Lo contrario sería aceptar que el recurrente elija el tribunal apartando a los que no le gustan o no creen que van a darle la razón", defiende. Y más, apostillan, en los recursos de inconstitucionalidad, como es este caso, cuando no hay intereses de parte, sino que lo que se está revisando es si una norma cabe o no en la Carta Magna.
La medida cautelarísima
La ley de amnistía genera tantas pasiones que hasta el partido político Iustitia Europa ha acudido al Tribunal Supremo para pedir por la vía de urgencia que se suspendiera el pleno del Constitucional previsto para este martes. El partido solicita en una querella una medida cautelar acusando al presidente Conde-Pumpido de prevaricación por llevar él mismo a pleno la abstención de Campo.
La Sala de lo Penal del alto tribunal contestó ayer: "No ha lugar". Pero, además, fuentes del órgano que vela por el texto fundacional explican que este tipo de querellas no pueden prosperar porque la ley prohíbe taxativamente que cualquier tribunal pueda enjuiciar sus decisiones. "Las resoluciones del Tribunal Constitucional no podrán ser enjuiciadas por ningún órgano jurisdiccional del Estado", dice específicamente la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
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hace 3 meses
Irene Dorta, hay que tener en cuenta dos cosas: a) Que en caso de empate tiene voto dirimente quien presida el Pleno, en este caso la vicepresidenta del tribunal; y b) que el Constitucional ni debe ni puede resolver la amnistía hasta que se pronuncie el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en las cuestiones prejudiciales europeas planteadas. Es más, si el Constitucional se le ocurriese resolver antes que el TJUE y afirmase que es constitucional la ley, quedaría en «saco roto» si luego el TJUE la declarase contraria a derecho europeo y quedaría en ridículo internacional esta tropa
hace 3 meses
Dicho de otro modo que el TC puede prevaricar y nadie le puede toser eso sí es inmunidad
hace 3 meses
Con lo fácil que es todo esto, la que están armando.
Ya hay dos cuestiones prejudiciales ante el TJUE por la amnistía.
Las han presentado el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional.
Pues se espera a que resuelva el TJUE y fin del problema.
Seguro que cuando el TJUE diga esto o lo otro, se ponen todos de acuerdo y se acaba el lío de las recusaciones y las mayorías en el TC.