La Fiscalía de Madrid se ha opuesto a que el Tribunal Superior de Justicia madrileño(TSJM) admita a trámite la querella que Begoña Gómez interpuso contra el juez Juan Carlos Peinado, que la mantiene imputada. Ella alegaba que su instructor había incurrido en un delito de prevaricación y en otro de revelación de secretos, pero el Ministerio Público cree que con lo relatado en la querella no hay indicios suficientes para iniciar una investigación. Por el momento, la fiscal superior, Almudena Lastra, sólo se han mostrado favorable a que se investigue a Peinado a raíz de la querella del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Fiscalía había solicitado al TSJM que pidiera toda la causa al juez Peinado para esclarecer si podía haber incurrido en actos delictivos al dar traslado a las partes de unas pesquisas bajo secreto sumarial, como alega la afectada. Quería indagar más en lo que exponía la querellante de forma somera. Pero los magistrados se han negado a realizar estas diligencias y han apremiado al Ministerio Público a que se pronunciara. "Considera la Sala que la concreta petición formulada excede con mucho la finalidad perseguida por el precepto invocado, pues supone incorporar elementos que no han sido citados en la querella ni tan siguiera como antecedentes de los delitos imputados", refleja.

Esta negativa se produjo el pasado 1 de octubre, y la fiscal Lastra muestra su extrañeza porque "nunca antes se había denegado" recabar testimonios para mayor abundamiento de las actuaciones. Pero al ser así, entiende que "en este momento y con los indicios y argumentos jurídicos que se aportan en esta querella (…) no se dan los presupuestos legales necesarios para la admisión a trámite".

Lastra deja claro que coincide con Begoña Gómez en "la inusual forma de llevar la instrucción" de Peinado, pero no se puede demostrar sólo con este comportamiento un delito de prevaricación y otro de revelación de secretos como se había denunciado. La fiscal dice que Gómez tiene cauces internos, es decir, la Audiencia Provincial para recurrir las decisiones que le parezcan mal del titular del Juzgado de instrucción número 41. Sin embargo, su marido, Pedro Sánchez, no lo tiene porque no forma parte de la causa.

Ese es el motivo, apuntala, de que la Fiscalía sí se haya mostrado favorable a admitir la querella del presidente del Gobierno, pero no lo vaya a hacer con la de su esposa. "Esta es la razón fundamental por la que la Fiscalía sí ha informado procedente dar curso a la querella interpuesta contra el mismo Magistrado por la Abogacía del Estado en representación de la Presidencia del Gobierno del Reino de España, puesto que en ese otro caso la diferencia está en que el perjudicado por el hipotético delito de aquella, caso de acreditarse, no es parte del procedimiento y, en consecuencia, no puede acudir al órgano superior del instructor para que supla, en este supuesto concreto, la ausencia de motivación de las resoluciones dictadas", esgrime.

A Gómez, en cambio, se le han resuelto los recursos en la Audiencia Provincial "aunque no con la inmediatez deseable", pero sí se le han resuelto.

Este es el tercer y último pronunciamiento que debía hacer. La Fiscalía se mostró desfavorable a la admisión de la primera de estas denuncias interpuestas contra el juez y contra el gabinete de comunicación del tribunal por informar sobre la causa, y el TSJM posteriormente la ha rechazado; se mostró a favor de admitir, en cambio, la que interpuso Pedro Sánchez, a través de la Abogacía del Estado, que todavía está pendiente de resolverse; y ahora de nuevo en contra.