Hay voces que ya lo dan por hecho: Carles Puigdemont puede volver a España en 2025. De forma legal, claro, porque volver ya volvió este año en una singular estampa que constará en los resúmenes más destacados de este 2024. Sin embargo, la fotografía del expresident de Cataluña logrando pisar suelo español está inexorablemente atada a que el Tribunal Constitucional pulse el botón de avalar la Ley de Amnistía. El órgano que preside Cándido Conde Pumpido tiene previsto resolver todos los flecos sobre la ley del perdón antes de verano, cuando se sabrá si el esfuerzo realizado por el Gobierno para contentar a Junts habrá tenido realmente efecto más allá del papel.

Los primeros pasos se darán en enero, según aseguran fuentes del órgano a El Independiente, cuando se cerrará el capítulo de las recusaciones. La Abogacía del Estado y la Fiscalía han pedido apartar al magistrado conservador José María Macías por haberse pronunciado como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la inconstitucionalidad de la ley. Creen que esto lo invalida para ser un togado objetivo en la decisión de fondo de la norma que borra de un plumazo todos los delitos cometidos por el independentismo en la última década.

El conservador está dispuesto a dar la batalla y no dará un paso al lado de forma voluntaria como sí hizo su compañero Juan Carlos Campo, exministro de Justicia socialista. Lo cierto es que el bloque progresista tiene mayoría y no va a dudar en aplicarla para que Macías quede al margen de la votación. Restando uno de cada lado (Campo de los progresistas y Macías de los conservadores) la composición del pleno sigue siendo beneficiosa para la sensibilidad del PSOE, con seis votos a favor contra cuatro.

Las primeras sentencias que se llevarán a pleno serán las que tienen que ver con la cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Tribunal Supremo y la relativa al recurso que llevó el Partido Popular de Alberto Núñez-Feijóo, cuya tramitación ya está terminada, según apuntan citadas fuentes internas. Sobre la primera de las cuestiones cabe recordar que la Sala de lo Penal decidió no aplicar la amnistía a los líderes del procés condenados --Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Joaquim Forn, etc-- al considerar que la malversación que vertebra la condena principal no concierne a este caso.

El Supremo tuvo dudas, en cambio, con un asunto relacionado con los disturbios de Girona de 2019. Acudieron al Constitucional para preguntar si la amnistía abarca los delitos de desórdenes públicos agravados porque, a su juicio, hay colisión con el principio de seguridad jurídica y de proscripción de la arbitrariedad que componen la Constitución española.

El órgano de la Carta Magna debe pronunciarse solo en lo relativo a estos puntos en la sentencia sobre el Supremo, pero en ese documento ya dará pistas de cuál va a ser su criterio final.

La sentencia sobre el recurso del PP será la más determinante porque este partido sí impugnaba el grueso de la norma. "Una vez resuelta servirá de modelo", apuntan fuentes del Constitucional. A partir de ahí se utilizará la misma doctrina para resolver todos los recursos de las Comunidades Autónomas, es decir, todas las gobernadas por los populares y la de Castilla-La Mancha, del socialista crítico Emiliano García Page.

El órgano debe analizar a fondo el encaje de una ley que no se había producido nunca antes en la democracia moderna y de la que la Constitución no dice ni una sola palabra. En los recursos planteados se sostiene que amnistiar delitos atenta contra el principio básico de igualdad y no arbitrariedad por parte de los poderes públicos, es decir, por qué un vasco sí va a seguir condenado por disturbios en la calle, mientras que a un catalán se le borran los antecedentes penales. Se defiende, igualmente, que es una norma desproporcionada y que vulnera la prohibición de discriminación; además de que rompe el principio de separación de poderes puesto que el Gobierno interfiere en el trabajo de los jueces al borrar sus sentencias.

El recurso de Puigdemont

Una vez esto quede resuelto, los magistrados pasarán a analizar los recursos de amparo que han planteado Turull, Junqueras, Romeva y el resto de los condenados del procés a los que el Tribunal Supremo ha decidido no aplicarles la amnistía en las penas de inhabilitación. Las de cárcel ya estaban de facto perdonadas porque el Gobierno había firmado un indulto en 2021 que los excarceló a todos, pero permanecen los antecedentes penales.

El alto tribunal se pronunciará sobre ello una vez haya decidido sobre la constitucionalidad de la ley. En cambio, sobre Puigdemont todavía no puede decidir ya que su recurso no está aún presentado. Esto se debe a que el Supremo está pendiente de responderle a una de sus últimas impugnaciones (en la Sala de Apelaciones) y esta decisión se está retrasando porque, según fuentes jurídicas, hay discrepancias en el órgano. En cualquier caso, lo que falle el Constitucional con el resto de afectados valdrá igualmente para el propio Puigdemont por lo que los jueces no podrían resistirse a aplicar lo que el Tribunal que dirige Pumpido diga.

No obstante, todavía queda un cartucho en Europa. El Tribunal Supremo no ha cerrado la puerta a acudir a las instituciones europeas (el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea) para que especifiquen si es posible que un país integrante redacte una norma de este tipo.