El futuro judicial del empresario Juan Carlos Barrabés, uno de los principales implicados en la causa que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid contra Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno, toma un rumbo más favorable. Imputado desde el pasado 19 de julio, la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de anular el análisis de sus dispositivos que ordenó el juez Juan Carlos Peinado ha supuesto un revés para la investigación, ya que deja sin efecto una de las principales diligencias acordadas por el instructor.
Peinado dio este paso en busca de pruebas que esclarecieran si en la relación profesional que Gómez mantuvo con Barrabés se produjo un delito de corrupción en los negocios y otro de tráfico de influencias, dos de los cuatro que se le imputan a la esposa de Pedro Sánchez. En total, el magistrado había autorizado el análisis de una tablet, dos portátiles y un iPhone, así como la descarga del contenido de tres cuentas de correo electrónico. Unas pruebas que ya no podrán ser utilizadas.
El magistrado ordenó realizar la entrada y registro en la vivienda de Barrabés, mientras él estaba en el Hospital 12 de Octubre realizando un tratamiento por una enfermedad. Hay que recordar que, previamente, el togado llegó, incluso, a citar en el Juzgado al médico que estaba tratando al empresario para comprobar que lo que decía era cierto. La Audiencia Provincial ha anulado tanto la invervención en su vivienda que realizó la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Cil porque no estuvo motivada como, por consiguiente, el análisis del material incautado allí.
No obstante, una de las acusaciones populares personadas relata a este periódico que, aunque supone un "mazazo" a nivel procesal, "la causa seguirá viva", poniendo de relieve que la resolución de la Audiencia no afecta a la otra derivada del procedimiento: la relación de Gómez con la Universidad Complutense de Madrid. Otra de ellas indica que, tras esta decisión, no se puede negar que el poder judicial esté "actuando con el máximo de los rigores" para descartar cualquier sombra de irregularidades judiciales en favor de una u otra parte, y que así se evita etiquetar a los jueces con los calificativos "de ultraderecha o jueces politizados" que no velan por las garantías judiciales y derechos fundamentales de los ciudadanos.
En efecto, los otros dos delitos -apropiación indebida e intrusismo profesional- están relacionados con su trabajo en el centro universitario por lo que su continuidad no debería verse alterada tras esta decisión del Tribunal. Tampoco debería afectar al de tráfico de influencias, aunque en un principio este tipo penal se relacionara con la actividad de Gómez con Barrabés, puesto que también se está analizando si se valió de su posición como esposa del jefe del Ejecutivo para acceder a la co-dirección de una cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense de Madrid. El rector Joaquín Goyache, que también está imputado, admitió ante Peinado haber acudido a la Moncloa para reunirse con ella, si bien puntualizó que lo hizo porque en esa etapa de pandemia la sala del centro para reunirse sobre esos menesteres estaba cerrada.
Esta decisión de la Audiencia Provincial ha supuesto la primera bocanada de aire para Gómez desde que se abrió la causa en mayo de 2023, puesto que hasta el momento todos los recursos que había interpuesto tanto ella como la Fiscalía ante la instrucción de Peinado habían caído en saco roto.
La imputación de Barrabés queda herida. Un informe inicial de la UCO explicaba cómo una vez Sánchez entra en La Moncloa, los contratos concedidos a las compañías de material de montaña y otras actividades pertenecientes a Barrabés se incrementan. Sin embargo, demostrar que detrás hubo un tráfico de influencias no es una tarea nada sencilla sin poder atar algún mensaje o correo intercambiado.
Cabe recordar que el procedimiento judicial comenzó tras una serie de publicaciones periodísticas que desvelaron que la esposa de Pedro Sánchez firmó en 2020 dos cartas de recomendación para que una de sus empresas obtuviera un contrato público. Fue entonces cuando la asociación Manos Limpias interpuso una denuncia en los juzgados, acusándola de prevalerse de su estatus personal. Pero las diligencias han evidenciado que también había correspondencia firmada por el Ayuntamiento de Madrid o por el Consejo Superior de Deportes.
La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil elevó en el citado informe que la empresa de Barrabés Innova Next SL obtuvo 20,2 millones de euros por parte de Red.es (entidad dependiente del Ministerio de Transformación Digital) entre 2021 y 2022, una adjudicación sobre la que tiene puesta la lupa el juez. Cuando declaró como testigo concretó que se reunió en dos ocasiones con Gómez en la Moncloa, en algunos encuentros se integró Pedro Sánchez. E juez le imputó después de estas declaraciones.
"No todo es lícito en el descubrimiento de la verdad"
Esta decisión de la Audiencia, como indicaron los magistrados en su escrito, es complementaria a la que tomaron la semana pasada cuando anularon el registro al domicilio y las oficinas de Barrabés. Fundamentaron su decisión en la falta de concreción de la resolución de Peinado que motivó esta diligencia, explicando que no aportó datos objetivos que sirvieran de soporte a la sospecha de la implicación del empresario.
Además, pusieron de manifiesto que "no todo es lícito en el descubrimiento de la verdad", subrayando que en este caso "la urgencia en sí" para realizar el registro "no se justificó", sobre todo teniendo en cuenta que el investigado, en aquel momento, se encontraba ingresado en el hospital.
También recordaron que la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que la inviolabilidad del domicilio es algo más que un requisito formal, y que para autorizar un registro es necesario que un juez, "como garante de los derechos fundamentales realice una valoración propia sobre la proporcionalidad y necesidad de la medida".
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