La Audiencia Provincial de Madrid ha determinado que el artista Paco de Lucía es el único autor de 37 composiciones flamencas, entre ellas la famosa Entre Dos Aguas, que le otorgó reconocimiento mundial. Esta decisión llega en el décimo aniversario de su fallecimiento y ratifica un fallo previo del Juzgado de lo Mercantil número 3 madrileño.
Según se indica en una sentencia consultada por este periódico, estas 37 obras figuraron durante décadas en la Sociedad General de Autores, y Paco de Lucía compartía la titularidad con el productor musical José Torregrosa Alcaraz. Sin embargo, según se ha determinado, éste no participó en la creación de las piezas sino que únicamente se encargó de transcribirlas a partitura y gestionó su inscripción en la Sociedad, algo que el artista, "un músico autodidacta que carecía de la preparación para hacerlo", nunca hizo.
La irregularidad salió a la luz cuando la hija del guitarrista decidió denunciarlo, desencadenando el litigio sobre el que se ha pronunciado la Audiencia, que todavía puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo. Los herederos de Torregrosa argumentaban que su labor no se limitó a la mera transcripción, sino que incluía arreglos y modificaciones musicales que añadían valor a las composiciones, unos planteamientos que fueron rechazados en primera instancia por el juzgado mercantil, que consideró que los cambios realizados carecían de la entidad suficiente para ser considerados una obra derivada.
“Las composiciones de Paco de Lucía son de tal complejidad técnica (que incluye picados y rasgueos de enorme dificultad) que sólo podían ser concebidas por un guitarrista, y además de estilo flamenco”, se indica en la sentencia.
Asimismo, los magistrados condenan a los herederos del productor musical a devolver los ingresos obtenidos durante décadas por la explotación de estas piezas. Un elemento clave en la decisión judicial ha sido el análisis pericial de la obra de Paco de Lucía, que demostró que sus composiciones son únicas, estructuradas a partir de falsetas enlazadas con variaciones sutiles y ejecutadas con una complejidad técnica propia del flamenco. La sentencia también confirma el pago de 10.000 euros en concepto de indemnización por daño moral, al considerar que Paco de Lucía sufrió una injusta negación pública de la autoría de parte de su legado artístico.
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