Investidura

Los barones dan su "confianza" a Sánchez para negociar la amnistía y cumplen con la consigna de "discreción y prudencia" video

Los barones dan su "confianza" a Sánchez para negociar la amnistía y cumplen con la consigna de "discreción y prudencia"

Los responsables territoriales del PSOE apoyan las conversaciones del presidente con ERC y Junts y se dicen optimistas porque ven alejarse la repetición electoral | Aseguran que el perdón total al 'procés' estaría ya amortizado y en todo caso fue avalado por las urnas del 23-J | Sí rechazan la posibilidad de que se conceda un referéndum, opción que no contempla tampoco Ferraz

El Gobierno valora el mensaje de Puigdemont como "posibilista"

El 'expresident', en su último 'post' en X, niega negociaciones (sí reconoce diálogo) y que haya un proyecto de amnistía | Los socialistas respiran por el tono y creen que será "duro, pero posible" continuar las conversaciones con Junts | En el Gobierno señalan que no hay "nada" de negociación sobre la propuesta de Urkullu para avanzar en un Estado de carácter plurinacional

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La palabra investidura viene de la época feudal, era la entrega simbólica del bien, concedido por el señor feudal a su vasallo. Le entregaba tierra, una espada y por último, un reconocimiento feudal.

En la actualidad se toma su significado por el derecho de investir o por la acción misma de investir. Equivale algunas veces a la misma posesión.

En España, la investidura parlamentaria es el acto parlamentario en virtud del cual el Congreso de los Diputados reconoce y acepta un nuevo presidente del Gobierno de España.

Según la Constitución Española de 1978, el candidato a presidente es designado por el Rey, con el apoyo del Presidente del Congreso, tras consultar a los grupos políticos presentes en el Congreso de los Diputados que es la cámara baja de las Cortes Generales. La investidura está regulada por el Artículo 99 de la Constitución.

Tras la renovación del Congreso de los Diputados, el Rey propondrá un candidatos a la presidencia del Gobierno.

El candidato expondrá su programa y será votado por el Congreso, debe obtener la mayoría absoluta, y si no, se repetirá la votación 48 horas después, obteniendo para su aprobación la mayoría simple.

Si en el plazo de dos meses ninguna candidatura ha obtenido el apoyo necesario, se convocarán de nuevo elecciones.

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