Tribunal Constitucional

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El Gobierno defiende el recurso ante el TC para proteger "la Constitución, el Estatut y la convivencia"

Bolaños sostiene que la impugnación es "absolutamente coherente" con la política defendida por el Ejecutivo, que es contraria a la independencia | El Gobierno mantiene su apuesta por el diálogo, dice, y no por "fórmulas antiguas" que supusieron un "fracaso colectivo" | Rechazará cualquier iniciativa “divisiva”, que “fracture a la sociedad y genere tensión”

El Gobierno recupera el perfil más duro con ERC y Junts a las puertas de la campaña catalana

El Consejo de Ministros prevé aprobar este martes el recurso ante el TC contra la admisión a trámite, por la Mesa del Parlament, de una iniciativa legislativa popular para declarar unilateralmente la independencia | Ya en otras campañas la Moncloa acudió al tribunal de garantías para marcar el campo de juego | Los socialistas defienden que era necesario el golpe en la mesa, "sin dudarlo", pese a que hace un mes no preocupaba el texto al presidente

El Gobierno no se moverá y deja en manos de Junts la aprobación de la amnistía

Los socialistas subrayan que no tienen más margen: incluir en la medida de gracia los delitos de terrorismo y la traición podría suponer que la norma no pasara el filtro del Constitucional y de la UE | El Ejecutivo cree que la legislatura puede seguir pero asume que puede no tener nuevos Presupuestos | Bolaños muestra su rechazo a las críticas de los portavoces a los jueces

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El Tribunal Constitucional (TC) es un órgano constitucional español que ejerce la función de supremo intérprete de la Constitución. Está regulado en los artículos 159 a 165 de la Constitución Española de 1978, integrantes del Título IX “Del Tribunal Constitucional” y su jurisdicción se extiende a todo el territorio español.

Según el artículo 1 de la LOTC, el Tribunal Constitucional es independiente en su función como intérprete supremo de la Constitución y está sometido sólo a la Constitución y a dicha ley. Sin embargo, la composición del Tribunal sí es dependiente de los poderes del Estado: de los doce miembros que integran el TC y ostentan el título de Magistrados, cuatro son nombrados a propuesta del Congreso de los Diputados, cuatro a propuesta del Senado, dos a propuesta del Gobierno de la Nación y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Las competencias del TC son: Recurso de inconstitucionalidad, La cuestión de inconstitucionalidad, Recurso previo de inconstitucionalidad, Recursos y cuestiones contra las normas forales fiscales vascas, Recurso de amparo, Conflictos de competencia, Conflictos entre órganos constitucionales, Conflictos en defensa de la autonomía local, Conflictos en defensa de la autonomía foral, Declaración sobre la constitucionalidad de los Tratados Internacionales e Impugnaciones del artículo 161 de la Constitución.

Además a este órgano corresponde la última interpretación de los preceptos constitucionales señalando la extensión y límites de los valores superiores como la libertad, igualdad, justicia y pluralismo político.