Tribunal Constitucional

El Gobierno da por buena la "rectificación" de Castilla y León con el aborto aunque avisa de que seguirá vigilante

La Moncloa señala que la respuesta de Mañueco al requerimiento de incompetencia, en la que afirma que no se ha aprobado ninguna medida contraria a la ley del aborto, supone un "acatamiento formal" a sus exigencias | Escrutará cualquier movimiento de la comunidad porque no tolerará ningún retroceso en los derechos de las mujeres

El Gobierno, seguro de que rentabilizará el choque con Castilla y León haya o no plan antiabortista

Un "win-win", así ven en el Ejecutivo su estrategia de desgaste de la Junta: creen que les saldrá bien tanto si logran frenar las medidas contra las mujeres como si finalmente trasciende el hipotético acuerdo de PP y Vox | La dirección regional del partido no descarta que pueda haber anticipo electoral, incluso haciendo coincidir las autonómicas con las generales

El PSOE cree que con la elección de Pumpido se viene abajo la estrategia del PP para controlar el TC

La dirección de Sánchez carga contra la desaprobación de Feijóo del nombramiento del ex fiscal general como nuevo presidente del Constitucional y de la progresista Montalbán como su número dos | Aduce que la intención de Feijóo siempre fue no renovar el tribunal de garantías para asegurarse que los recursos de la derecha contra leyes del Gobierno eran estimados

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El Tribunal Constitucional (TC) es un órgano constitucional español que ejerce la función de supremo intérprete de la Constitución. Está regulado en los artículos 159 a 165 de la Constitución Española de 1978, integrantes del Título IX “Del Tribunal Constitucional” y su jurisdicción se extiende a todo el territorio español.

Según el artículo 1 de la LOTC, el Tribunal Constitucional es independiente en su función como intérprete supremo de la Constitución y está sometido sólo a la Constitución y a dicha ley. Sin embargo, la composición del Tribunal sí es dependiente de los poderes del Estado: de los doce miembros que integran el TC y ostentan el título de Magistrados, cuatro son nombrados a propuesta del Congreso de los Diputados, cuatro a propuesta del Senado, dos a propuesta del Gobierno de la Nación y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Las competencias del TC son: Recurso de inconstitucionalidad, La cuestión de inconstitucionalidad, Recurso previo de inconstitucionalidad, Recursos y cuestiones contra las normas forales fiscales vascas, Recurso de amparo, Conflictos de competencia, Conflictos entre órganos constitucionales, Conflictos en defensa de la autonomía local, Conflictos en defensa de la autonomía foral, Declaración sobre la constitucionalidad de los Tratados Internacionales e Impugnaciones del artículo 161 de la Constitución.

Además a este órgano corresponde la última interpretación de los preceptos constitucionales señalando la extensión y límites de los valores superiores como la libertad, igualdad, justicia y pluralismo político.