El Juzgado de lo penal número 25 de Barcelona ha notificado hoy la sentencia a Arantxa Sánchez Vicario y Josep Santacana. Ambos habían sido acusados de alzamiento de bienes por ocultar su patrimonio a través de un testaferro para evitar pagar al Banco de Luxemburgo una deuda de 7,5 millones de euros.

Arantxa Sánchez Vicario no irá a prisión después de que le rebajaran la pena. Pasó de cuatro a dos años y al no tener antecedentes, evitará la cárcel. Sin embargo, Josep Santacana ha sido condenado a tres años y tres meses por organizar una operación de descapitalización de su mujer.

El exmarido de la extenista Arantxa Sánchez Vicario, Josep Santacana.
El exmarido de la extenista Arantxa Sánchez Vicario, Josep Santacana. | Kike Rincón / Europa Press

Según dicta la sentencia, "gestionó el patrimonio de su mujer desde que en noviembre de 2009 se hiciera con el control del mismo" y además "ideó y llevó a cabo las operaciones de despatrimonialización que comportaron la imposibilidad de pagar la deuda contraída con la querellante".

La sentencia no exime a Arantxa Sánchez Vicario

Además, insiste en que Santacana "tenía conocimientos (puesto que había trabajado en el sector inmobiliario) e interés directo en esa gestión". Pero "en nada exime" a Arantxa por no haberse hecho cargo directo de la gestión.

La extenista Arantxa Sánchez Vicario a su salida del último día del juicio acusada por alzamiento de bienes.
La extenista Arantxa Sánchez Vicario a su salida del último día del juicio acusada por alzamiento de bienes. | Kike Rincón / Europa Press

"Evidentemente tenía pleno conocimiento de lo que se hacía con su patrimonio y estuvo disfrutando del mismo, con pleno conocimiento de la deuda que tenía con el Banco de Luxemburgo, pero no tenía capacidad ni conocimientos para dirigir las operaciones de despatrimonialización", añade la sentencia.

A pesar de que el Juzgado señala a Josep Santacana como el culpable, no quita responsabilidad a Arantxa. La extenista tendrá que pagar al cantidad de 6,6 millones más intereses de demora.