Los gobiernos de Madrid y Argel suscribieron el 8 de octubre de 2002 el Tratado de Amistad, Buena Vecindad y Cooperación entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular. El texto, muy similar al del tratado suscrito con Marruecos en los años 90, se acordó meses después del incidente del islote de Perejil, aquel mismo verano. Aunque no fue publicado en el BOE hasta el 11 de noviembre de 2003.
Este miércoles, el gobierno argelino ha anunciado que cancela el Tratado, tras las explicaciones que ha dado en el Congreso Pedro Sánchez respecto al cambio de postura de España sobre el Sáhara Occidental.
El preámbulo del Tratado entre España y Argelia hace referencia a "los estrechos lazos históricos y culturales existentes entre sus pueblos y la proximidad geográfica que les une en la región estratégica del Mediterráneo" y centra su atención en más de 20 puntos vinculados a las relaciones entre ambos países.
1- Respeto a la legalidad internacional
2- Reconocimiento del derecho a la igualdad jurídica, a la integridad territorial y a la libertad y a la independencia política. Respetarán, además, el derecho de cada parte a elegir y a desarrollar libremente su sistema político, social, económico y cultural.
3- No intervención en asuntos internos, absteniéndose de cualquier acto de coerción militar, política, económica o de otros tipo, encaminado a subordinar a su propio interés el ejercicio de los derechos inherentes a la soberanía de la otra parte.
4- Abstención de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza.
5- Arreglo pacífico de controversias
6- Instauración de un nuevo clima de solidaridad económica y financiera susceptible de abrir el camino a una profundización de la cooperación en distintos campos.
7- Respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de las personas.
8- Promoción de acciones encaminadas a crear un espacio común cultural, inspirándose en sus tradiciones, vínculos históricos y humanos y en su pertenencia a una misma cultura mediterránea.
9- Institucionalización de reuniones anuales entre los jefes de Gobierno y ministros de Asuntos Exteriores.
10- Impulso y refuerzo de la cooperación económica y financiera a fin de procurar la dinamización y modernización de la economía argelina mediante un impulso de las inversiones recíprocas.
11- Fomento e impulso de los contactos entre los sectores productivos y de servicios de ambos países, así como los proyectos de inversión y las sociedades mixtas.
12- Especial atención a los proyectos de infraestructura, particularmente en los campos de la energía, obras públicas y viviendas, transportes y comunicaciones, pesca marítima, protección del medio ambiente y gestión de recursos naturales.
13- Cooperación en el ámbito de la defensa sobre la realización de programas comunes para la investigación, el desarrollo y la producción de sistemas de armas, de material y de equipamiento de defensa destinados a cubrir las necesidades de las dos partes por medio de un intercambio de informaciones técnicas, tecnológicas e industriales.
14- Cooperación para el desarrollo en terceros países en campos como la agricultura, el medio ambiente, la salud, el turismo, la energía o el desarrollo social.
15- Cooperación en los campos de la educación y la enseñanza por medio del intercambio de estudiantes, profesores e investigadores universitarios, así como el de documentación científica y pedagógica.
16- Atención a la enseñanza de la lengua y de la civilización españolas en Argelia y árabes en España, así como a la creación y funcionamiento de Centros Culturales en sus respectivos territorios.
17- Colaboración en el ámbito audiovisual, tanto por lo que se refiere a los respectivos entes públicos de radio-televisión, como a los medios públicos y privados. En particular, prestarán especial atención a la cinematografía, las grandes redes informáticas, los programas educativos, culturales y artísticos y a las retransmisiones deportivas.
18- Promover y reforzar la cooperación jurídica en materia civil, mercantil, penal y administrativa entre las respectivas Administraciones públicas e instituciones judiciales.
19- Establecer una estrecha cooperación entre sus departamentos y servicios consulares con el objeto de lograr una mayor eficacia de los mismos, de modo que se facilite una mayor atención y protección de sus respectivos nacionales en el otro país.
20- Asegurar la fluidez de los intercambios humanos y de la circulación de personas entre ambos países. Proseguir y profundizar la cooperación en materia de control de los flujos migratorios y de lucha contra el tráfico de seres humanos.
21- Cooperación en la lucha contra el terrorismo, el crimen organizado y el tráfico de estupefacientes.
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