El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, anunció el pasado miércoles que el próximo Consejo de Ministros aprobará el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que tiene, como principal novedad, que sea el fiscal y no el juez, como sucede ahora, el instructor de las causas.

El borrador filtrado a los medios lo explica así:

- "A las funciones ordinarias del fiscal se suma ahora la de director del procedimiento de investigación oficial. En la actualidad, atendiendo a la necesidad de preservar la imparcialidad objetiva del juez y de restar valor a los meros actos de investigación, la atribución al Ministerio Fiscal de esta función directiva presenta una clara dimensión garantista, además de indudables ventajas por la flexibilidad de su organización y la vigencia del principio de unidad de actuación".
-"Dentro de la estructura básica del Ministerio Fiscal, se opta decididamente por potenciar una organización interna basada en el funcionamiento de equipos autónomos de fiscales, dotados, si es preciso, de unidades policiales adscritas y de peritos y expertos adecuados a las exigencias derivadas de su específico ámbito de competencia (delincuencia económica, medioambiental, organizada)".
-"Las decisiones que se adopten en el seno de cada equipo de fiscales serán el producto de un proceso de reflexión y responsabilidad colegiadas, lo que permitirá limitar la intervención jerárquica de los órganos directivos de la Fiscalía a los supuestos excepcionales de discrepancias de criterio".

Perdón por la extensa cita, pero es en estos tres párrafos donde reside la esencia de una reforma muy importante para la Justicia, que, si se hace mal, podría afectar a su independencia en la fase nuclear de su aplicación.

En la mayoría de los países europeos es así como funcionan las cosas. En España la idea de que fueran los fiscales y no los jueces los "directores de la investigación" estuvo sobre la mesa de anteriores gobiernos, tanto del PSOE como del PP. Así que no estamos hablando ni de una rareza ni de un planteamiento ideológico.

Hay consenso en las fuentes consultadas -jueces y fiscales- en que la reforma es necesaria. Sus aspectos positivos son indiscutibles. Tanto jueces como fiscales coinciden en una apreciación: en estos momentos el juez -que instruye- y el fiscal -que acusa- tienen una finalidad coincidente por lo general. El juez y el fiscal tienen el mismo interés en el éxito de la investigación. Comparten los mismos datos sobre las actuaciones, generalmente están de acuerdo en los criterios y en las diligencias, aunque sea el juez el que decide en última instancia sobre asuntos tan relevantes como el establecimiento de escuchas, las medidas cautelares, así como la prisión provisional del encausado.

Para que no aumente la intromisión del Gobierno, el Fiscal General tendría que ser nombrado por el Congreso y por una mayoría cualificada

Al dejar la investigación en manos del fiscal, el juez asume la figura de garante de la legalidad del proceso y de los derechos del investigado. Es una separación de funciones que va en favor del rigor y la pureza de la investigación, que el juez, en su nueva función, no conoce previamente.

Ahora bien, la reforma requerirá de medios para que sea efectiva. Principalmente, el aumento de plantilla en el cuerpo de fiscales. Ahora hay en España 5.300 jueces, pero sólo 2.200 fiscales. Haría falta, por tanto, doblar como mínimo esa cifra para que pudieran asumir la instrucción de las causas. También habría que reforzar la plantilla de peritos y establecer un número suficiente de agentes adscritos de policía judicial, dependientes de la Fiscalía, para que los procesos importantes (corrupción, crimen organizado, terrorismo, etc.) pudieran investigarse con la celeridad necesaria.

Pero, con ser eso importante, no es la pega fundamental que, tanto jueces y fiscales, ponen a esta bienintencionada reforma.

Para que cumpla realmente sus fines, la clave es que la Fiscalía sea realmente independiente, lo que, obviamente, ahora no sucede. Imagínense el peligro de darle a los fiscales la dirección de la investigación sobre una trama de corrupción cuando al frente de la Fiscalía General del Estado está un ex miembro del Gobierno, como ahora sucede con Dolores Delgado.

Nadie discute el principio jerárquico que debe regir en la Fiscalía. Pero ese criterio debe complementarse con una total autonomía del Fiscal General respecto del Gobierno.

Por tanto, sería necesaria la reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y probablemente del artículo 124 de la Constitución para que el Fiscal General tuviera garantizada plenamente su independencia respecto del Gobierno.

Los más adecuado sería que el Fiscal General, en lugar de ser nombrado a dedo por el Gobierno, fuera elegido por el Congreso, con una mayoría cualificada de tres quintos y por un periodo superior a cuatro años para que su mandato no coincida con la duración de una legislatura. El nombramiento del Fiscal General podría llevarse a cabo tras una propuesta de tres candidatos por parte del Gobierno y, previa comparecencia ante el Congreso, la obtención del respaldo de al menos tres quintos de la Cámara.

Los regímenes totalitarios se caracterizan por la inexistencia de la separación de poderes. Una fiscalía poderosa y alineada con los deseos del Gobierno, confundido con el Estado, es lo que anhelan todos los dictadores. El sumun de ese modelo lo tenemos en el Fiscal General de la URSS, Andréi Vyshinki, que dirigió con mano de hierro las purgas que se llevaron a cabo a mediados de los años treinta del siglo pasado, con Stalin en la cima de su poder absoluto.

Naturalmente, las cosas no son así, pero la intromisión de la Fiscalía en procesos especialmente sensibles es una de las causas de la desconfianza ciudadana en la independencia de la Justicia.

Por ello, si queremos que los fiscales dirijan la investigación de las causas con la vista puesta en la indagación de los hechos y no en los deseos del Gobierno, la persona que ocupe el cargo de Fiscal General del Estado tiene que ser independiente. Y de eso, estamos todavía muy lejos. La casa se ha vuelto a empezar a construir por el tejado. Sin una reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que propone el Gobierno es un serio peligro para la ya cuestionada independencia de la Justicia.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, anunció el pasado miércoles que el próximo Consejo de Ministros aprobará el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que tiene, como principal novedad, que sea el fiscal y no el juez, como sucede ahora, el instructor de las causas.

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