Cada día que pasa está más claro que lo que el Gobierno pretende con su reforma del Código Penal es hacerle un traje a la medida a los condenados por el procés. Nunca se ha visto una cosa similar en la historia de nuestra democracia.
Si ya la derogación del delito de sedición era un cesión intolerable -los del procés son los únicos condenados por ese delito-, lo que se pretende ahora con la modificación o rebaja del delito de malversación es la puntilla a un principio esencial de la Justicia: tiene que ser igual para todos.
Como rebajar las penas de cárcel e inhabilitación por el delito de malversación -que es una de las modalidades más comunes de corrupción- podía beneficiar a otros que no fueran estrictamente los que se alzaron en 2017 contra la Constitución, como los acusado del caso Kitchen, el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, se encargó ayer de delimitar los efectos de este nuevo tajo al Código Penal: "el cambio debe ser quirúrgico". Es decir, que sólo tiene que afectar a los condenados por sedición. Si esa pretensión se lleva a cabo, se habrá infligido un daño irreparable al Estado de Derecho, con el visto bueno del Gobierno.
El objetivo de esta tropelía jurídica no es otro que acortar las penas de cárcel y de inhabilitación para permitir que los huidos que lo deseen puedan volver a España sin riesgo y, sobre todo, que Oriol Junqueras pueda ser cabeza de cartel en las próximas elecciones catalanas (que, si no se adelantan, serán en 2025).
Pero por suerte, todavía hay, aunque cada vez menos, separación de poderes en España. La modificación de los tipos penales, sea de la sedición sólo o de la sedición y la malversación, como quiere ERC con la complicidad de Pedro Sánchez, obliga al Tribunal Supremo a proceder al llamado "juicio de revisión", en el que la Fiscalía del Supremo también tendrá que presentar su informe.
Como todo esto va a una velocidad de vértigo, esta reforma exprés debe estar aprobada a mediados de diciembre. En todo caso, antes de las vacaciones parlamentarias. Una vez publicada la reforma en el BOE, el Supremo se pondrá manos a la obra y se espera que, también en tiempo récord, haya dado su opinión sobre cómo afectan los cambios legislativos a la aplicación de la sentencia antes de que haya concluido 2022.
El Supremo tendrá que establecer en el juicio de revisión en cuántos años deja la pena de inhabilitación. La Fiscalía piensa poner el listón muy alto: en torno a diez años
La clave del próximo conflicto entre el Gobierno y el Supremo no va a estar en la rebaja de las penas de cárcel, sino en el recorte a las penas de inhabilitación. Según el texto enviado al Congreso, el artículo 557 del Código Penal (desórdenes públicos agravados, según la nueva tipificación) "en caso de hallarse los autores constituidos en autoridad (como es el caso), la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años".
Ahora mismo, Oriol Junqueras está condenado a una pena de inhabilitación de 13 años. Como el cumplimiento de la condena comenzó a contar a partir de la primavera de 2018, eso significa que el líder de ERC no podría volver a presentarse a unas elecciones hasta 2031.
Sin embargo, si el Supremo optara por la parte más benigna de la condena, según el texto reformado del artículo 557 del Código Penal, la inhabilitación a Junqueras quedaría en seis años, por lo que podría ser cargo público a partir de 2024. Es decir, que podría ser el cabeza de lista de ERC a las elecciones catalanas de 2025.
En el caso de la malversación, la inhabilitación según está redactado ahora el artículo 432 del Código Penal, es de seis a diez años, que se eleva a veinte años si el delito "revistiera especial gravedad".
Pues bien, ¿qué hará la Sala Segunda del Supremo? Desde luego, los magistrados que juzgaron a los cabecillas del procés no están precisamente contentos con el apaño que se está pergeñando entre el Gobierno y los condenados. La sentencia más importante dictada por el Supremo desde que se produjo el juicio por el golpe del 23-F ha sido vapuleada, su argumentación es ya papel mojado. Los magistrados podrían estimar que, en función de que los hechos hay que encajarlos (a martillazos) en el delito de desórdenes públicos agravados, cabe establecer una inhabilitación en su grado máximo de ocho años, lo que impediría a Junqueras ejercitar cargo público hasta 2026. No podría ser candidato en 2025, lo que no está en los planes de ERC ni en el pacto acordado en la llamada Mesa de Diálogo.
Pero aún es más, a ello habría que añadir la pena de inhabilitación por el delito de malversación, que, por mucho que se rebaje, siempre sumará algunos años más.
La Fiscalía del Supremo, según fuentes de toda solvencia, será muy dura en su calificación, y hará todo lo posible, dentro de los límites legales, para que la inhabilitación se quede en torno a los diez años.
El Gobierno, por tanto, no tiene garantizado ni mucho menos que los deseos de Oriol Junqueras vayan a quedar plenamente satisfechos tras la revisión de la sentencia por parte del Supremo.
Por muy quirúrgicas que pretendan ser las mutilaciones del Código Penal, lo que no puede hacer el Gobierno es dictarles las sentencias a los jueces.
El Gobierno ha ido demasiado lejos en sus concesiones a los independentistas a cambio de su apoyo parlamentario. Y corre el riesgo de que haya hecho este viaje, con un coste electoral evidente, en balde. El caso es que los que quieren la separación de Cataluña del resto de España nunca van a quedar completamente satisfechos. Ya lo advirtió ayer la portavoz del gobierno de la Generalitat, Patricia Plaja: "No nos conformaremos, queremos el referéndum".
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