Artículo 102 de la Constitución sobre responsabilidades de los miembros del Gobierno: "La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo".
Te puede interesar
Lo más visto
- 1 La decana de los Juzgados de Madrid acuerda que Begoña Gómez acceda de nuevo por el garaje
- 2 Aldama se desinfla
- 3 Los avistamientos de drones en EEUU vuelven locos al Pentágono y FBI
- 4 Galerías Preciados: el triste final de la empresa que 'inventó' las rebajas y cameló a Carmen Polo
- 5 Amazon Echo Spot despertador inteligente está de ofertón
- 6 La misión española en Egipto pidió dinero para sueldos ficticios
- 7 PSOE y Sumar ganan tiempo y aplazan la decisión sobre la propuesta de cuestión de confianza de Junts
- 8 Rafa Hernando comparte el DNI de Pedro Sánchez en X
- 9 El Decanato pierde un USB clave en la causa contra un alto cargo de Justicia