Hay una alimaña en Sevilla que el pasado julio amenazó a su expareja. No era la primera vez. “Te quedan pocos días de vida”, le espetó. Han pasado 10 años desde que ella inició acciones legales por haber sido víctima de malos tratos físicos y psicológicos, lo que puede llevar a hacerse una idea sobre el grado de hartazgo, impotencia y terror que sentiría quien escuchó esas palabras. Según explica la Agencia Efe en un teletipo, a la mujer le fueron concedidas varias órdenes de protección frente a su agresor. Éste las vulneró en numerosas ocasiones hasta que, en 2019, fue condenado a 15 meses de prisión por un delito de quebrantamiento de condena y otro de amenazas.
Suele el demonio encarnar el mal por activa y por pasiva, así que peca a la vez de cruel y de cobarde. De beligerante cuando se siente fuerte y temeroso en inferioridad. Por eso, en el verano de 2023, el hombre acudió al Registro para cambiar de sexo. Un mes después, un juzgado ordenó su ingreso inmediato en prisión, pero el juez tuvo que inhibirse tras ser consciente del repentino cambio de sexo, con la que el tipo supuestamente buscaba ser enjuiciado por un tribunal penal; y no por uno específico sobre la violencia contra la mujer. Todo, según Efe.
Advirtieron los especialistas que la Ley Trans podría generar este tipo de situaciones, que superan con creces el límite de lo esperpéntico, dado que implican la asunción como ciertos de postulados absolutamente irracionales. Hubo quien señaló los puntos más lesivos de esta norma y de la delirante Teoría Queer, como José Errasti, profesor universitario de Psicología a quien le montaron un escrache durante la presentación de su libro... además de obligarle a suspender una conferencia en la Universidad de las Islas Baleares.
A la histórica líder feminista Lidia Falcón le acusaron de haber cometido un delito de odio e incluso fue obligada a comparecer en sede judicial. La denuncia fue archivada en 2021, después de que la Fiscalía considerara que simplemente había hecho uso de su libertad de expresión. Eso no ha evitado que la turba haya continuado increpándola y situándola en el territorio del fascismo, que se amplía o se reduce constantemente en función de las necesidades del personal.
Los constructos sociales
Este fenómeno no es exclusivamente doméstico. Ya en 2005, el entonces rector de la Universidad de Harvard, Lawrence Summers, fue forzado a dimitir después de asegurar en una conferencia que existen "aptitudes intrínsecas" que a lo mejor explican que los hombres elijan más que las mujeres las carreras científicas y tecnológicas. Posteriormente, explicó que sus palabras estaban basada en diferentes publicaciones, que podían haber sido debatidas por quienes no opinaran lo mismo, sin duda. No sucedió así. Se vio obligado a dejar el puesto. La corriente woke considera que todo es una construcción social y que cuestiones como el dimorfismo sexual tienen una importancia mínima.
Es como si los individuos nacieran como recipientes vacíos, sin condicionantes genéticos ni talentos. Sin diferencias físicas ni hormonales; y que, a partir de ahí, todo es cuestión de cómo se construya ese edificio. Según cómo se eduque y cómo el Estado o la familia actúen sobre el individuo, así se desarrollará en lo personal y en lo social.
La teoría es disparatada, pero hoy domina departamentos enteros de universidades en todo el mundo e incluso está presente en los cuerpos legales de diferentes países. Hay quien lo ha cuestionado y ha perdido su puesto de trabajo o ha sido acusado de cometer un delito de odio.
El derecho a odiar y el delito de odio
Por eso es tan peligrosa esta legislación; y por eso criterios como el del fiscal de Sala Coordinador contra los Delitos de Odio y Discriminación, Miguel Ángel Aguilar, entrañan tanto riesgo. El aludido ha propuesto este miércoles identificar a los usuarios de las redes sociales y prohibirles el acceso a estas plataformas en los casos más graves. Entiéndase, cuando la emprendan contra colectividades enteras bajo condiciones tan repugnantes como el racismo.
Aguilar ha defendido esta postura en la Cadena SER tan sólo unos días después del crimen de Mocejón (Toledo). Su autor fue un ciudadano español de 20 años, pero antes de que trascendiera su nacionalidad, las ratas que moran en las cloacas de internet habían aprovechado para culpar a los inmigrantes de este hecho, como parte de una campaña, encabezada por Vox, que intenta utilizar a los extranjeros y a los menores no acompañados como forma de ganar votos entre la derecha más extrema y los votantes de 'los Alvises'.
Es evidente que estos discursos xenófobos son peligrosos y que bien podrían derivar en disturbios y enfrentamientos raciales. Ahora bien, no resulta menos inquietante el hecho de que la Fiscalía proponga una modificación legal en caliente. Es habitual que los políticos y los tertulianos más deshonestos aprovechen los crímenes mediáticos para declarar sus 'alertas antifascistas' o para proponer un endurecimiento de las penas, pero el hecho de que un representante el Ministerio Público adopte esa posición debería resultar preocupante.
Las redes sociales rebosan de majaderos y cualquiera que escribe se expone al insulto y la difamación. Estos no entienden de ideologías ni de edades. La barbaridad es universal en internet. Lo que parece fuera de toda lógica es proponer la identificación con DNI de todos los usuarios españoles. Implicaría, una vez más, intentar poner puertas al campo; y con total seguridad perjudicaría a la inmensa mayoría de los usuarios para intentar controlar a la turba, a los bots y a los desestabilizadores, que podrían continuar con su vómito de odio xenófobo desde otro país... o con direcciones IP de Nicaragua.
Una sentencia del Tribunal Supremo
Pese a todo, Aguilar parece convencido de la posibilidad de vetar el acceso a las redes sociales a quienes cometan estos delitos de odio. Su postura tampoco es novedosa. En 2022, el Tribunal Supremo ratificó la condena a un influencer que había tenido la brillante idea de rellenar una galleta Oreo con dentífrico y ofrecérsela a un vagabundo. El Alto Tribunal restringió al joven las visitas “al lugar del delito”, es decir, a YouTube.
La sentencia incluía un voto particular que merece la pena leer y releer. Los dos magistrados que la firmaban vapuleaban la forma en la que la Sala había realizado “malabares” argumentales para considerar como “lugar del delito” esta plataforma virtual de vídeos. Dentro del texto, consideraban que el majadero en cuestión había abusado de su libertad de expresión. Ahora bien, ¿se puede prohibir a alguien el acceso a una red social? Porque eso implicaría no sólo la limitación de su derecho a ofrecer información, sino también a recibirla.
Cuando se legisla en caliente, o cuando se antepone la ideología a la razón, se corre el riesgo de empeorar la situación pre-existente. Es lo que ha sucedido con la Ley Trans; y lo que puede pasar si se establecen mayores barreras de acceso a las redes sociales. Máxime si con ello se pretende moldear algo tan polémico como es lo relativo a los delitos de odio, que sus defensores aseguran que protegen a los colectivos vulnerables, pero que a lo mejor lo único que consiguen es atarlos a la vulnerabilidad e incluso a la marginalidad.
Entre otras cosas porque estos tipos penales provocan -sobre todo- autocensura en quienes podrían proponer debates racionales sobre las causas de esa vulnerabilidad, con los que podría desbrozarse el camino para atenuarla o solucionarla. Nadie atiende ya a estas razones. Entre otras cosas, porque los Estados y sus legisladores se han atribuido la responsabilidad de proteger a los individuos sobre determinados temas, que tienen que ver con lo social y con lo moral. Así que eso da lugar a dislates, como pueden ser el acotamiento de la libertad a expresar o a recibir ideas o información. O la creación de leyes que terminan por beneficiar a los canallas.
Entra dentro de la lógica que la legislación incluya fórmulas para penalizar causas como las amenazas, la discriminación o la difamación. El problema es cuando se aprovecha la apertura de esa puerta para intentar imponer una ideología y sectarismos varios.
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