El Tribunal Constitucional (TC) ha ordenado a Cataluña que levante el veto a las corridas de toros porque la tauromaquia "tiene una indudable presencia en la realidad social de nuestro país". Y sostiene que la Generalitat no puede limitar "este fenómeno cultural" en "una parte del territorio español" porque "las tradiciones implantadas a nivel nacional" son complementarias "a la cultura propia" de la Comunidad Autónoma. La sentencia cuenta con el voto particular de tres magistrados que discrepan sobre la forma en la que sus colegas "han ponderado la defensa de los valores culturales de Cataluña".
El contenido íntegro de la sentencia y de los votos particulares se conocerá en los próximos días. Sin embargo, una nota oficial del alto tribunal explica que los ocho jueces que han votado a favor de la ponencia redactada por la magistrada catalana Encarnación Roca consideran que las corridas de toros "forman parte del patrimonio cultural común" por lo que el Estado tiene la obligación legal de preservarlas, según se recoge en dos leyes del 2013 y del 2015.
Los toros son "un espectáculo nacional"
El TC considera que la tauromaquia "es un fenómeno histórico, cultural, social, artístico, económico y empresarial" por lo que el Estado tiene que protegerla al ser "un espectáculo tradicional" que forma parte "de los valores propios del cuerpo social".
Los jueces explican a la Generalitat que "goza de libertad" para interpretar "los deseos y opiniones" que existen sobre los toros "en la sociedad catalana", pero le advierten de no puede "menoscabar la competencia estatal" que le obliga a preservarlos.
Por ello, los magistrados admiten que Cataluña pueda regular "el desarrollo de las representaciones taurinas y establecer requisitos para el especial cuidado y atención del toro bravo". Y prohibir determinados espectáculos por "razones vinculadas a la protección de los animales".
Cataluña no puede prohibir una tradición cultural
Asimismo, los togados también reconocen que la Generalitat no está obligada "a fomentar" la lidia, pero consideran que "es imposible prohibir en una parte del territorio español, una celebración, festejo o en general una manifestación de arraigada tradición cultural".
El TC defiende la posición del Estado en esta materia, ya que busca "garantizar que las tradiciones implantadas a nivel nacional se vean complementadas y enriquecidas con las tradiciones y culturas propias de las Comunidades Autónomas".
Los valores culturales catalanes
Los magistrados discrepantes, la vicepresidenta Adela Asia, Fernando Valdes y Juan Antonio Xiol, aceptan el fallo de sus compañeros, pero discrepan sobre la forma en que está redactada la sentencia. En su opinión, la resolución "no ha ponderado las competencias de protección de animales ni la defensa de los valores culturales de Cataluña".
Esta sentencia responde a un recurso presentado por el entonces grupo parlamentario del PP en el Senado contra la decisión del parlamento catalán que prohibió las corridas de toros en Cataluña hace seis años.
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