El Tribunal Supremo ha acreditado "indiciariamente" que el ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz y el ex director de la Oficina Antifrau Daniel de Alfonso se concertaron "para la filtración a la prensa de un informe confidencial que conocen por razón de sus cargos y con ello para la ejecución de un delito de revelación de secretos", pero archivan la querella presentada por estas conversaciones porque el delito de conspiración para delinquir "no estaba en vigor" cuando se cometieron los hechos, en octubre del 2014, ya que se introdujo en la reforma del Código Penal de marzo del 2015. Así se recoge en el auto en el que inadmiten la querella presentada por el diputado convergente Xavier Trias contra ambos políticos por los delitos de violación de secretos, prevaricación y malversación de caudales públicos tras la publicación de sus grabaciones.
No obstante, los jueces dejan la puerta abierta a reabrir esta investigación si se encuentran nuevas pruebas en el proceso que se sigue en un juzgado de Madrid contra tres periodistas del diario El Mundo por la querella que les presentó también Trías después de que este periódico publicase que tenía una cuenta abierta en Suiza.
Valoración diferente en lo personal
Los togados reconocen que el contenido de las grabaciones de Fernández Díaz y De Alfonso son "discutibles en el terreno de la crítica estrictamente política" incluidas "algunas alusiones poco gratas a terceras personas", pero rechazan que sean delictivas. No obstante, admiten que estas charlas pueden tener otra valoración "en la opinión personal de quien escucha el contenido de dichas conversaciones, ciertas expresiones, comentarios e, incluso, expectativas" de los políticos.
El alto tribunal admite que desconoce al autor de las grabaciones que fueron filtradas al diario Público. Y también si las transcripciones "han sido editadas, manipuladas, alteradas o manipuladas de manera que no se puede saber si la grabación corresponde al contenido íntegro de la entrevista o se ha suprimido algún apartado". Las grabaciones corresponden, recuerda el tribunal, a dos encuentros celebrados entre Fernández Díaz y De Alfonso los días 2 y 16 de octubre del 2014 en el Ministerio del Interior unos días antes de que se celebrase la consulta popular en Cataluña.
Las conversaciones
En una de esas reuniones el ex director de la Oficina Antifrau entregó al ex ministro del Interior un expediente sobre el nombramiento de dos familiares del ex conseller Felip Puig por el ex conseller Francesc Homs, pero pone reparos para su divulgación por lo que Fernández Díaz le tranquiliza:"Esto la Fiscalía te lo afina, hacemos una gestión". Asimismo, en esos encuentros también hablan de la existencia de una cuenta en Suiza de Trias y el ex ministro del Interior le informa de que conoce la cuantía exacta, "el número de cuenta y la fecha en que la misma se cierra" en el País Helvético y se lleva a Andorra.
Sin embargo, para el alto tribunal los hechos "no ponen de manifiesto" que los políticos "hayan revelado información de la que dispusieron por razón de su cargo" independientemente "de las interpretaciones o juicios de valor que merezcan o de la opinión de carácter político que a cualquier oyente de las mismas pueda suscitar".
Los jueces argumentan que De Alfonso no cometió ningún delito por compartir esa información porque "este intercambio de información debe encuadrarse en el deber general de cooperación institucional que a ambos organismos corresponde". Y añade: "No hay dato para afirmar que la información que comparten trascendiese más allá de la conversación entre ambos".
Casi seis meses después de que trascendiera el contenido de las reuniones entre Fernández Díaz y De Alfonso se sigue sin conocer oficialmente quién y cómo se realizó la grabación, arrojando el caso numerosas dudas que siguen sin aclararse. En el anterior equipo de Interior existía el convencimiento de que existen más grabaciones como la del despacho del ministro.
Los jueces apuntan a la policía
Asimismo, el tribunal rechaza que los políticos filtraran al diario El Mundo la información sobre la cuenta suiza de Trias y apuntan a la policía. Los jueces subrayan que el 10 de octubre de 2016 se presentó en el registro general de la comisaría general de la policía un anónimo con esta información y que éste llegó a la UDEF el día 24. El medio de comunicación informó de este hecho los días 27 y 28 de octubre. Por ello, sostienen que la filtración "pudo tener su origen en otras fuentes porque estuvo bajo el dominio de varias personas".
Se da la circunstancia de que el ponente de esta resolución era el entonces magistrado y ahora fiscal general del Estado, José Manuel Maza. Por ello, ha sido sustituido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta. La decisión se ha adoptado por unanimidad de los cinco jueces que han estudiado la querella de Trias.
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