La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a la portavoz municipal Rita Maestre de la sentencia que la condenó al pago de una multa de 4.320 euros por manifestarse con el torso semidesnudo en la capilla de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) en 2011 al entender que no hubo profanación.
La Audiencia de Madrid ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la portavoz de Ahora Madrid y revoca la sentencia del Juzgado de lo Penal 6 de Madrid, que la condenó como autora de un delito contra los sentimientos religiosos. Los magistrados recuerdan en su escrito que la sentencia es firme y por lo tanto no cabe interponer recurso ante la misma.
En el documento se subraya que los magistrados comprenden que “en ciertos ámbitos este acto puede ser valorado como claramente irrespetuoso en cuanto que se considere altera el silencio y el respeto exigible en el interior de una capilla donde en ese momento varios feligreses se encontraban orando, pero ese componente de profanación exigible por el tipo a nuestro juicio no concurre”.
Por todo ello, la Sala concluye que, “desde un punto de vista estrictamente técnico-jurídico, sin valoraciones ético-morales, no concurre elemento objetivo del tipo (penal recogido en la sentencia condenatoria inicial) y que los hechos declarados probados no alcanzan a integrar un acto de profanación en sentido estricto” por lo que la apelante debe ser absuelta.
Maestre manifestó en el juicio que fue una protesta pacífica en la que se quitó la camiseta y se quedó en sujetador al ver que lo hacían otras compañeras pero estimó que "el torso desnudo no tiene que ser una cosa ofensiva" y dijo que no tocó ningún objeto del altar. No obstante, afirmó "que vistas las consecuencias no lo volvería a hacer" aunque mantuvo que "no era consciente de que estaba cometiendo un delito sino que era una protesta como otras de tipo político" en las que participaba como universitaria activista.
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