Hay tres momentos clave de la historia de España que marcan el devenir de la justicia, la memoria y el olvido sobre los crímenes de la Guerra civil y el franquismo. El proceso de amnistía iniciado por los últimos gobiernos de la dictadura en 1975 y culminado por las cortes democráticas en 1977, la ley de Memoria Histórica aprobada en 2007 y la sentencia del Tribunal Supremo de 2012 que desestimaba la instrucción del juez Baltasar Garzón para investigar los más de cien mil desaparecidos desde el 18 de julio de 1936. La segunda, de la que se cumplen nueve años este 26 de diciembre, ha vuelto esta semana al Congreso donde el PSOE ha reprochado al Ejecutivo su actuación durante estos años: desde 2012 el Gobierno no ha dotado económicamente esta ley. A pesar de este reclamo, el ministro Catalá ha defendido todas las actuaciones en este campo y ha asegurado que "este Gobierno da pleno cumplimiento a los mandatos de una ley aprobada en el Parlamento".
En torno a esos tres episodios se arremolinan ahora vagando entre la maraña legal y política, los testimonios de torturas, brutalidad y crímenes cometidos por funcionarios franquistas.
Las víctimas, como Felisa Echegoyen torturada en 1974 en la Dirección General de Seguridad, purgan aún el duelo de la injusticia. Palizas, detenciones arbitrarias, inexistencia de garantías jurídicas. Familiares desaparecidos en 1936 como los de Antonio Narvaéz, y con posterioridad durante la represión franquista. Asesinatos. Recién nacidos robados de sus madres con impunidad como explica Soledad Luque. La gran mayoría de sus responsables no han sido juzgados.
Lo hacen en Madrid arropados por el organismo Amnistía Internacional, que lanzó una campaña para denunciar "la obstrucción a la justicia" por parte de la Fiscalía General del Estado, ante la petición de la juez argentina Maria Servini para investigar crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo.
La Ley de Amnistía (46/1977, de 15 de octubre) no tuvo su origen en la protección de los crímenes franquistas
El organismo que avala estas afirmaciones comparte denominación con el principal origen del escarceo legal. Es precisamente la Ley de Amnistía de 1977 lo que invoca una orden interna emitida por la entonces Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal, el pasado octubre para desestimar todas las denuncias derivadas de estos actos, como han confirmado fuentes de la fiscalía a El independiente, además de la prescripción de la mayoría de los delitos, "lo que impide que sean juzgados según el ordenamiento penal vigente en España". Aunque Amnistía Internacional España argumenta que, "al ser crímenes de lesa humanidad no pueden prescribir".
La Ley de Amnistía (46/1977, de 15 de octubre), sin embargo, no tuvo su origen en la protección de los crímenes franquistas. Los presos políticos de la dictadura habían sido primero indultados en 1975 por un decreto del Rey Juan Carlos y después ampliados por una ley de 1976 que eximía de responsabilidades penales y que dejaba sin efecto las condenas por actos de índole política a los opositores del régimen, objetores de conciencia, desertores y otros delitos tipificados entonces. Ambos decretos fueron aprobados por los últimos gobiernos de la dictadura y sancionados por el rey.
Lo que tampoco amparaban, ni el indulto de 1975, ni la ley de 1976, eran los actos violentos, los delitos de sangre cometidos desde el golpe de estado del 18 de julio de 1936
En ninguna de las dos se incluyeron, sin embargo, la extinción penal de los eventuales crímenes cometidos por el franquismo, como ha comprobado El Independiente (BOE número 186, 4 de agosto de 1976. Real Decreto-ley 10/1976, de 30 de julio, sobre amnistía). De haber quedado ahí, quizás no existiría esa ley para impedir que se imputara a presuntos torturadores como el inspector de la Brigada Político Social, Antonio González Pacheco, alias Billy el niño, quien propinó la paliza a la propia Felisa Echegoyen, según su testimonio. Lo que tampoco amparaban, ni el indulto de 1975, ni la ley de 1976, eran los actos violentos, los delitos de sangre cometidos desde el golpe de estado del 18 de julio de 1936.
Las protestas surgieron tras esos dos primeros intentos de zanjar la amnistía. No entre los ultras del régimen, sino entre los partidos opositores, encabezados por el Partido Nacionalista Vasco de Xabier Arzalluz y el Partido Comunista de Santiago Carrillo, que enarbolaron que sería inconcebible una nueva democracia sin la amnistía total de todos los delitos cometidos en el infausto periodo.
Tal y como señala el historiador Santos Juliá en Identidades y Memoria imaginada (2008), el primer día de las cortes elegidas democráticamente desde febrero de 1936, el diputado Xabier Arzalluz tomó la palabra para indicar que era indispensable: "Una amnistía general aplicable a todos los delitos de intencionalidad política, sea cual fuere su naturaleza, cometidos con anterioridad al 15 de junio de 1977".
En esa misma sesión, el diputado por el Partido Comunista, Santiago Carrillo, se expresó en términos similares: "Bien sabemos que ciertos sectores pueden estar dolidos por acontecimientos recientes: también nosotros lo estamos por atentados que están en memoria de todos. Más el resentimiento no es buen consejero a la hora de iniciar la andadura política".
Se referían a los muertos, los asesinados por ETA, y los Grapo, los de la Guerra Civil. Las palabras de Carrillo se enmarcaban en los secuestros y asesinatos a manos de ETA y a los atentados de Atocha. Lo que exigían él mismo y Arzalluz era la amnistía a los integrantes de ETA, GRAPO y FRAP, cuyos crímenes incluían como "delitos de intencionalidad política". El resultado de la presión de la oposición fue la Ley de Amnistía, que se aprobó en cortes el 15 de octubre de 1977 por todos los partidos de la oposición, más la UCD -en el gobierno- y con la única abstención de Alianza Popular. La frase que cambiaría la Historia de España: "Todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis".
"Cualesquiera que fuera su resultado": asesinatos, torturas, secuestros. La ley apreciaba dos plazos más, uno entre el 15 de diciembre de 1976 y el 15 de junio de 1977, siempre y cuando fueran cometidos en defensa de las libertades y un último plazo, hasta el seis de octubre de ese año cuando no hubieran constituido violencia contra las personas. La ley no era aplicable a los responsables de la matanza de Atocha, pero sí a los terroristas que secuestraron y asesinaron al empresario vasco Javier Ybarra el 22 de junio de 1977.
Cuando la Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal, citó en la orden interna de octubre de este año los asesinatos de Paracuellos del Jarama, expresando que eran objeto asimismo de la amnistía y por tanto no juzgables, argumentó en realidad lo mismo que el propio Santiago Carrillo, el que fuera señalado como uno de los principales responsables de la matanza indiscriminada de 2.500 personas entre noviembre y diciembre de 1936 en Madrid, hace ahora, exactamente, 80 años.
El revisionismo de entonces, en 1977, fue a cuenta, precisamente, de la amnistía de los terroristas y fueron "ciertos sectores dolidos por la amnistía", según las palabras del dirigente comunista, los que situaron a Carrillo en el ojo de huracán. Su crucial papel en el Madrid republicano de noviembre de 1936 salió a la luz entonces, y Paracuellos invadió el debate que hasta entonces no ocupaba.
Los crímenes de Atocha estaban calientes, los secuestros y asesinatos de ETA, también; los fantasmas de la Guerra Civil emergieron. Los partidos de la oposición se empeñaron entonces en hacer borrón y cuenta nueva. El resultado de esa ley final de amnistía incluyó, esta vez sí, a los franquistas: "Los delitos y faltas que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público, con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en esta Ley. Los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas".
El intercambio, la reconciliación, fue en gran medida por los terroristas y por los restos de la Guerra Civil, no por los presos políticos amnistiados en 1975 y 1976.
La ley de Amnistía está de nuevo encima de la mesa debido a la querella de la juez argentina Maria Servini, quien emitió una orden de extradición en 2014 contra 19 funcionarios franquistas, entre ellos dos ex ministros. Servini seguía en cierta medida los pasos al procedimiento que inició el entonces juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en 2008. Fue la instrucción abierta por Garzón la que acabaría siendo el punto de inflexión.
El auto del juez se desentendía de la la ley de Amnistía, consideraba a los desaparecidos de la Guerra Civil como crímenes contra la humanidad, y llegó a imputar a 35 autoridades de la dictadura, empezando por Francisco Franco.
El tiempo se pliega sobre un eje que lo cambia todo: el 15 de octubre de 1977 deja las heridas al descubierto
La instrucción se paralizó por el Tribunal Supremo, que en 2012 sentenció que no existía una vía judicial para instruir esa causa. "A partir de ese momento se echó el cerrojo judicial definitivo" según los responsables de Amnistía Internacional. Garzón sería expulsado de la carrera judicial ese mismo año condenado por prevaricación en la instrucción del caso Gurtel. El único caso que llegó a los tribunales fue el del supuesto asesinato de Enrique Ruano, un estudiante de derecho que murió mientras estaba detenido por la policía franquista. Contra el criterio del fiscal, se aceptó a trámite el caso contra tres policías franquistas que resultaron absueltos por falta de pruebas.
Es imposible no empatizar con la injusticia, la rabia y el dolor de víctimas como Echegoyen o Soledad Luque, que narró el horror de los niños robados de las manos de sus madres republicanas. Tampoco con las de los hijos del empresario Ybarra, las de los miembros de las Asociaciones de los Mártires de Paracuellos o los asesinados en Málaga en 1936 cuando era fiscal Carlos Arias Navarro, penúltimo presidente del Gobierno de la dictadura franquista, entre tantos otros muertos del maldito periodo, sin verdugos a los que condenar.
El tiempo se pliega sobre un eje que lo cambia todo: el 15 de octubre de 1977, que deja las heridas de todos al descubierto. Fue el momento en que la oposición y el gobierno lejos de la amnesia echaron conscientemente el cierre sobre algo que estaba en la mente de todos, por el bien de la reconciliación nacional, según sus propios argumentos. Esa, es la Historia.
El cambio de Consuelo Madrigal por Rafael Mazas en la Fiscalía General hace apenas un semana no parece que vaya a alterar su argumentación. Son tajantes: "El ordenamiento penal español impide abrir causas que no pueden considerarse delito en virtud de la ley de Amnistía y que además han prescrito".
Señalan además la sentencia del Tribunal Supremo contra la instrucción de Garzón. Esto es parte de la orden interna de Consuelo Madrigal, una advertencia a los jueces que quieran abrir una causa por este tipo de delitos. Desde la Físcalía corroboran la instrucción en aras de "una unidad de acción". El último puntal es la ley llamada de la Memoria Histórica de 2007, que es "el cauce por el cual se deben tramitar las investigaciones sobre la Guerra Civil y el Franquismo", aunque ésta no ampara la imputación por delitos a personas que pudieran tener responsabilidad penal.
Surge una cuestión más obvia: si las leyes vigentes cierran esa vía debería ser el parlamento el que abordara la cuestión, como en octubre de 1977. Ante la cuestión, Amnistía Internacional reconoce que la campaña es en parte "para sensibilizar a la opinión pública sobre el injusto olvido y lograr una respuesta parlamentaria", pero no citan a ningún grupo que quiera abrir ese debate para la revisión de la ley de Amnistía. "Hay algunas propuestas en Cataluña", explican, que no son sino las del PSC sobre víctimas del franquismo, pero que se enmarcan dentro de una ampliación de la ley de Memoria Histórica, para revocar condenas y otorgar nuevas indemnizaciones, no para sentar en el banquillo a los presuntos criminales.
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