Uno de los argumentos a los que se agarra el Partido Popular murciano para mantener a Pedro Antonio Sánchez en la presidencia es que los problemas que éste arrastra por su investigación en el caso Auditorio son de índole administrativa "y no corrupción política". Con ese matiz pretenden librar el incumplimiento del acuerdo de gobierno con Ciudadanos, aunque los tipos penales que el juez del caso imputa a Sánchez ofrecen pocas dudas: prevaricación continuada, fraude contra la administración pública, falsedad en documento oficial y malversación de caudales públicos.
Los hechos se remiten a su etapa en la alcaldía de la localidad de Puerto Lumbreras, que ocupó durante una década entre 2003 y 2013. Tres años después de asumir el cargo, encargó la construcción de un gran complejo cultural de 100.000 metros cuadrados que incluyese un teatro auditorio, un palacio de congresos y escuelas de música y danza. Tras numerosos cambios en el proyecto, en origen sustentado sólo en un acuerdo verbal, casi el 40% de la infraestructura nunca llegó a construirse, y sobre el 60% restante pesa la duda de la financiación.
En concreto, la juez que investiga el caso en el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) indaga en el presunto doble pago de la obra: Puerto Lumbreras recibió una subvención de seis millones de euros para financiar un proyecto cuya deuda, sin embargo, terminó saldando gracias al Plan de Pago a Proveedores del año 2012.
En su querella, el ex fiscal jefe de Murcia aseguraba que la ley para Sánchez era 'poco menos que papel mojado'
Sánchez declaró ante el citado tribunal el pasado 6 de marzo después de que éste aceptara la querella del entonces fiscal jefe de Murcia, Manuel López Bernal. En su escrito, aseguraba que para Sánchez "la ley significaba poco menos que papel mojado" y le acusaba de prevaricación por haber encargado el proyecto de la obra "sin documentación acreditativa" y "sin convocar concurso". Además, le añadía también el de malversación por adjudicar la obra 340.000 euros por encima del presupuesto de licitación, fraude a la Administración por dar por acabadas unas obras sin terminar y falsedad documental por las irregularidades en los trámites durante el proceso.
La exposición razonada que Eloy Velasco ha elevado al TSJM este lunes añade más madera al horizonte judicial de Pedro Antonio Sánchez, aferrado a su cargo en el palacio de San Esteban pese a la moción de censura impulsada por el PSOE y que arrancará este mismo miércoles en la Asamblea regional.
Púnica: fraude, cohecho y revelación de información
Velasco solicita para Sánchez una ampliación de tres delitos, cometidos presuntamente en el marco de la trama de corrupción Púnica, la misma que mantiene en prisión preventiva a Francisco Granados desde el otoño de 2014: fraude, cohecho y revelación de información reservada.
El magistrado da por acreditado que el hoy presidente de Murcia, entonces consejero de Educación, Cultura y Universidades del gobierno regional, contactó con empresarios investigados en la operación Púnica para elaborar una campaña de limpieza de reputación online, con cargo a las arcas públicas, y previa a las elecciones autonómicas de mayo de 2015 en las que alcanzó la presidencia de la comunidad.
Sánchez acordó con dos empresarios una campaña de reputación online durante siete meses con cargo a las arcas públicas
Velasco sostiene que Sánchez llegó a acordar con dos empresarios una campaña de marca personal, que incluía incluso el sueldo de un periodista de un diario digital de la región, cuyo precio se estableció en 4.600 euros al mes y que debía desarrollarse durante seis meses. Pese a que los servicios no llegaron a concretarse, el juez detalla que la trama efectivamente existió, y que Sánchez no sólo pretendía pagarla con dinero público, sino que recibía los servicios a cambio de futuras adjudicaciones "hinchadas" una vez alcanzase la presidencia, como finalmente sucedió.
Por todo ello el juez solicita al TSJM que a Pedro Antonio Sánchez se le impute un delito de fraude, que explica que "se consuma con el mero acuerdo o concertación con un interesado en algún contrato público afectando a los intereses de la Administración y la libre concurrencia". Se extiende el magistrado para explicar que no es necesario para la "perfección" del delito que llegue a concretarse, sino que en ese caso simplemente se añadiría otro de malversación. "La jurisprudencia ha indicado que la concertación puede ser directa o mediante ayuda de un tercero; que es un delito de resultado cortado, ya que el perjuicio económico a la Administración queda fuera del tipo y que es compatible con la malversación, pues el fraude es delito de mera actividad y el otro, de resultado".
Además, reclama para Sánchez el delito de cohecho porque "se produce soborno y corrupción en el hecho de recibir servicios personales y valuables en dinero -asesoramiento, reputación en Internet, infraestructura en estrategias comunicativas no públicas- a cambio de realizar una actuación administrativa propia en materia de concursos y contratación pública".
Por último, añade el de revelación de información reservada por "aportar a extraños a la Administración documentos" y, sobre todo, "revelar intenciones de contratar desconocidas por el resto de posibles futuros postulantes".
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