El Tribunal Constitucional ha admitido esta tarde por unanimidad aceptar el recurso del Gobierno contra la reforma del Reglamento del Parlament por el cual se podría tramitar la llamada "ley de transitoriedad política" por el trámite de urgencia, sin apenas debate ni enmiendas, y tan sólo con el voto favorable de los 68 diputados de Junt pel Sí más la CUP, mientras que para modificar el Estatut haría falta un periodo de varios meses de debate y una mayoría reforzada de 90 votos.

Los magistrados, reunidos hoy a partir de las 17.30 horas, han acordado por unanimidad admitir a trámite el recurso presentado por Gobierno contra el artículo 135.2 de esa reforma, lo que conlleva automáticamente la suspensión de la norma mientras se pronuncian sobre el fondo del asunto, para lo que tienen un plazo máximo de cinco meses.

La providencia del Constitucional acuerda notificar "personalmente" la resolución a los miembros de la mesa del Parlament, esto es, a su presidenta, Carme Forcadell, y al resto de los integrantes, Lluís Guinó, José María Espejo-Saavedra, Anna Simó, David Pérez, Joan Josep Nuet y Ramona Barrufet.  Asimismo al secretario general de la cámara autonómica, Xavier Muro, y al letrado mayor, Antoni Bayona.

El TC apercibe a los miembros de la Mesa del Parlament de su eventual responsabilidad penal si no aceptan la prohibición

Se advierte a todos ellos "del deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada. En particular, que se abstengan de iniciar, calificar, introducir en el orden del día de cualquier órgano del Parlamento de Cataluña, y, en general, de dictar acuerdo alguno que implique la tramitación de una proposición de Ley por el procedimiento de lectura única en aplicación del impugnado apartado segundo del artículo 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir en caso de incumplir dicho requerimiento".

El alto tribunal acuerda recabar el auxilio jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña "para realizar las notificaciones, requerimientos y apercibimientos acordados", así como habilitar los días hábiles del mes de agosto para la tramitación del presente recurso de
inconstitucionalidad.

Plácet del Consejo de Estado

El Gobierno apeló al TC tras un informe favorable del Consejo de Estado, órgano consultivo, que consideró también por unanimidad que "existen fundamentos jurídicos para interponer recurso de inconstitucionalidad contra la reforma del apartado 2 del artículo 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña aprobada en sesión del Pleno de esa Cámara celebrada el 26 de julio de 2017, por vulnerar el derecho de participación política en condiciones de igualdad reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución".

La reforma del Reglamento, también recurrida por los Grupos Parlamentarios de Ciudadanos y PP en la Cámara autonómica, perseguía, a juicio del Ejecutivo, impedir a los grupos de la oposición presentar enmiendas a un futuro proyecto de "ley de desconexión" y, por otro limitar su participación parlamentaria.