La Fiscalía tiene previsto interponer este lunes sendas querellas por la comisión de un delito de sedición contra los integrantes del Govern que encabezaba Carles Puigdemont y los miembros de la Mesa del Parlament que admitieron a trámite la iniciativa que permitió el pasado viernes la votación de la declaración unilateral de independencia e hipotéticamente abrir la puerta a la proclamación de la república catalana. Este delito se castiga con hasta 15 años de prisión.
La doble denuncia se presentará tanto en el Tribunal Supremo como en la Audiencia Nacional. En el Supremo, por la condición de aforados que tienen los cuatro integrantes de la Mesa a los que alcanza la querella, mientras que la Audiencia Nacional investigaría a Puigdemont, el ex vicepresidente Oriol Junqueras y el resto de consellers que integraban el Ejecutivo hasta su disolución por el Gobierno de la nación en aplicación del artículo 155 y que ya no gozan de fuero. A saber: Jordi Turull, Raül Romeva, Meritxell Borràs, Clara Ponsatí, Joaquim Forn, Antoni Comín, Josep Rull, Lluis Puig, Carles Mundó, Dolors Bassa y Meritxell Serret.
La Fiscalía interpondrá este lunes las denuncias tanto en el Tribunal Supremo, por la existencia de aforados, como en la Audiencia Nacional
El Ministerio Público refuerza así su respuesta al desafío del secesionismo catalán, que, desoyendo los pronunciamientos del Tribunal Constitucional (TC) y de otras instancias judiciales, siguió adelante con su plan de desconexión hasta consumar el pasado viernes la supuesta ruptura con España. El TC suspenderá los efectos de manera inmediata.
Finalmente no será por rebelión sino por sedición el presunto delito por el que la Fiscalía actuará contra el último Govern y los integrantes rebeldes de la Mesa del Parlament. Se ha estudiado a fondo el tipo y en el Ministerio Público se ha llegado a la conclusión de que difícilmente prosperaría por la ausencia de violencia, requisito que exige el tipo.
En su artículo 544, el Código Penal describe a los sediciosos como aquellos que "se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales". En el caso de las autoridades, la pena puede alcanzar los 15 años de prisión.
El Ministerio Público descarta por ahora la querella por rebelión: difícilmente prosperaría por la ausencia de amenaza de violencia
De ser admitida a trámite, la duda es si el fiscal podría solicitar medidas cautelares contra los investigados antes del 21 de diciembre, día en que el Gobierno de la nación ha fijado la celebración de las elecciones autonómicas en Cataluña para la elección del nuevo Parlamento. Los jueces tienen una norma no escrita según la cual evitan adoptar decisiones que puedan interferir en campañas electorales.
De prosperar la querella, la Audiencia Nacional instruirá en paralelo dos procedimientos por sedición pero por hechos diferentes: uno contra los integrantes del último Govern por la declaración de independencia -ésta caerá en el Juzgado Central de Instrucción 2, del que es titular Ismael Moreno- y otra por el acoso que sufrió la comisión judicial durante los registros y detenciones practicados el pasado 20 de septiembre ante la Consejería de Economía y Hacienda en el marco de la investigación con la que se intentaba desbaratar la organización del 1-O. Ésta es la causa que investiga la magistrada Carmen Lamela y en la que están imputados los presidentes de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural -Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, ambos en prisión preventiva desde el pasado 16 de octubre-; el hasta ahora mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, y la intendente de este cuerpo Teresa Laplana.
La acción del Ministerio Público no irá sólo contra el Govern. También contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los integrantes de la Mesa que admitieron a trámite la iniciativa que permitió la votación previa a la declaración de independencia. Se trata, en concreto, de los diputados Lluís Guinó y Ramona Barrufet (PDCat), y Anna Simó (ERC). Los cuatro forman parte de la Diputación Permanente (órgano que vela por los poderes de la Cámara al haberse disuelto ésta por la convocatoria de elecciones para el próximo 21 de diciembre), por lo que mantienen el aforamiento.
Malversación, prevaricación, desobediencia...
El panorama judicial parta Puigdemont, el vicepresidente Junqueras y los consellers ya destituidos se complicará si sale adelante la nueva acción que presenta este lunes la Fiscalía. En sendas querellas interpuestas el pasado 8 de septiembre, la Fiscalía Superior de Cataluña (TSJC) ya denunció penalmente a Carles Puigdemont y al resto de su gabinete por la comisión de delitos de prevaricación, malversación y desobediencia al firmar el decreto de convocatoria del referéndum de autodeterminación, celebrado el pasado 1-O pese a estar suspendido por el Constitucional.
El TSJC también actuó contra los integrantes de la Mesa del Parlament -Forcadell, Guinó, Simó, Nuet y Barrufet- por admitir la tramitación de las leyes de desconexión a principios de septiembre. En este caso, les investiga por la posible comisión de delitos de desobediencia y prevaricación, no apreciando el alto tribunal catalán la posible malversación de caudales públicos que sí veía el fiscal.
El fiscal consideraba que, con su modo de proceder, los querellados impulsaron un trámite "constitucionalmente ilegítimo" "viciado de raíz" por falta de competencia, "extravagante de las genuinas funciones parlamentarias de las que estaban investidos" y "lesivo" para el ejercicio de la función parlamentaria de los demás diputados, "que no estaban dispuestos a aceptar tan extrema tergiversación de sus atribuciones y del derecho de los propios ciudadanos a participar en los asuntos públicos".
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