El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena concentrará todas las investigaciones sobre el proceso independentista, por lo que, a la vista del criterio mantenido hasta ahora, se puede aventurar que la cúpula independentista saldrá de prisión antes del próximo 21-D. El instructor cree que los hechos son inescindibles en gran medida y deja tan sólo en manos de la Audiencia Nacional la pieza por sedición contra Josep Lluís Trapero, ex mayor de los Mossos d'Esquadra.
En un auto fechado este viernes, Llarena resuelve acumular a la causa que ya instruía contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros cuatro miembros de la Mesa que mantienen el fuero por pertenecer a la Diputación Permanente por rebelión, sedición y malversación de caudales públicos el procedimiento que dirigía la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela contra los integrantes del Govern de Carles Puigdemont y los líderes de las asociaciones soberanistas: Jordi Sànchez (ANC) y Jordi Cuixart (Òmnium).
El instructor defiende que la extensión de la competencia para investigar a personas no aforadas debe limitarse a los supuestos en los que exista una "conexión material inescindible". Es por ello por lo que Llarena decide dejar en manos de la juez Lamela las actuaciones concernientes al ex mayor Trapero y a la intendente de este cuerpo policial Teresa Laplana, investigados por la posible comisión de un delito de sedición en el marco del acoso que sufrió la comisión judicial el pasado 20 de septiembre cuando practicaba registros y detenciones en la Consejería de Economía y Hacienda de la Generalitat por orden del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona.
A este respecto, Llarena considera que es la "intervención coordinada" entre los miembros del Ejecutivo catalán que presidía Puigdemont y los líderes de ANC y Òmnium "la que puede llenar el contenido del injusto contemplado en el delito de rebelión", no apreciando esa misma "indisoluble fusión" en la actuación de los mandos de la Policía de la Generalitat bajo sospecha. El auto no admite recurso.
Para el magistrado, participaciones como la de Trapero, Laplana y aquellas otras semejantes que surjan a lo largo de la investigación no impiden que puedan examinarse de manera autónoma. "Son así participaciones añadidas, que con independencia de cuál sea su relevancia en el desarrollo natural de los hechos, no justifican modificar las normas de competencia ordinaria para los que resulten afectados", razona.
Llarena argumenta que la "intervención coordinada" de los miembros del Gobierno y de los líderes de ANC y Òmnium es lo que justifica la investigación por rebelión
En el auto, Pablo Llarena tira por tierra los argumentos que la Fiscalía había esgrimido para defender que el procedimiento contra el Govern que se seguía en la Audiencia Nacional no fuera al alto tribunal. Así, defiende que la pérdida de aforamiento para algunos de los imputados que puede conllevar la celebración de las próximas elecciones autonómicas no altera la "necesidad" de que se unifique en un solo sumario "el esclarecimiento de la eventual responsabilidad de los investigados".
"Cuando la extensión de la competencia sobre los no aforados viene exigida por la naturaleza de los hechos sometidos a proceso y por la aportación parcial que realiza cada uno de los involucrados en ellos, la obligación de la instrucción conjunta persiste, por más que cambien los copartícipes que cuentan con aforamiento y los que carecen de él", expone.
También rechaza la propuesta del Ministerio Público de posponer la decisión sobre la acumulación de la causa a que se celebren los comicios autonómicos. "Siendo evidente que decaería la competencia de este Tribunal si todos los investigados dejaran de integrarse en el Gobierno o en el Parlamento de Cataluña, el mantenimiento de una instrucción separada cuando ya se aprecian los elementos que justifican su unificación, comportaría que los encausados en cada uno de los procedimientos incoados, permanecería ajeno a la labor investigativa y de recopilación de fuentes de prueba que se despliegue en el proceso paralelo, comportando, de facto, la restricción del derecho a intervenir en una instrucción que operará finalmente en el esclarecimiento de su propia responsabilidad, cuando necesariamente ambos procesos se refundan", añade.
El instructor sólo deja en manos de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela las actuaciones sobre el ex mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero
Al magistrado de la Sala Segunda del Supremo ya le había allanado completamente el terreno la titular del Juzgado Central 3 de la Audiencia Nacional, que esta semana se había mostrado a favor de inhibirse en favor de Llarena al considerar que la actuación de los investigados no se puede analizar "de forma aislada" y que la única manera de comprender en su integridad toda la "trama" y de dilucidar las eventuales responsabilidades penales de los líderes del procés es mediante una "investigación conjunta".
"En esta actuación coordinada confluyen conductas constitutivas de distintos delitos, delitos entre los que existe evidente conexidad, razón por la que cualquier escisión de la causa inevitablemente conduciría al examente parcial y sesgado de los hechos, lo que dificultaría enormemente la investigación y la determinación clara de responsabilidades de los investigados", razonó Lamela en el informe enviado a Pablo Llarena a requerimiento de éste.
Frente a ello, la Fiscalía consideraba que la conducta de los integrantes de la Mesa del Parlament puede analizarse "separadamente" de la de los miembros del Govern y no procedía en este momento que el Tribunal Supremo asuma las causas sobre el referéndum ilegal del 1-O y la declaración de independencia que instruye la Audiencia Nacional, al tiempo que recordaba que la Sala Segunda del Tribunal Supremo había mantenido un criterio distinto cuando se investigó a Franscesc Homs y a Artur Mas por la consulta del 9-N. Homs fue investigado por el Supremo por su condición de diputado en Cortes, mientras Mas y las ex consejeras Irene Rigau y Joana Ortega quedaron bajo la jurisdicción del TSJC.
La decisión del alto tribunal de conocer los hechos por los que están siendo investigados Puigdemont y el resto de su Gobierno facilitará previsiblemente la salida de los ex altos cargos que están en prisión, casi con toda seguridad antes de las elecciones autonómicas convocadas para el próximo 21 de diciembre. El magistrado Llarena dio la posibilidad a Forcadell y al resto de miembros de la Mesa del Parlament imputados a depositar fianza para eludir la cárcel tras admitir que el referéndum del 1-O no tuvo validez y rechazar la vía unilateral para alcanzar la independencia de Cataluña. En sus recursos, los ex consellers ya han dado el primer paso al acatar la aplicación del artículo 155 o, caso del ex vicepresidente Oriol Junqueras, recordar que no opusieron resistencia.
El TSJ catalán ya se inhibió
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ya había reclamado con anterioridad al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la causa que instruía a raíz de la querella que el Ministerio Público había presentado a principios de septiembre contra Forcadell y los miembros de la Mesa a favor de la independencia contra la tramitación de las leyes del Referéndum y de Transitoriedad Jurídica, declaradas nulas por el Tribunal Constitucional. En ese sumario, se analizaba si los investigados cometieron delitos de prevaricación y desobediencia.
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