Política

Miembros del TC ven margen para suspender la impugnación preventiva de Puigdemont

Fuentes de dicho órgano explican que el Título V de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) prevé que el Ejecutivo pueda impugnar “disposiciones normativas sin fuerza de Ley”.

Carles Puigdemont, en Copenhague. | EFE

El Gobierno que encabeza Mariano Rajoy ha decidido registrar ante el Tribunal Constitucional el recurso de inconstitucionalidad contra la candidatura de Carles Puigdemont a la investidura como presidente de la Generalitat a pesar de que el Consejo de Estado ya ha cuestionado por “precipitada la pretensión anunciada por la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.

Sin embargo, el Ejecutivo ya ha presentado este viernes dicho recurso ante el tribunal de garantías. No obstante, la gran pregunta que está ahora en el aire es si el Constitucional puede suspender automáticamente un acto que aún no se ha producido. El debate jurídico está servido.

Fuentes del Alto Tribunal consultadas por El Independiente, explican que si bien el recurso que presentará el Gobierno tendrá esa peculiaridad, el Título V de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) prevé que el Ejecutivo pueda impugnar “disposiciones normativas sin fuerza de Ley”.

En concreto, el artículo 76 de la citada Ley sostiene que “dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su publicación o, en defecto de la misma, desde que llegare a su conocimiento, el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones normativas sin fuerza de Ley y resoluciones emanadas de cualquier órgano de las Comunidades Autónomas”.

Suspensión automática

Además, la LOTC recoge que "la formulación de la impugnación comunicada por el tribunal producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida hasta que el tribunal resuelva ratificarla o levantarla en plazo no superior a cinco meses, salvo que, con anterioridad, hubiera dictado sentencia. Es decir, si el recurso del Gobierno se enmarca en dicho artículo legal la suspensión de la candidatura de ex president Puigdemont será suspendida de forma automática por el plazo de cinco meses".

En gran medida, reconocen las fuentes consultadas, esto dependerá de cómo haya articulado Moncloa su recurso ya que, a pesar de todos las resoluciones del Parlament que ha impugnado hasta ahora el TC, esta situación es novedosa. La ponencia del asunto ha correspondido al magistrado Juan Antonio Xiol.

La próxima semana el TC no tiene señalado la celebración de Pleno alguno pero el presidente del órgano tiene potestad para convocarlo

En principio, la próxima semana el Alto Tribunal no tiene señalado la celebración de Pleno alguno pero el presidente del órgano, el magistrado Juan José González Rivas, tiene potestad para convocarlo cuando lo estime oportuno. En estos momentos, el presidente anda de viaje en Estrasburgo y, por dicha razón, el citado Pleno no se ha convocado todavía.

Hasta ahora, el Tribunal Constitucional siempre ha dado una respuesta unánime y rápida a los intentos de burlar la Carta Magna por parte de los líderes separatistas en Cataluña. El Gobierno ha tenido así un gran aliado en el citado tribunal que siempre ha respondido de forma firme a la Generalitat cuando ha querido avanzar en la vía unilateral para la independencia de Cataluña.

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