Los letrados del Parlament han entregado este viernes el informe sobre los plazos de la investidura al presidente de la cámara, Roger Torrent, y al resto de miembros de la Mesa. En él sostienen que la cuenta atrás de dos meses para investir un presidente de la Generalitat no se ha activado, después de que la semana pasada se suspendiera el pleno de investidura. El informe apunta a la posibilidad de que Torrent tome la iniciativa para desbloquear la investidura iniciando una nueva ronda de contactos o dándola por imposible para que empiecen a correr los plazos para la repetición de elecciones. Medias que en última instancia también podrían impulsar los grupos.
El texto no concreta sin embargo los plazos para adoptar esas iniciativas y señala en primera instancia al Tribunal Constitucional al advertir que debe conocerse primero la decisión del alto tribunal sobre la admisión a trámite del recurso del Gobierno a la investidura de Carles Puigdemont.
En el informe solo aparece la firma del secretario general del Parlament, Xavier Muro, al haberse apartado de la elaboración del texto el letrado mayor del Parlament, Antoni Bayona, por discrepancias en los últimos días sobre el contenido.
El texto señala, sin embargo, que "si se prolonga la situación de interinidad o bloqueo institucional con posterioridad a la decisión del TC, se podría considerar que el presidente del Parlament se encuentra facultado para activar el inicio del plazo para la convocatoria automática de elecciones mediante una comunicación a la Cámara en la que constatase la imposibilidad de investidura", sin perjuicio de su capacidad para iniciar otra ronda de contactos
El informe iba a entregarse el pasado martes, pero su contenido ha despertado diferencias entre los letrados, que han estado elaborando varias versiones hasta alcanzar una definitiva firmada por Muro.
El documento se había encargado al letrado mayor, Antoni Bayona, pero el texto que redactó inicialmente no generó consenso y se optó por reformularlo a través de otros letrados. Todos los juristas --también Bayona-- coinciden en que no ha habido una investidura fallida y que, por lo tanto, no ha empezado a correr la cuenta atrás de dos meses que la ley fija como plazo para investir a un candidato antes de una convocatoria automática de elecciones.
Si bien los juristas están alineados en la tesis de que el tiempo no corre, divergen en si es necesario señalar a Torrent como responsable de desbloquear la situación para que no se eternice. Bayona era partidario de señalar vías de desbloqueo y así lo plasmó en su primer informe, pero otros juristas no están de acuerdo y habían exigido ser menos explícitos.
Vías de desbloqueo
Entre las vías de desbloqueo que se proponían inicialmente figuraba la de abrir una nueva ronda de contactos con los grupos para proponer a otro candidato que no sea Carles Puigdemont, o bien comunicar al pleno que no hay otro candidato posible y activar así la cuenta atrás.
Antes de ello, también se planteaba esperar a que el Tribunal Constitucional (TC) resuelva las alegaciones del Parlament en relación a la investidura de Carles Puigdemont, un plazo que se prevé que se dilate varias semanas.
El informe finalmente aprobado alude a esas vías de desbloqueo, pero las condiciona a la decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso presentado por el Gobierno contra la investidura de Carles Puigdemont. "El aplazamiento" del pleno de investidura "no se produce por voluntad deliberada sino de la decisión de un órgano externo al Parlament" señalan los letrados en referencia al TC. Por ello, advierten de que "se puede considerar suspendido el plazo de diez días, por lo menos hasta la resolución que acuerde la admisión o no de la impugnación del Gobierno, cuyos efectos no pertoca avanzar".
Advierte además que Torrent puede iniciar una nueva ronda de consultas con los grupos para formular nuevas propuestas de investidura. Y concluye que si Torrent no toma la iniciativa "sin justificación objetiva y transcurrido un tiempo prudencial" se podría estudiar que sean los grupos los que impulsen un acto equivalente.
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