El líder de ANC, Jordi Sánchez, ha solicitado este martes al magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, que acuerde su libertad para que pueda ser nombrado presidente de la Generalitat de Cataluña o que "subsidiariamente" le permita acudir al debate de investidura que tendrá lugar el próximo 12 de marzo en el Parlament.
En el citado escrito, al que ha tenido acceso El Independiente, su letrado argumenta que el hecho de que Jordi Sánchez haya sido designado "candidato a la Presidencia de la Generalitat de Catalunya es razón de peso suficiente para solicitar de nuevo al Sr. Instructor su puesta en libertad al amparo del art. 504.1 LECrim. Ello no sólo porque -como se expondrá infra- hayan decaído en este tiempo las razones que avalaron en su momento la prisión, sino también porque ésta sería, sin ninguna duda, la manera más adecuada de garantizar no sólo el pleno respeto a su presunción de inocencia, a sus derechos políticos y a los derechos de quienes le han elegido, sino también de preservar el normal funcionamiento de las instituciones catalanas y la plena legitimidad democrática del futuro ejecutivo catalán".
Además, el abogado Jordi Pina rebate que haya riesgo de reiteración delictiva si Sánchez sale de la prisión madrileña de Soto del Real puesto que “en mi mandante existe una real voluntad de actuar políticamente de manera siempre pacífica y respetuosa con la legislación vigente se ha confirmado plenamente en los cuatro meses que Jordi Sànchez lleva ya en prisión preventiva y se ha visto corroborada nosólo por sus declaraciones ante el Sr. Instructor, sino por sus propios actos”.
"En los cuatro largos meses que lleva privado de su libertad el Sr. Sànchez ha podido comunicarse oralmente y por escrito con decenas de personas y, si realmente su voluntad hubiera sido la de incitar a la comisión de actos violentos o tumultuarios, habría podido hacerlo en sobradas ocasiones dando órdenes a terceros", recalca su letrado en el escrito remitido al Alto Tribunal.
La voluntad de "millones de votantes"
En el documento, el líder independentista subraya que durante su estancia en la cárcel Sánchez ha mostrado “en todo momento los breves mensajes que ha podido dirigir a la opinión pública han expresado su firme propósito de preservar la paz social, confirmando paulatinamente con sus hechos y no sólo con sus palabras su decidida voluntad de obrar siempre de modo pacífico y respetuoso con la legalidad, sin que ello comporte renuncia alguna a sus firmes convicciones independentistas y republicanas”.
Y añade que respetará las decisiones del Tribunal Constitucional: “Su propia candidatura a la Presidencia de la Generalitat, que motiva el presente escrito, es una muestra evidente de la voluntad, no sólo personal, sino de todo su grupo parlamentario, de respetar las decisiones del Tribunal Constitucional aunque no se comparta su contenido”.
"Si se priva de la posibilidad de asistir al pleno al candidato Jordi Sànchez, se habrá alterado de manera irreparable el sentido de la voluntad de la Cámara"
“La cuestión jurídica que aquí se plantea y debe resolverse es, simplemente, si un preso preventivo tiene derecho a defender su candidatura ante un parlamento: que tenga más o menos posibilidades de resultar elegido es algo que carece absolutamente de toda relevancia para modular la tutela de sus derechos como diputado; o, en todo caso, si se procede a modular, deberá actuarse con mayor cautela con quien podría ser efectivamente investido, pues denegándole la posibilidad de presentar su candidatura no sólo se vulnerarán sus derechos y los de sus millones de votantes, sino que se violentaría la voluntad mayoritaria de la Cámara”, enfatiza la defensa del líder independentista.
En este sentido, el abogado de Jordi Sánchez argumenta que si Llarena no acuerda la libertad ni tampoco le permite al preso preventivo acudir al debate de investidura de la cámara catalana “se estaría impidiendo de modo irreversible a un Parlamento proclamar como presidente a aquel candidato que cuenta con el apoyo de más diputados ¿Cabe imaginar acaso una forma más severa de alterar la voluntad de un órgano parlamentario en un sistema democrático?”, se pregunta retóricamente Jordi Pina.
De la misma forma, la defensa recalca que tras el precedente que el Tribunal Constitucional respecto a la candidatura de Carles Puigdemont no es posible que “cualquier otro candidato pueda ser investido sin acudir personalmente a la sede parlamentaria”. “Estamos, por tanto, ante un acto indelegable, de tal modo que, si se priva de la posibilidad de asistir al pleno al candidato Jordi Sànchez, se habrán vulnerado de modo absoluto e irreversible los derechos fundamentales citados y se habrá alterado de manera irreparable el sentido de la voluntad de la Cámara impidiéndole votar al candidato que aparentemente cuenta con más apoyo”, recalca su abogado.
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